Norma Legal Oficial del día 19 de septiembre del año 2008 (19/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, viernes 19 de setiembre de 2008

NORMAS LEGALES
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AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO:

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Ate a solicitud de los administrados con la finalidad de aclarar nuevas observaciones de la Resolucion de Gerencia Nº 050 de fecha 27 de marzo de 2008, en lo concerniente a que no se ha considerado los modulos viales de MORDAZA industrial para la Av. MORDAZA de Pierola y la Av. San MORDAZA de Porres; luego del cual se devolvera a dicha Entidad Provincial para la continuacion del tramite respectivo; Que, ante las nuevas observaciones senaladas por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, debe aclararse que en dichas vias existe un alineamiento consolidado y adecuado a la habilitacion MORDAZA aprobada por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA de propiedad de la empresa MORDAZA MORDAZA Peru S.R.L. colindante con el terreno de la empresa Panaderia San Jorge; asi tambien independientemente de ello en el presente proyecto respeta la seccion y los modulos viales de las mencionadas vias metropolitanas de conformidad con lo establecido en la Ordenanza Metropolitana Nº 341-MML; Que, la Ley Nº 26878 - Ley General de Habilitaciones, disposicion que senala en su Articulo Nº 3º, que corresponde a las Municipalidades Distritales en el ambito de sus respectivas circunscripciones territoriales y a las Municipalidades Provinciales, cuando se trate del cercado, conocer y aprobar las solicitudes de Habilitacion MORDAZA, que a partir de la vigencia de la presente ley, presenten las personas naturales o juridicas, las asociaciones de vivienda, provivienda, las cooperativas de vivienda o cualquier otra forma asociativa con fines de vivienda, incluyendo los casos de regularizacion de habilitaciones y las pendientes de tramite; Que, mediante Informe Tecnico Nº 018-2008-JLCHG, el Area de Habilitaciones Urbanas de la Subgerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro, concluye que habiendose aclarado las nuevas observaciones senaladas por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, debera ratificarse lo vertido en la Resolucion de Gerencia Nº 050 de fecha 27 de marzo de 2008, debiendose emitir la respectiva Resolucion de Gerencia; Estando los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el inciso 3.6.1 del Capitulo II del Articulo 79º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades y Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, asi como de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26878, Ley General de Habilitaciones Urbanas, Ordenanzas Nº 292-MML, Nº 341-MML y por el Reglamento Nacional de Construcciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DEJAR, sin efecto la Resolucion de Gerencia Nº 050 de fecha 27 de marzo de 2008, emitida por la Gerencia de Desarrollo MORDAZA de esta Corporacion Municipal, por las razones expuestas en los considerandos de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- APROBAR de acuerdo con el Plano signado con el Nº 046-2008-SGPUC-GDU/MDA, la Habilitacion MORDAZA Nueva para uso de Industria Liviana "I-2" del terreno de 37,974.84 m2 por acumulacion del lote 104-C y Parcela Nº 1 (sublote B-C del lote 104) de la lotizacion Fundo La MORDAZA, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Articulo Tercero.- AUTORIZAR a la Empresa PANADERIA SAN MORDAZA S.A., para ejecutar en el plazo de dieciocho (18) meses, contados a partir de la fecha de la notificacion de la presente Resolucion, las obras basicas de Habilitacion MORDAZA en el terreno de 37,974.84 m2; y de conformidad con el Articulo Setimo de la Ordenanza Nº 341-MML, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA tendra a su cargo la ejecucion de dichas vias metropolitanas en coordinacion con esta Municipalidad Distrital. Asimismo se debera tener en cuenta las caracteristicas y especificaciones tecnicas de acuerdo a la siguiente descripcion: DISENO AREA BRUTA : AREA VIAS METROPOLITANAS 2,608.30 m2 AREA UTIL : 37,974.84 m2 : 35,366.54 m2

Obras Sanitarias.- Seran ejecutadas de conformidad con el proyecto de SEDAPAL denominado Obras Generales de Agua Potable y Alcantarillado del Esquema "Cerro MORDAZA de MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA de MORDAZA MORDAZA y Anexos", debiendo elaborar sus proyectos de redes secundarias de agua potable y alcantarillado de acuerdo a los lineamientos generales establecidos en dicho esquema; debiendo, ademas, tomar conocimiento SEDAPAL, sobre la fecha de inicio y termino de las obras. ENERGIA ELECTRICA: Electricidad.- Los interesados deberan solicitar a LUZ DEL SUR la instalacion de las redes primarias y secundarias de energia electrica publica y domiciliaria, los cuales seran ejecutados de acuerdo a los planes de expansion de dicha compania. Articulo Cuarto.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, en el plazo de 30 dias contados a partir de su notificacion, a cargo de los interesados. Articulo Quinto.- TRANSCRIBIR a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para las acciones de su competencia; a la Oficina Registral de MORDAZA y Callao para los efectos de la Inscripcion de la Habilitacion MORDAZA, a SERPAR-LIMA, a EMILIMA y a los interesados para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente de Desarrollo MORDAZA 253100-1

MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Dejan sin efecto designacion y designan miembros ante Comision Tecnica Mixta Distrital del Comercio Ambulatorio
DECRETO DE ALCALDIA Nº 09-2008-A/MDI Independencia, 8 de setiembre de 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA VISTO: El Informe Nº 168-08-GDEL/MDI de fecha 12 de agosto, emitido por la Gerencia de Desarrollo Economico Local, respecto a las solicitudes presentadas a traves de los expediente Nº 008790 del 09JUN2008 y Nº 008124 del 28MAY2008 presentada por la Federacion de Trabajadores Ambulantes de Independencia - FEDITAI, sobre designacion de los miembros de la "Comision Tecnica Mixta de Comercio Ambulatorio", y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, Las Municipalidades son los organos de gobierno local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el Articulo 86º y 87º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, establece que es funcion exclusiva de las municipalidades ejecutar actividades de apoyo directo e indirecto a la actividad empresarial en su jurisdiccion a fin de mejorar la competitividad. Concertar con Instituciones del Sector Publico y Privado sobre la elaboracion de programas y proyectos que favorezcan al desarrollo economico del distrito.

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