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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MAYO DEL AÑO 2008 (30/05/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 34

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de mayo de 2008 373124 procesamiento pesquero de harina convencional, el establecimiento industrial de la planta de harina de pescado de PESQUERA INDUSTRIAL EL ANGEL S.A., se encuentra consignado en la relación de plantas de procesamiento pesquero de harina de pescado de alto contenido proteínico, publicados en el Anexo IV – B y IV – A, respectivamente, de la Resolución Ministerial Nº 041-2002-PRODUCE, de fecha 29 de agosto del 2002; Que a través de los escritos con Registro Nº 0004324 de fechas 15 y 30 de enero del 2008, la empresa CORPORACIÓN PESQUERA INCA S.A.C., en virtud a haber absorbido (fusión por absorción) la empresa PESCA PERU HUARMEY S.A, en conformidad con el procedimiento 29 del Texto Único de Procedimiento Administrativo, solicita a su favor, el cambio de titular de la licencia de operación de la planta de harina de pescado otorgado por Resolución Ministerial Nº 528-97-PE. Asimismo, a través de los escritos con Registro Nº 0004331 de fechas 15 y 30 de enero y 6 de febrero del 2008, en virtud al Contrato de Asociación y Participación suscrito entre PESCA PERU HUARMEY S.A. (actualmente absorbido por COPEINCA S.A.C.) y PESQUERA INDUSTRIAL EL ANGEL S.A., solicita la reubicación y unifi cación de capacidades a fi n de que se autorice que en la planta de harina y aceite de pescado ubicada en la localidad de Huarmey con licencia de operación de 92 t/h otorgado por la Resolución Ministerial Nº 528-97-PE se unifi que con la planta de harina y aceite de pescado de PESQUERA INDUSTRIAL EL ANGEL S.A., la cual está ubicada en la localidad de Culebras – Huarmey con licencia de operación de 50 t/h, de conformidad con la Resolución Ministerial Nº 683-97-PE, señalando que ambas plantas de ubicarían en las instalaciones del establecimiento industrial pesquero, sito en Av. Independencia S/N Puerto Huarmey, distrito y Provincia de Huarmey, departamento de Ancash; totalizando una capacidad de procesamiento de 142 t/h; Que de la evaluación y revisión de los documentos presentados, como es el documento de Modifi cación de Estatutos por Fusión por absorción de la empresa CORPORACION PESQUERA INCA S.A.C, inscrita en Registros Públicos, Partida Nº 00111026 - B00025, en la que se observa que la empresa CORPORACION PESQUERA INCA S.A.C. ha absorbido entre otros a la empresa PESCA PERU HUARMEY S.A., y como consecuencia de ello asume a título universal y en bloque el íntegro del patrimonio de la mencionada empresa; se desprende que la planta de harina de pescado con licencia de operación otorgado por la Resolución Ministerial Nº 528-97-PE ubicada en el puerto de Huarmey, departamento de Ancash, es patrimonio de la empresa PESCA PERU HUARMEY S.A. y actualmente de propiedad de CORPORACION PESQUERA INCA S.A.C.; y al verifi carse el cumplimiento de los requisitos exigidos en el procedimiento Nº 29 del Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, se considera viable el cambio de titular de licencia de operación solicitado; Que de acuerdo al Contrato de Asociación en Participación celebrado con fecha 15 de septiembre del 2007 entre PESCA PERU HUARMEY S.A., (ASOCIANTE) actualmente absorbida por COPEINCA S.A.C. y PESQUERA INDUSTRIAL EL ANGEL S.A. (ASOCIADA), se desprende que el objeto de dicho Contrato es la de incrementar la capacidad del establecimiento industrial pesquero de titularidad de la ASOCIANTE mediante el cambio de ubicación del establecimiento industrial pesquero de propiedad de la ASOCIADA; para efectos de que la planta de PESCA PERU HUARMEY S.A. cuente con una capacidad total de 142 t/h de procesamiento de materia prima; señalando que la vigencia de dicho Contrato es por el plazo de cinco (5) años; Que la Dirección General de Asuntos Ambientales de Pesquería del Ministerio de la