Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2008 (06/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, lunes 6 de octubre de 2008

NORMAS LEGALES

381001

MORDAZA penal por delito de prevaricato, del cual quedo librado al deducir una excepcion de prescripcion; de otro lado, los registros de actualizacion y capacitacion que obran en el expediente de evaluacion no son congruentes con lo demostrado en el acto de su entrevista personal en el que denoto desconocimiento de materias fundamentales del derecho, circunstancia que ademas se confirma con los desaciertos manifestados en la evaluacion de la calidad de sus resoluciones inaceptables para quien ejerce la funcion fiscal. De igual manera, denota que su produccion fiscal se ha visto disminuida, lo cual desmerece la calificacion de este parametro de evaluacion. Asimismo, el magistrado en la entrevista personal se mostro impreciso y dubitativo, proporcionando respuestas inadecuadas y sin concretar claramente sus argumentos, tanto en las preguntas que incidieron en sus conocimientos del derecho como en las que buscaban conocer sus apreciaciones sobre el sistema de justicia y su problematica. Decimo Octavo: Que, este Consejo tambien tiene presente el examen psicometrico (psiquiatrico y psicologico), y que sin embargo, por la naturaleza de la informacion, se guarda reserva de la misma. Decimo Noveno: Que, por lo expuesto, tomando en cuenta los elementos objetivos glosados, se determina la conviccion unanime del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura en el sentido de no renovar la confianza a la magistrado evaluado. En consecuencia, el Consejo Nacional de la Magistratura en cumplimiento de sus funciones constitucionales, de conformidad con el inciso 2 del articulo 154º de la Constitucion Politica del Peru, articulo 21º inciso b) y articulo 37º inciso b) de la Ley Nº 26397, Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura, y articulo 29º del Reglamento del MORDAZA de Evaluacion y Ratificacion de Jueces del Poder Judicial y Fiscales del Ministerio Publico, aprobado por Resolucion Nº 1019-2005-CNM, y al acuerdo adoptado por el Pleno en sesion de 3 de MORDAZA de 2008; RESUELVE: Primero.- No renovar la confianza al doctor Eli MORDAZA MORDAZA MORDAZA y, en consecuencia, no ratificarlo en el cargo de Fiscal Provincial Mixto del Distrito Judicial de Lima. Segundo.- Notifiquese personalmente al magistrado no ratificado y una vez que MORDAZA quedado firme remitase MORDAZA certificada a la senora Fiscal de la Nacion (e), de conformidad con el articulo trigesimo MORDAZA del Reglamento del MORDAZA de Evaluacion y Ratificacion de Jueces del Poder Judicial y Fiscales del Ministerio Publico, y remitase MORDAZA de la presente resolucion a la Oficina de Registro de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA VEGAS GALLO MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA BADARACCO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Nacional de la Magistratura, el 18 de marzo de 2008, detallo a continuacion algunos de los aspectos mas resaltantes que van a fundamentar mi MORDAZA en este proceso: - Durante los 4 anos en que estuvo apartado del cargo de Fiscal no aparece que MORDAZA asistido a otros certamenes de capacitacion; tampoco ha intervenido como ponente, expositor, panelista, etc. - Publicaciones: No registra. - En el desarrollo de la entrevista personal le fueron formuladas diversas preguntas relacionadas con temas de la especialidad civil o penal, esto es del ambito de su desempeno como Fiscal Provincial Mixto, entre ellas algunas relacionadas con el MORDAZA de Adecuacion Alternativa del MORDAZA, Diferencia entre Tipicidad y Antijuricidad, Diferencia entre Prescripcion y Caducidad, etc. ofreciendo -en buena parte de los casosrespuestas que no satisfacen razonablemente el nivel de conocimientos esperado. - De igual forma tampoco respondio adecuadamente a pregunta relacionada con un tema de Criminalistica, no obstante haber acreditado un diplomado en dicha materia. - Ha sido multado en 2 ocasiones por la Fiscalia Suprema de Control Interno con el 50% de sus haberes por irregularidades en el ejercicio de sus funciones; el porcentaje aplicado permite colegir que se habria incurrido en inconducta razonablemente grave. Admite que emitio un dictamen sustentandolo en MORDAZA que habia sido modificada. En otra ocasion fue multado con el 10% de sus haberes; asimismo en otras ocasiones ha recibido sancion de amonestacion y aunque puedan encontrarse rehabilitadas cabe tenerlas en cuenta dentro de la evaluacion global del factor que se analiza. Bajo tales consideraciones y analizando razonablemente los aspectos en mencion, MI MORDAZA ES: POR QUE NO SE RENUEVE LA CONFIANZA Y, EN CONSECUENCIA, NO SE RATIFIQUE AL DOCTOR ELI MORDAZA MORDAZA MORDAZA, FISCAL PROVINCIAL MIXTO DEL DISTRITO JUDICIAL DE LIMA. MORDAZA MORDAZA MORDAZA GARDELLA 259823-1

Disponen no ratificar en el cargo a Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Ica
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 053-2008-PCNM MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2008 VISTO: El expediente de evaluacion y ratificacion del doctor MORDAZA Perci Tambini Vasquez; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, el doctor MORDAZA Perci Tambini MORDAZA fue nombrado Vocal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Ica, mediante Resolucion Nº 030 del 15 de febrero de 1996, emitido por el Consejo Nacional de la Magistratura, habiendo juramentado el cargo el 22 de febrero de 1996. Segundo: Que, por Resolucion Nº 292-2003-CNM de fecha 03 de MORDAZA de 2003, se decidio no ratificar en el cargo y cancelar los titulos de nombramiento a varios magistrados, entre los que se encontraba el doctor MORDAZA Perci Tambini Vasquez. Tercero: Que, el Estado peruano ha suscrito el Acuerdo de Solucion Amistosa con magistrados que no fueron ratificados en sus cargos por el Consejo Nacional de la Magistratura, ante la Comision Interamericana de Derechos Humanos, la misma que lo homologo el

MORDAZA DEL SENOR CONSEJERO DOCTOR MORDAZA MORDAZA MORDAZA GARDELLA, EN EL MORDAZA INDIVIDUAL DE EVALUACION Y RATIFICACION DEL DOCTOR ELI MORDAZA MORDAZA MORDAZA, FISCAL PROVINCIAL MIXTO DEL DISTRITO JUDICIAL DE LIMA: Con vista del expediente respectivo y con lo que fluye de la entrevista publica llevada a cabo por el Consejo

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