Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2008 (29/11/2008)


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El Peruano MORDAZA, sabado 29 de noviembre de 2008

de Fiscalizacion correspondiente procedera a solicitar informacion adicional para el esclarecimiento de los hechos, pudiendo asignar un supervisor para realizar investigaciones complementarias. A su vez, dichas Gerencias de Fiscalizacion se encuentran facultadas para solicitar examenes certificados por terceros con relacion a cualquier producto, material, equipo o componentes involucrados en una Emergencia. 7.3 Con la informacion necesaria, OSINERGMIN procedera a la evaluacion de los hechos, a fin de determinar las causas que dieron origen a la emergencia, evaluara los posibles incumplimientos a la normativa aplicable y determinara si existen elementos o no para el inicio del respectivo procedimiento administrativo sancionador. TITULO III DE LOS REPORTES ESTADISTICOS DE EMERGENCIAS Y ENFERMEDADES PROFESIONALES Articulo 8º.- Reportes Semestrales de Estadisticas mensuales de Accidentes de Trabajo Las empresas autorizadas estan obligadas a formular estadisticas mensuales acumulativas respecto a los accidentes de trabajo, las cuales deben ser presentadas semestralmente, dentro de los quince (15) dias del mes siguiente al vencimiento del semestre, utilizando el Formato N° 9, donde deberan reportar: - Indice de frecuencia total. - Indice de frecuencia de accidentes inhabilitadores y fatales. - Indice de frecuencia de accidentes menores no inhabilitadores. - Indice de de severidad. - Promedio de dias perdido por accidente. En el caso que durante el semestre no se MORDAZA producido ningun accidente de trabajo, la empresa no se encontrara obligada a presentar el reporte estadistico en mencion. Articulo 9º.- Reportes Estadisticos de Enfermedades Profesionales Las Empresas Autorizadas presentaran semestralmente un listado y un reporte estadistico de enfermedades profesionales que se hayan presentado durante dicho periodo, dentro de los quince (15) dias calendario del mes siguiente al vencimiento del semestre respectivo, utilizando los Formatos N° 10 y 11, donde deberan reportar: - Indice de frecuencia total. - Indice de frecuencia de enfermedades incapacitantes temporales. - Indice de frecuencia de enfermedades incapacitantes permanentes. - Indice de de severidad. - Promedio de dias perdidos por enfermedad profesional. En el caso que durante el semestre no se MORDAZA producido ninguna enfermedad profesional, la empresa no se encontrara obligada a presentar el reporte estadistico en mencion. TITULO IV SANCIONES Articulo 10º.- Sobre las sanciones Las Empresas Autorizadas que no cumplan con las obligaciones establecidas en el presente procedimiento incurriran en ilicito administrativo sancionable de acuerdo a lo establecido en la Tipificacion y Escala de Multas y Sanciones aplicable. DISPOSICIONES TRANSITORIA Y FINAL Primera.- Resumen Estadistico En un plazo de sesenta (60) dias de aprobado el presente procedimiento, en cumplimiento de lo

dispuesto en la MORDAZA Disposicion Transitoria del Reglamento de Seguridad para las Actividades de Hidrocarburos aprobado por Decreto Supremo Nº 0432007-EM, modificado por el Decreto Supremo Nº 0382008-EM, las empresas autorizadas deberan presentar al OSINERGMIN, con MORDAZA a la Direccion General de Hidrocarburos del Ministerio de Energia y Minas, un resumen estadistico de los Accidentes y Enfermedades Profesionales ocurridos en los dos (2) ultimos anos. Para tal fin, las empresas autorizadas deberan utilizar los Formatos Nº 11 (adaptandolo a un reporte anual) y 12 del presente procedimiento. Segundo.- Vigencia El presente procedimiento entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Tabla Nº 1: CAUSAS BASICAS
CODIGO 0301 0302 0303 0304 0305 0306 0307 0308 CODIGO 0401 0402 0403 0404 0405 0406 0407 0408 FACTORES PERSONALES CAPACIDAD FISICA INADECUADA CAPACIDAD MENTAL INADECUADA TENSION FISICA TENSION MENTAL FALTA DE CONOCIMIENTO FALTA DE HABILIDAD MOTIVACION DEFICIENTE OTROS (osadia e irresponsabilidad) FACTORES DEL TRABAJO SUPERVISION Y LIDERAZGO DEFICIENTES INGENIERIA INADECUADA DEFICIENCIA EN LAS ADQUISICIONES MANTENIMIENTO INADECUADA HERRAMIENTAS, EQUIPOS Y MATERIALES INADECUADOS ESTANDARES DEFICIENTES DE TRABAJO USO Y DESGASTE ABUSO O MAL TRATO

Tabla Nº 2: CAUSAS INMEDIATAS
CODIGO 0101 0102 0103 0104 0105 0106 0107 0108 0109 0110 0111 0112 0113 0114 0115 0116 0117 CODIGO 0201 0202 0203 0204 0205 0206 0207 0208 0209 0210 0211 0212 0213 0214 ACCIONES SUBESTANDARES OPERAR EQUIPOS SIN AUTORIZACION DESOBEDECER LAS ADVERTENCIAS OLVIDARSE DE COLOCAR LOS SEGUROS CONDUCIR A VELOCIDAD INADECUADA PONER FUERA DE SERVICIO MECANISMOS DE SEGURIDAD ELIMINAR LOS RESGUARDOS DE SEGURIDAD EMPLEAR EQUIPO DEFECTUOSO NO USAR EQUIPO DE PROTECCION PERSONAL CARGAR DE MANERA INCORRECTA MANIPULAR DE MANERA INCORRECTA ALMACENAR DE MANERA INCORRECTA LEVANTAR DE MANERA INCORRECTA ADOPTAR POSICIONES INADECUADAS PARA LA TAREA REALIZAR MANTENCION A EQUIPOS EN OPERACION HACER BROMAS TRABAJAR BAJO LA INFLUENCIA DEL ALCOHOL O DROGAS SOBREESFUERZO CONDICIONES SUBESTANDARES PROTECCIONES Y RESGUARDOS INADECUADOS EQUIPOS DE PROTECION INADECUADOS O INSUFICIENTES HERRAMIENTAS, EQUIPOS O MATERIALES DEFECTUOSOS ESPACIOS LIMITADOS PARA DESENVOLVERSE SUPERFICIES DE TRABAJO INADECUADAS SISTEMA DE ADVERTENCIA INSUFICIENTE RIESGO DE INCENDIO Y EXPLOSION ORDEN Y LIMPIEZA DEFICIENTES EXPOSICION A RUIDO EXPOSICION A RADIACIONES EXPOSICION A ALTAS O BAJAS TEMPERATURAS EXPOSICION A ALTAS O BAJAS PRESIONES ILUMINACION DEFICIENTE O EXCESIVA VENTILACION INSUFICIENTE

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