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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ABRIL DEL AÑO 2009 (08/04/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 92

El Peruano Lima, miércoles 8 de abril de 2009 394070 Proyecto de Resolución de Consejo Directivo que modifica numeral 4.3 del Anexo Nº 2 “Contenido General del PMO” del Reglamento General de Tarifas y su Exposición de Motivos General de Tarifas, aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD, y su correspondiente Exposición de Motivos; proyecto cuya publicación fue aprobada por Resolución de Consejo Directivo N° 007-2009-SUNASS-CD; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27332 – Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos – modifi cada por la Ley N° 27631, faculta a los organismos reguladores a dictar en el ámbito y materia de su competencia, las normas que regulen los procedimientos a su cargo, otras de carácter general, la fi jación de tarifas de los servicios, la solución de reclamos y la imposición de medidas correctivas y sanciones, entre otras; Que, según el Reglamento General de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 017-2001- PCM, la SUNASS ejerce su función normativa sobre la regulación tarifaria y sus mecanismos de aplicación; Que, el artículo 31º del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento establece que la EPS utilizará los ingresos que reciba por la prestación de los servicios de saneamiento para cubrir los costos de explotación, las inversiones y los gastos fi nancieros asociados a dichos conceptos. Las inversiones que se considerarán para este efecto son las que se encuentran establecidas en el Plan Maestro Optimizado de cada EPS. Cualquier medida económica, presupuestal o fi nanciera respecto de las reservas correspondientes a las previsiones hechas en el Plan Maestro Optimizado para inversiones futuras será dispuesta previa aprobación del titular de las acciones representativas del capital social en el marco de su competencia y en concordancia con las normas de gestión presupuestaria del Estado; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD se aprobó el Reglamento General de Tarifas, el cual contiene las disposiciones referidas a los lineamientos metodológicos, los procedimientos y los criterios que deben adoptarse para la formulación del Plan Maestro Optimizado, para la aprobación de las fórmulas tarifarias, estructuras tarifarias y metas de gestión, y para la determinación de los precios de los servicios colaterales, así como el procedimiento para efectuar los reajustes de tarifas y precios por efecto de la infl ación aplicable por las EPS con fórmula tarifaria aprobada; Que, el Plan Maestro Optimizado plantea como supuesto de la determinación de las fórmulas tarifarias y garantía de inversiones, la creación de un fondo exclusivo para fi nanciar las inversiones con recursos propios generados por la empresa. Este fondo sólo podrá ser utilizado para tales fi nes, conforme con lo establecido en el Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento; Que, para constituir dicho fondo, la EPS deberá destinar mensualmente en cada ejercicio del período quinquenal, los porcentajes de los ingresos por los servicios de agua potable y alcantarillado indicados en la Resolución de Consejo Directivo que aprueba su fórmula tarifaria; Que, es necesario establecer un mecanismo orientado a asegurar el buen uso de las reservas para inversiones, que contemple cierta fl exibilidad; Que, con el propósito antes referido, la SUNASS aprobó mediante Resolución de Consejo Directivo N° 007- 2009-SUNASS-CD, la publicación del proyecto de norma que modifi ca el Reglamento General de Tarifas aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007- SUNASS-CD, otorgándose quince (15) días calendarios posteriores a la publicación del proyecto de norma para recibir los comentarios de los interesados, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23° del Reglamento de la SUNASS; Que, evaluados e incorporados algunos de los comentarios recibidos, corresponde aprobar el texto defi nitivo de la norma; De conformidad con el artículo 3° de la Ley N° 27332, RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 012 -2009-SUNASS-CD Lima, 31 de marzo de 2009 VISTO: El proyecto de Resolución de Consejo Directivo que aprueba modifi car el numeral 4.3 del Anexo N° 2 “Contenido General del PMO” del Reglamento General de Tarifas, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD; con su correspondiente Exposición de Motivos. CONSIDERANDO: Que, el literal c) del artículo 3º de la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos – Ley Nº 27332, modifi cada por la Ley Nº 27631 y Ley Nº 28337, faculta a los Organismos Reguladores a dictar en el ámbito de su competencia las normas que regulen los procedimientos a su cargo; Que, el artículo 5º del Reglamento General de la SUNASS, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM, establece que en virtud del Principio de Transparencia, las decisiones de la SUNASS serán debidamente motivadas y las decisiones normativas y/o reguladoras serán prepublicadas para recibir opiniones de los administrados; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 20º del Reglamento General de la SUNASS; De conformidad con el artículo 3º de la Ley Nº 27332 y el artículo 20º del Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM y el Acuerdo de Consejo Directivo adoptado en la Sesión N° 007-2009; HA RESUELTO: Artículo Primero.- Aprobar la publicación del proyecto de Resolución de Consejo Directivo que modifi ca el numeral 4.3 del Anexo N° 2 “Contenido General del PMO” del Reglamento General de Tarifas; así como su Exposición de Motivos, en el Diario ofi cial “El Peruano” y en la página web de la SUNASS (www.sunass.gob.pe). Artículo Segundo.- Otorgar a los interesados un plazo de quince (15) días calendario contados desde el día siguiente a la fecha de la publicación de la presente Resolución, para que presenten sus comentarios sobre el proyecto señalado en el artículo anterior, en el local de la SUNASS, ubicado en Av. Bernardo Monteagudo Nº 210- 216, Magdalena del Mar, o por vía electrónica a gpn@ sunass.gob.pe. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Políticas y Normas de la SUNASS el acopio, procesamiento y sistematización de los comentarios que se presenten. Regístrese, publíquese y cúmplase. Con la intervención de los señores consejeros José Salazar Barrantes, Víctor Antonio Maldonado Yactayo y Jorge Luis Olivarez Vega. JOSÉ SALAZAR BARRANTES Presidente de Consejo Directivo RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTVO N° XXXXXXX-2009-SUNASS-CD Lima, XXXXXXXXXXXXXXX VISTO: El Informe N° XXXX-2009/SUNASS-100 presentado por la Gerencia de Políticas y Normas, la Gerencia de Regulación Tarifaria y la Gerencia de Asesoría Jurídica, referido a la evaluación de los comentarios recibidos sobre el proyecto de resolución que modifi ca el Reglamento PROYECTOS