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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de noviembre de 2008 384158 SE RESUELVE: Artículo Único.- MODIFICAR el Artículo Primero del Decreto de Alcaldía Nº 00004-2008/MDSA, quedando redactado de la siguiente manera: Convocar a la realización del MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO en el distrito de Santa Anita, para el 29 de Noviembre del 2008. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LEONOR CHUMBIMUNE CAJAHUARINGA Alcaldesa 284589-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Aprueban Cuadro para Asignación de Personal de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 024-2008/MDSMP San Martín de Porres, 19 de noviembre del 2008 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO: El Informe Nº 150-2008-GPP/MDSMP de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto de la Entidad que propone la aprobación del nuevo Cuadro para la Asignación de Personal (CAP) de la Entidad; y CONSIDERANDO: Que, mediante Informe de Visto, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto de la Entidad solicita la aprobación del nuevo Cuadro para la Asignación de Personal (CAP) de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, reordenado por efecto a la modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y su Diseño Organizacional, aprobado por el Concejo Municipal mediante Ordenanza Nº 256-MDSMP (15.OCTUBRE.2008), publicada en el diario ofi cial “El Peruano” con fecha 24.OCTUBRE.2008; Que, con Informe Nº 2188-2008-GAJ/MDSMP la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que debe emitirse el respectivo Decreto de Alcaldía aprobatorio, en virtud a que la Ordenanza Nº 256-MDSMP, en su Primera Disposición Complementaria y Final autoriza al titular de la Entidad aprobar, entre otros instrumentos, el Cuadro para la Asignación de Personal (CAP) para la incorporación de lo establecido en dicha Ordenanza; De conformidad con los artículos 20, inciso 6) y 42 de la Ley 27972 - Orgánica de Municipalidades; así como los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal -CAP - de las Entidades de la Administración Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM; y la Primera Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza Nº 256-MDSMP de esta Entidad; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el Cuadro para la Asignación de Personal (CAP) de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, que consta de 06 folios debidamente sellados y visados y que forma parte integrante del presente dispositivo municipal. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas, a través de su respectiva Unidad Orgánica, la implementación del CAP aprobado en el artículo precedente. Artículo Tercero.- DEJAR sin efecto toda disposición municipal que se oponga a la presente. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 284210-1MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Establecen beneficios tributarios y no tributarios en el distrito ORDENANZA Nº 067/MVMT Villa María del Triunfo, 25 de noviembre del 2008EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO POR CUANTO: El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo; VISTO: en Sesión Ordinaria de la fecha, el Proyecto de Ordenanza para establecer Benefi cios por la Regularización Extraordinaria de Deudas Tributarias y no Tributarias, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, artículo modifi cado por Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, las Municipalidades Distritales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Gobiernos Locales gozan de Autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en el Artículo 9º numeral 8 del mismo cuerpo legal, señala que es atribución del Concejo Municipal aprobar, modifi car y suprimir sus Contribuciones, Arbitrios, Derechos y Licencias o exonerar de ellos, dentro de su Jurisdicción y con los límites que la Ley señala; Que, de conformidad a lo señalado en el segundo párrafo del artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, excepcionalmente, los Gobiernos locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonación también podrá alcanzar al tributo; Que, atendiendo al pedido de múltiples contribuyentes y administrados del distrito, y siendo política de la actual gestión municipal promover mecanismos que faciliten el pago de obligaciones tributarias y no tributarias a través de incentivos que permitan la captación de recursos económicos para el mejoramiento de la prestación de servicios a la comunidad, se hace necesario establecer un benefi cio temporal con la fi nalidad de que los villamarianos puedan cumplir con dichas obligaciones; De conformidad con los artículos 9º, incisos 8) y 9), 40º y 47º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y al artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario; con el voto unánime de los señores Regidores; y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, se ha emitido la siguiente: ORDENANZA ESTABLECE BENEFICIOS TRIBUTARIOS Y NO TRIBUTARIOS EN LA JURISDICCIÓN DEL DISTRITO TÍTULO I DEL OBJETIVO, FINALIDAD Y ALCANCE Artículo Primero.- Objetivo Establecer en la jurisdicción del distrito de Villa María del Triunfo, durante la vigencia de la presente Ordenanza, Descargado desde www.elperuano.com.pe