Producción, a través del Certifi cado Ambiental Nº 088-2007-PRODUCE/DIGAAP y el Ofi cio Nº 1294-2007-PRODUCE/DIGAAP del 20 de noviembre del 2007, señala que el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) presentado por PESCA PERU HUARMEY S.A. (actualmente absorbida por COPEINCA S.A.C), posee califi cación favorable, otorgándole Certifi cación Ambiental, para efectuar el traslado físico de reubicación y unifi cación de capacidades de la planta de la empresa PESQUERA INDUSTRIAL EL ANGEL S.A. ubicada en el distrito de Culebras provincia de Huarmey departamento de Ancash, hacia la planta de la empresa pesquera PESCA PERU HUARMEY S.A. ubicada en el Puerto de Huarmey, distrito y provincia de Huarmey, departamento de Ancash, cuya unifi cación de capacidades (50 t/h de PESQUERA INDUSTRIAL EL ANGEL S.A. + 92 t/h de PESCA PERU HUARMEY S.A.) dará lugar a una nueva capacidad de 142 t/h de procesamiento de materia prima para harina de pescado, la misma que asumirá la empresa PESCA PERU HUARMEY S.A.; Que en ese sentido, de acuerdo a la califi cación favorable por parte de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Pesquería; más aún teniendo en cuenta que la zona del Puerto de Huarmey, departamento de Ancash no se encuentra contemplado como zona prohibida para realizar traslados de Establecimientos Industriales Pesqueros para la actividad de consumo humano indirecto, al no estar consignada de manera expresa en la Resolución Ministerial Nº 449-2003-PRODUCE modifi cada por Resolución Ministerial Nº 047-2004-PRODUCE; y al verifi carse el cumplimiento de los requisitos establecidos en el procedimiento administrativo Nº 26 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de este Ministerio, se considera viable la autorización de traslado de capacidad de planta solicitada por la empresa recurrente; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero a través de los Informe Nº 083 -2008-PRODUCE/DNEPP-Dchi de fecha 19 de febrero del 2008, y con la opinión favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con los artículos 51°, 53° y 54° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el artículo 5º de la Resolución Ministerial Nº 505-98-PE y la Resolución Ministerial Nº 071-2001-PE, y los procedimientos Nºs. 29 y 26 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE y sus modifi catorias, y la Ley General del Procedimiento Administrativo Nº 27444; En uso de las facultades conferidas por el artículo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º- Acumular los procedimientos administrativos de cambio de titular de licencia de operación y autorización de traslado físico de planta iniciados por CORPORACION PESQUERA INCA S.A.C. con registro Nº 00004324 y 00004331. Artículo 2º .- Aprobar a favor de CORPORACIÓN PESQUERA INCA S.A.C., el cambio de titular de la licencia de operación de la planta de harina de pescado en el establecimiento industrial ubicado en el puerto de Huarmey, distrito y provincia de Huarmey, departamento de Ancash, otorgado por Resolución Ministerial Nº 269-95-PE, modifi cado en su titularidad a favor de PESCA PERU HUARMEY S.A. mediante Resolución Ministerial Nº 528-97-PE, en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado. Artículo 3°.- Dejar sin efecto la titularidad de la licencia de operación otorgada mediante Resolución Ministerial Nº 528-97-PE del 9 de octubre de 1997 a favor de la empresa PESCA PERU HUARMEY S.A. Artículo 4°.- La empresa CORPORACIÓN PESQUERA INCA S.A.C. deberá operar su planta de procesamiento de recursos hidrobiológicos observando las normas legales y reglamentarias del ordenamiento jurídico pesquero, así como las relativas a la preservación del medio ambiente y lo referido a sanidad higiene y seguridad industrial pesquera que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo deberá implementar un sistema de control del proceso que garantice la óptima calidad del producto fi nal, así como ejecutar las medidas Descargado desde www.elperuano.com.pe