Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2008 (29/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, sabado 29 de noviembre de 2008

NORMAS LEGALES
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de esta Comuna. Asimismo se requiere autorizar a la persona responsable para la adquisicion de Insumos para el Programa Vaso de Leche, por el monto de S/. 52,107.87 (Cincuenta y dos mil ciento siete con 87/100 Nuevos Soles) por el merito de los Informes MORDAZA mencionados. CONSIDERANDO:

E.J.J.V.P de fecha 18 de noviembre del 2008 de Asesoria Legal, emitiendo opinion favorable respecto a la Exoneracion de Procesos de Seleccion por contrataciones entre Entidades Publicas, y requisitos obligatorios para que el Concejo Municipal apruebe la Exoneracion del MORDAZA de seleccion. CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru de 1993, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local, y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, precisa que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, con Acuerdo de Concejo Nº 049 de fecha 24 de diciembre de 2007, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA de Mossa, para el periodo comprendido entre el 01 de enero y el 31 de diciembre del 2008, previendose la ejecucion de las obras: APERTURA DE TROCHA CARROZABLE PORTACHUELO - LAGUNAS EN CENTRO POBLADO PALTASHACO, DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA DE MOSSA y APERTURA DE TROCHA CARROZABLE CARRASQUILLO - SAN MORDAZA - MORDAZA MORDAZA CENTRO POBLADO CULEBREROS DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA DE MOSSA. Que, mediante el Informe Tecnico Nº 001-2008ING.CEPV/MDSCM/OST., presentado por la Oficina de Servicios Tecnicos de fecha 17 de noviembre del dos mil ocho, propone la exoneracion del MORDAZA de seleccion para contratar con la Municipalidad Distrital de Yamango, el servicio de alquiler de maquinaria pesada Tractor Oruga D-7 para la ejecucion de las obras citadas en el parrafo precedente, por encontrarse acreditado que la contratacion es mas favorable y ventajosa en comparacion con los precios de MORDAZA, que en razon de costos de oportunidad resulta mas eficiente adquirir o contratar con otra entidad asi como tecnicamente es mas idoneo y viable, adjuntando la declaracion jurada de no habitualidad, por la que se cumplen las condiciones previstas en el Articulo 139º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; ademas en el referido Informe senala que la Apertura de las trochas carrozables tiene por finalidad la interconexion entre caserios para que exista una mayor comunicacion a traves de vias adecuadas que permitan el intercambio del comercio entre la poblacion para mejorar sus condiciones economicas; asi como prevenir el aislamiento como consecuencia de las precipitaciones pluviales que se dan en los meses de enero a marzo de cada ano. Que el Informe Legal Nº 35-2008-E.J.J.V.P de fecha 18 de noviembre del 2008 presentado por Asesoria Legal Externa; manifiesta su opinion favorable para la exoneracion de procesos de seleccion, el mismo que determina la normatividad que se aplica y que la sustenta en funcion de una Exoneracion entre Entidades del Estado determinada en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. Que, el Articulo 19 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece la Exoneracion de procesos de seleccion; en la que determina que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen, a) Entre Entidades del Sector Publico, de acuerdo a los criterios de economia que establezca el Reglamento. Que, el Articulo 20 de la Ley precisa las Formalidades de los procedimientos no sujetos a procesos de seleccion, en la que determina que todas las exoneraciones, salvo las previstas en el literal b) del Articulo 19º, se aprobaran mediante: c) Acuerdo del Consejo Regional o del Concejo Municipal, en el caso de los Gobiernos Regionales o Locales. Las Resoluciones o Acuerdos senalados en los incisos precedentes requieren obligatoriamente de un informe tecnico-legal previo y seran publicados en el Diario Oficial El Peruano. MORDAZA de dichas Resoluciones o Acuerdos y el informe que los sustenta deben remitirse a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Que, el Articulo 139 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado senala que la

Que, las Municipalidades son los organos de gobierno promotores del desarrollo local, con personeria juridica de derecho publico y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico. Que, atendiendo al merito del Visto, sobre retraso entrega de productos del Programa Vaso de Leche, Incumplimiento de proveedor del Programa del Vaso de Leche, y Desabastecimiento Inminente de los Insumos del Programa de Vaso de leche respectivamente, del Distrito La MORDAZA, Provincia de Tumbes - Region Tumbes, mediante los cuales informan a esta Municipalidad, el retraso, incumplimiento y desabastecimiento inminente de los insumos del Programa del Vaso de Leche de esta Comuna, por parte de la Empresa proveedora MORDAZA GRANJA MORDAZA EIRL. Asimismo se requiere autorizar a la persona responsable para la adquisicion de Insumos para el Programa Vaso de Leche, por el monto de S/. 52,107.87 (Cincuenta y dos mil ciento siete con 87/100 Nuevos Soles) por lo que resulta atendible dar prioridad a esta necesidad en beneficio de la colectividad, para proceder a la compra en forma directa e inmediata ante los contratistas y/o proveedores que se encuentren acreditados ante el CONSUCODE. Sin perjuicio de adoptar las medidas correctivas que el caso amerite. Que, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972. SE RESUELVE:

Articulo Primero.- AUTORIZAR, al C.P. MORDAZA MORDAZA MORDAZA VINCES - JEFE DE LA UNIDAD DE ABASTECIMIENTO Y SERVICIO DE APOYO SECCION CONTROL PATRIMONIAL de esta Comuna, para que proceda a la adquisicion de Insumos para el Programa Vaso de Leche, por la suma de S/. 52,107.87 (Cincuenta y dos mil ciento siete con 87/100 Nuevos Soles), en merito a lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- NOTIFIQUESE la presente Resolucion a las diferentes oficinas de la Municipalidad para su conocimiento y fines pertinentes. Articulo Tercero.- DISPONER a Secretaria, registrar la presente Resolucion en el Libro de Registros. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 284579-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL MORDAZA MORDAZA DE MOSSA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de servicio de alquiler de maquinaria pesada para el Proyecto Construccion de Trochas Carrozables
ACUERDO DE CONCEJO Nº 029.2008-MDSCM-"CM" Paltashaco,18 de noviembre del 2008 VISTO: El Informe Tecnico Nº 001-2008-ING.CEPV/MDSM/OST. de fecha 17 de noviembre y el Informe Legal Nº 35-2008-

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