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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 14 de agosto de 2009 400810 Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú en la República de Polonia, de la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República doña Martha Isabel Chavarri Dupuy, la salida temporal del país de tres (3) bienes integrantes del patrimonio cultural de la Nación, detallados en el anexo adjunto a la presente Resolución, a la ciudad de Varsovia, República de Polonia. Artículo 2º.- El Instituto Nacional de Cultura adoptará las medidas más adecuadas para verifi car las características, estado de conservación y autenticidad de los bienes culturales a que se refi ere la presente Resolución, durante su traslado, permanencia fuera del país y retorno. Artículo 3º.- La Embajadora en el Servicio Diplomático de la República doña Martha Isabel Chavarri Dupuy, deberá mantener vigente la póliza de seguro que cubra los tres (3) bienes pertenecientes al patrimonio cultural de la Nación de su propiedad, en tanto dure su cargo como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú en la República de Polonia. Al culminar el cargo para el cual ha sido designada, y a efectos del retorno de los bienes culturales al país, doña Martha Isabel Chavarri Dupuy deberá de contar con una póliza de seguro que cubra el retorno de los mismos. Artículo 4º.- Los gastos relacionados al embalaje, fl etes, seguros, traslados o cualquier otro egreso que se origine por la salida y retorno de los bienes culturales a que se refi ere la presente Resolución, serán íntegramente cubiertos por la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República doña Martha Isabel Chavarri Dupuy. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación 03 bienes integrantes del patrimonio cultural de la Nación propiedad de la Sra. Martha Isabel Chavarri Dupuy Nº Nº Registro Nacional Denominación Tipo de bien Código catalogación INC 1 0000070896 Sagrada Familia Pintura 150122/V-2.0/E-401/01 2 0000070897 Arcángel Miguel Pintura 150122/V-2.0/E-401/02 3 0000070898 Arcángel Miguel Pintura 150122/V-2.0/E-401/03 383898-5 Aprueban Manual de Operaciones del Programa Nacional de Capacitación de Seguridad en Educación Vial - PRONACESVI RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0235-2009-ED Lima, 13 de agosto de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2009-ED, se crea el Programa Nacional de Educación en Seguridad Vial – PRONACESVI es el encargado de conducir y desarrollar las acciones conducentes a fortalecer capacidades en los docentes en seguridad vial, que promueva la adquisición de conocimientos y el desarrollo de actitudes adecuadas en los estudiantes de las instituciones educativas de Educación Básica Regular; así como la preservación de la vida e integridad física de los usuarios de las vías y la prevención de la violencia vial nacional; Que, el artículo 36) del Decreto Supremo Nº 043- 2006- PCM, que aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones- ROF, por parte de las entidades de la Administración Pública, prescribe que los programas y proyectos contarán con un manual de operaciones en el que se consignará entre otros, la descripción del programa o proyecto, incluyendo el objetivo, órganos o unidades orgánicas ejecutoras que tienen responsabilidades respecto del programa o proyecto; Que, es necesario aprobar el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Educación en Seguridad Vial - PRONACESVI, que regule su operatividad administrativa y pedagógica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762 modifi cado por la Ley N° 26510, y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; y sus normas modifi catorias. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Capacitación de Seguridad en Educación Vial – PRONACESVI, el mismo que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- El Manual de Operaciones del Programa Nacional de Capacitación de Seguridad en Educación Vial – PRONACESVI, será publicado en el Portal Electrónico del Ministerio de Educación, en la misma fecha de la publicación ofi cial. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación 383894-1 ENERGIA Y MINAS Aprueban lista de bienes y servicios cuya adquisición otorgará derecho a la devolución definitiva del IGV, IPM u otro impuesto de consumo que se le traslade o pague el contratista del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 130 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 336-2009-MEM/DM Lima, 6 de agosto de 2009 VISTO el Expediente Nº 1895786 y su Anexo Nº 1903287, de fechas 18 de junio y 07 de julio de 2009, respectivamente, formado por la empresa CEPSA PERÚ S.A., SUCURSAL DEL PERÚ, mediante el cual solicita la aprobación de la lista de bienes y servicios, cuya adquisición otorgará al Contratista del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 130, el derecho a la devolución defi nitiva del Impuesto General a las Ventas, Impuesto de Promoción Municipal y de cualquier otro impuesto al consumo, que le sea aplicable; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27624, se estableció el derecho de las empresas que suscriban contratos o convenios a los que se hace referencia en los artículos 6º y 10º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 042-2005-EM, a la devolución defi nitiva del Impuesto General a las Ventas, del Impuesto de Promoción Municipal y de cualquier otro impuesto al consumo que les sea trasladado o que paguen, correspondiente a todas las importaciones o adquisiciones de bienes, prestación o utilización de servicios y contratos de construcción, directamente vinculados a las actividades de exploración, durante la fase de exploración de los Contratos y la ejecución de los Convenios de Evaluación Técnica;