Norma Legal Oficial del día 02 de abril del año 2009 (02/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, jueves 2 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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MARINOS LOS COMPADRES ­ en adelante la Asociacion, solicito concesion especial para desarrollar actividades de acuicultura, mediante el cultivo del recurso "Concha de abanico" (Argopecten purpuratus), en un area de mar de 14.56 ha, ubicada en el Lote 21 de la MORDAZA de uso especial de la Reserva Nacional de Paracas-El Queso de MORDAZA Independencia, distrito de Paracas, provincia de MORDAZA, departamento de Ica; Que, mediante el Oficio Nº 913-2008-INRENA-IANP/ DOANP de fecha 17 de noviembre de 2008, el Instituto Nacional de Recursos Naturales-INRENA, alcanza opinion favorable al Plan de Manejo presentado por la Asociacion, para el otorgamiento de la citada concesion especial; Que, de la evaluacion efectuada a los documentos presentados se desprende que la solicitante ha cumplido con los requisitos sustantivos y los procedimentales, establecidos en el procedimiento Nº 40 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003PRODUCE y demas normas modificatorias, presentando entre otros documentos el Certificado Ambiental de la DIA Nº 003-2008-GORE ICA/DRPRO-DMA, el mismo que otorgo calificacion favorable al proyecto para desarrollar la actividad de acuicultura del cultivo de la especie Argopecten purpuratus y ha cumplido con suscribir el Convenio Acuicola de Aprovechamiento Sostenible de fecha 31 de diciembre de 2008,por lo que consideramos procedente autorizar la concesion solicitada a la Asociacion; De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 27460, Ley de Promocion y Desarrollo de la Acuicultura y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 030-2001-PE y el Decreto Supremo Nº 023-2001-PE, que aprueba el Reglamento de "Administracion y Manejo de las Concesiones Especiales para el Desarrollo de la Maricultura de Especies Bentonicas en la Reserva Nacional de Paracas"; Estando a lo informado por la Direccion de Maricultura de la Direccion General de Acuicultura, mediante Informe Nº 0005-2009-PRODUCE/DGA-ngonzales y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la ASOCIACION DE PESCADORES ARTESANALES Y CULTIVOS MARINOS LOS COMPADRES, concesion especial para desarrollar actividades de acuicultura mediante el cultivo del recurso "Concha de abanico" (Argopecten purpuratus), en un area de mar de catorce hectareas y cinco mil seiscientos metros cuadrados (14.56 ha), ubicada en el Lote 21 de la MORDAZA de uso especial de la Reserva Nacional de Paracas, El Queso de MORDAZA Independencia, frente al litoral del distrito de Paracas, provincia de MORDAZA, departamento de Ica, delimitada por las siguientes coordenadas geograficas (DATUM WGS 84): VERTICE LATITUD SUR LONGITUD OESTE A 14º 18' 18.4608" 76º 06' 49.77" B 14º 18' 18.5544" 76º 06' 29.7432" C 14º 18' 26.424" 76º 06' 29.5992" D 14º 18' 26.3304" 76º 06' 49.626" Articulo 2º.- La concesion a que se refieren los articulos precedentes se otorga por un plazo de tres (3) anos, renovable por igual periodo; debiendo la titular de la concesion cumplir con lo establecido en el Convenio Acuicola de Aprovechamiento Sostenible, el mismo que se sustenta en el Plan de Manejo de la Concesion Especial y la legislacion nacional vigente, asi como cumplir con lo siguiente: - Tramitar ante la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, la correspondiente autorizacion para la ocupacion del area acuatica, en un plazo MORDAZA de 30 dias calendarios de otorgada la concesion especial. - Solicitar autorizacion previa del Ministerio de la Produccion en la eventual ampliacion de las actividades productivas hacia otras especies bentonicas. - Presentar informes semestrales a la Direccion General de Acuicultura, con MORDAZA a la Direccion Regional

de la Produccion de Ica, sobre las actividades realizadas y los resultados obtenidos en el desarrollo del cultivo. - Presentar informes mensuales a la Oficina General de Tecnologia de la Informacion y Estadistica del Ministerio de la Produccion, como MORDAZA 7 dias calendario despues de realizada la siembra o en los meses donde se efectue cosecha. - Obtener la calificacion sanitaria emitida por la Direccion de Inspeccion y Control Sanitario del Instituto Tecnologico Pesquero-ITP, y presentar a la Direccion General de Acuicultura y a la Direccion Regional correspondiente, MORDAZA de dar inicio a sus actividades de cosecha. Articulo 3º.- La utilizacion del objeto de la concesion con una finalidad distinta a aquella por la cual se otorgo, el incumplimiento de los objetivos prefijados en el proyecto que motivo su otorgamiento, no acreditar la ejecucion de su proyecto dentro de los plazos establecidos en la normatividad vigente, el incumplimiento del Convenio Acuicola de Aprovechamiento Sostenible, el incumplimiento de las normas ambientales y de lo establecido en la presente Resolucion Directoral seran causales de caducidad del derecho concedido, sin perjuicio de las sanciones que correspondan. Articulo 4º.- Transcribase la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria, la Direccion General de Pesca Artesanal, la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, la Direccion Regional de Produccion de Ica, al Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ZUZUNAGA ZUZUNAGA Director General de Acuicultura 330476-12

Renuevan autorizacion otorgada a empresa para culminar instalacion de planta de harina residual para el tratamiento de residuos solidos
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 175-2009-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 13 de marzo del 2009 Vistos el escrito de la empresa CONCENTRADOS DE PROTEINAS S.A.C con registro Nº 37851 Adjunto Nº 08 del 16 de febrero del 2008; CONSIDERANDO: Que, al numeral 52.1 del Articulo 52º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE establece las condiciones para el otorgamiento de una autorizacion de instalacion con una vigencia no mayor de Un (01) ano, pudiendo renovarse por una sola vez y por igual periodo, siempre que se acredite haber realizado una inversion sustantiva superior al cincuenta por ciento (50 %) del proyecto aprobado dentro del periodo inicialmente autorizado. La autorizacion caducara de pleno derecho al no acreditarse dentro del plazo autorizado, o de ser el caso, al termino de la renovacion del mismo, la instalacion del establecimiento industrial pesquero, sin que sea necesario para ello notificacion por parte del Ministerio de la Produccion; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 102-2008PRODUCE/DGEPP del 15 de febrero del 2008, notificada el 19 de febrero del 2008, esta Direccion General otorga a la empresa CONCENTRADOS DE PROTEINAS SAC autorizacion para instalar una Planta de harina Residual con una capacidad proyectada de 05 t/h para el tratamiento de residuos solidos que generan las actividades pesqueras de consumo humano, a ubicarse en la Manzana "A", Lote Nº 4, MORDAZA Industrial 27 de Octubre en el distrito de Chimbote, provincia del MORDAZA, departamento de Ancash;

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