Norma Legal Oficial del día 19 de septiembre del año 2008 (19/09/2008)


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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 19 de setiembre de 2008

Que, mediante Ordenanza Nº 009-99-MDI, de fecha 15 de Octubre de 1999, se aprueba el Reglamento del Comercio Ambulatorio en la Jurisdiccion del Distrito de Independencia, cuyo Articulo 38º Establece que la Comision Tecnica Mixta del Comercio Ambulatorio es el organo de concertacion de trabajadores organizados ante la Municipalidad de Independencia, la misma que integra entre sus miembros a representantes de la Municipalidad distrital, de las Asociaciones de Comerciantes Informales, debidamente constituidos y autorizados y de la comunidad debidamente reconocidos por la Municipalidad. Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 009-2007A/MDI, se designo a los representantes de la Comision Tecnica Mixta Distrital ante la Municipalidad, los cuales parte de los miembros han cesado en sus cargos. Que, mediante expediente Nº 008790 de fecha 09JUN2008, La Federacion de Trabajadores Ambulantes del Distrito de Independencia, da cuenta de la renovacion de los delegados elegidos para integrar la Comision Tecnica Mixta Distrital. Que, mediante Informe Nº 523-2008-UAL/MDI de fecha 28AGO2008, la Unidad de Asesoria Legal emite su respetiva opinion legal; Que, estando a lo expuesto y en el ejercicio de las facultades conferidas por los Articulos 20º numeral 6) y Articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972; DECRETA Articulo Primero.- DISPONER se deje sin efecto la designacion de la Senora Regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y de los Senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representante de la Municipalidad Distrital de Independencia ante la Comision Tecnica Mixta Distrital del Comercio Ambulatorio, efectuada mediante Decreto de Alcaldia Nº 009-2007-A/MDI. Articulo Segundo.- DISPONER se deje sin efecto la designacion de los Senores miembros de la Federacion de Trabajadores Ambulantes del Distrito de Independencia, ante la Comision Tecnica Mixta Distrital del Comercio Ambulatorio, efectuada mediante Decreto de Alcaldia Nº 004-2004-A/MDI. Articulo Tercero.- DESIGNAR a los miembros ante la Comision Tecnica Mixta Distrital del comercio ambulatorio conformada de la siguiente manera: Por la Municipalidad; MORDAZA MORDAZA - Primer Regidor como miembro representante de la Municipalidad y Presidente de la Comision Tecnica Mixta Distrital del Comercio Ambulatorio. Presidente de la Comision de Desarrollo Economico Local y de Cooperacion Internacional como miembro representante de la Municipalidad y Vice Presidenta de la Comision Tecnica Mixta Distrital del Comercio Ambulatorio. Gerente de Desarrollo Economico Local como miembro representante de la Municipalidad y Secretario Tecnico de la Comision Tecnica Mixta Distrital del Comercio Ambulatorio. Jefe de Comercializacion y Defensa al Consumidor como miembro representante de la Municipalidad. Por la Federacion de Trabajadores Ambulantes del Distrito de Independencia: Senor MORDAZA MORDAZA Coello Senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Senora MORDAZA MORDAZA Taudoypan Senora MORDAZA MORDAZA Ferrer Por los Mercados y Comunidad MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Juipa Munoz Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Economico Local el

cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia y a la Gerencia de Secretaria General disponga la publicacion del presente Decreto. Registrese, comuniquese y cumplase LOVELL YOMOND MORDAZA MORDAZA 253597-1

Disponen la apertura de MORDAZA administrativo disciplinario a ex funcionarios de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 243-2008/MDI Independencia, 16 de setiembre de 2008 VISTO: El Memorando Nº 1255-2008-GM/MDI recepcionado con fecha 25 de agosto de 2008 emitido por la Gerencia Municipal, a traves del cual remite el Informe Nº 0122008-CEPAD/MDI de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Independencia; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 183-2008-CG/FIS recepcionado con fecha 14 de MORDAZA de 2008 a traves del cual la Contraloria General de la Republica da cuenta que se debera informar al Titular de su entidad respecto de los omisos a la MORDAZA de su declaracion jurada, a fin que este disponga las acciones correspondientes, conforme al articulo 9º del Reglamento de la Ley Nº 27482 aprobado por D.S. Nº 080-2001-PCM, e informar sobre las mismas a la Contraloria General de la Republica; Que, a traves del Memorando Nº 886-2008-GM/MDI de fecha 13 de junio de 2008, la Gerencia Municipal remite los antecedentes de la omision a la MORDAZA de la Declaracion Jurada de ingresos de Bienes y rentas al Secretario Suplente de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, para la correspondiente evaluacion de dicha Comision; Que, mediante Informe Nº 655-2008-UP/GAR/MDI de fecha 10 de MORDAZA de 2008 la Unidad de Personal da cuenta de los ex - funcionarios que cumplieron con presentar su declaraciones juradas por cese, asi como de los otros que pese a las reiteraciones no han cumplido con la MORDAZA solicitada; Que, mediante Informe Nº 012-2008-CEPAD/MDI senalado en el Visto, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios- CEPAD, luego de un pormenorizado analisis de los Informes Nº 172 y 238-2008/GAR/MDI, concluyen encontrar merito para recomendar por Unanimidad la Apertura de MORDAZA Administrativo Disciplinario a los ex funcionarios, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ­ ex Gerente de Secretaria General; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Oscanova ­ ex Gerente de Administracion de Recursos; don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Clavarino ­ ex Jefe de Seguridad Ciudadana, Policia Municipal y Defensa Civil y don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ­ ex Jefe de la Division de Servicios Sociales y Alimentarios, Demuna, Omaped, Salud, Vaso de Leche, Comedores Populares y Adulto Mayor, los mismos que habrian incumplido con lo dispuesto por el articulo 4º de la Ley Nº 27482 y articulo 7º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 080-2001-PCM, incurriendo de esta manera en la comision de falta administrativa disciplinaria tipificada como incumpliendo de normas, prevista en el inciso a) del articulo 28º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico ­ Decreto Legislativo Nº 276; Que, de conformidad con lo expuesto y lo dispuesto en la Ley de la MORDAZA Administrativa aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y su Reglamento, Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972.

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