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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE OCTUBRE DEL AÑO 2008 (15/10/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 32

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 15 de octubre de 2008 381550 SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la señora Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y en representación del Estado, inicie las acciones legales por el hecho expuesto, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndose para el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROSA URBINA MANCILLA Vicecontralora General de la RepúblicaContralora General (e) 263778-1 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 407-2008-CG Lima, 10 de octubre de 2008VISTO, el Informe Especial Nº 229-2008-CG/ORHC-EE, resultante del Examen Especial practicado a la Municipalidad Distrital de Amarilis, Provincia de Huánuco, período comprendido de Enero del 2003 a Diciembre del 2005; y, CONSIDERANDO:Que, la Contraloría General de la República efectuó un Examen Especial a la Municipalidad Distrital de Amarilis, orientado a determinar si los bienes y servicios en la citada entidad se adquirieron con sujeción a la normativa vigente y en concordancia con los objetivos de la entidad, con incidencia en los hechos que han sido materia de denuncia; Que, como resultado de la citada Acción de Control, la Comisión Auditora ha determinado que durante los años 2003 y 2005, funcionarios municipales dispusieron la utilización de recursos para asumir gastos por diversas celebraciones, a pesar de que se encontraban prohibidos por la normativa presupuestaria vigente, ascendentes a S/. 29 987,50, ocasionando perjuicio económico a la Municipalidad por el citado monto, el mismo que debe ser resarcido de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 1321º del Código Civil; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del artículo 22° de la Ley N° 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos en que en la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o presunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar a la señora Procuradora Pública encargada de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; De conformidad con el inciso d) del artículo 22º de la Ley N° 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y el Decreto Ley N° 17537 y sus modifi catorias, y la Resolución de Contraloría Nº 383-2008-CG, modifi cada por la Resolución de Contraloría Nº 394-2008-CG; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la señora Procuradora Pública encargada de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROSA URBINA MANCILLA Vicecontralora General de la RepúblicaContralora General (e) 263778-2Autorizan a procuradora iniciar e impulsar acciones legales contra presuntos responsables de la comisión de delitos en agravio de las Municipalidades Distritales de Lurigancho - Chosica y de Santa Teresa y del INDECI Tacna RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 408-2008-CG Lima, 10 de octubre de 2008VISTO, el Informe Especial Nº 230-2008-CG/ORLC- EE, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Distrital de Lurigancho-Chosica, período enero 2004 - diciembre 2005, y; CONSIDERANDO:Que, la Contraloría General de la República dispuso se realice una acción de control en la Municipalidad Distrital de Lurigancho-Chosica, cuyo objetivo fue evaluar la administración de los recursos asignados, incidiendo en la ejecución de obras y contratación de bienes y servicios, así como la verificación de denuncias presentadas ante este Organismo Superior de Control; Que, como consecuencia de la acción de control, la Comisión Auditora ha evidenciado que funcionarios de la administración municipal habrían simulado la realización de diversos procesos de selección de supuestas prestaciones para la ejecución de la obra “Pavimentación de la Vía de Entrada al AA.HH. Yanacoto”, a la que cargaron las mismas, generando para tal efecto, documentos de conformidad, tales como informes y partes diarios de maquinarias, todo lo cual se produjo en fechas posteriores a la culminación y recepción de la citada obra, servicios por los cuales se pagó la suma de S/. 32 559,50; hechos que hacen presumir la existencia de indicios razonables de la comisión de los delitos de Aprovechamiento Indebido de Cargo y Falsificación de Documentos, previstos y penados en los artículos 399° y 427° del Código Penal, respectivamente; Que, conforme al artículo 11º del Decreto Legislativo Nº 052 - Ley Orgánica del Ministerio Público, la tipificación efectuada de los delitos no limita la competencia asignada al Ministerio Público en su calidad de Titular de la acción penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del artículo 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República - Ley Nº 27785, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos que en la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o presunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; De conformidad con el inciso d) del artículo 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República - Ley N° 27785 y el Decreto Ley N° 17537, sus modificatorias, y la Resolución de Contraloría Nº 383-2008-CG, modificada por la Resolución de Contraloría Nº 394-2008-CG; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a la señora Procuradora Pública encargada de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, inicie las acciones legales correspondientes, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Descargado desde www.elperuano.com.pe