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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 14 de agosto de 2009 400815 de Tercera de la Policía Nacional del Perú Alfonso Isaac USHIÑAHUA OLIVAS, a la ciudad de La Paz - Bolivia, del 17 al 21 de agosto de 2009. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 198-2008- JUS del 17 de diciembre de 2008, se resuelve acceder al pedido de extradición activa del procesado Juan Domingo FUENTES DÁVALOS, formulado por el Vigésimo Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima y declarado procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, por la presunta comisión del delito contra el patrimonio - hurto agravado, en perjuicio de la Empresa Bulgaria Sociedad Anónima Sala de Juegos Tragamonedas - New York City, y disponer su presentación por vía diplomática a la República de Bolivia, de conformidad con el Tratado de Extradición vigente, y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, mediante Facsímil (DGL/CJE) Nº 318 del 1 de julio de 2009, la Embajadora Bertha VEGA PÉREZ, Directora General de Asuntos Legales del Ministerio de Relaciones Exteriores, hace de conocimiento a la Ofi cina Central Nacional - INTERPOL - Lima - Perú, que nuestra Embajada en la República de Bolivia ha recibido copia de la sentencia 146/2009 del 28 de abril de 2009, por la que se declara procedente la solicitud de extradición del ciudadano Juan Domingo FUENTES DÁVALOS, en ese sentido se hace necesario el desplazamiento de los funcionarios policiales a la ciudad de La Paz - Bolivia dentro de los plazos legalmente establecidos, para materializar tal entrega; Que, mediante Memorándum Múltiple Nº 813- 2009-DIRGEN-PNP/EMP-OAE del 27 de julio de 2009, el General de Policía, Director General de la Policía Nacional del Perú, aprueba y dispone la formulación del Proyecto de Resolución autoritativa de viaje al extranjero en comisión del servicio del Alférez de la Policía Nacional del Perú José Manuel SALCEDO CHÁVEZ y del Subofi cial de Tercera de la Policía Nacional del Perú Alfonso Isaac USHIÑAHUA OLIVAS, a la ciudad de La Paz - Bolivia, del 17 al 21 de agosto de 2009, a fi n de que ejecuten la extradición activa del ciudadano Juan Domingo FUENTES DÁVALOS, requerido por el Vigésimo Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima y declarado procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, por la presunta comisión del delito contra el patrimonio - hurto agravado, en perjuicio de la Empresa Bulgaria Sociedad Anónima Sala de Juegos Tragamonedas - New York City; Que, mediante Ofi cio Nº 1868-2009-DIRECFIN-PNP- DIVADM del 21 de julio de 2009, la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, remite el Informe Nº 232-2009-DIRECFIN-PNP-DIVADM-DEPADM.SV del 21 de julio de 2009, sobre el Proyecto de Liquidación por Comisión del Servicio en el Extranjero del 17 al 21 de agosto de 2009; asimismo, la Unidad de Presupuesto de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, hace conocer que se ha formulado la Certifi cación de Crédito Presupuestario Nº 555-2009- DIRECFIN-PNP/EM/UNIPRE del 23 de julio de 2009, estableciendo que efectuado los cálculos, se atenderá lo solicitado con la Específi ca del Gasto 2.3.21.1.2 Viáticos y Asignaciones, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios por la suma ascendente a US$ 2,000.00 (Dos Mil con 00/100 Dólares Americanos), por comisión del servicio a la ciudad de La Paz - Bolivia, del Alférez de la Policía Nacional del Perú José Manuel SALCEDO CHÁVEZ y del Subofi cial de Tercera de la Policía Nacional del Perú Alfonso Isaac USHIÑAHUA OLIVAS, a fi n de dar cumplimiento a lo dispuesto por la autoridad judicial antes mencionada; Que, los gastos por concepto de viáticos para el personal policial serán sufragados por el Estado Peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002 - Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior y los gastos correspondientes a pasajes e impuestos de viaje para el personal policial y el extraditable, serán asumidos por el Poder Judicial; Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, mediante el cual se aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, el inciso 9.3 del artículo 9º de la Ley Nº 29289 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, referido a las medidas en materia de bienes y servicios prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, excepto los que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; así como los viajes que realicen los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil, los titulares de los Organismos Constitucionalmente Autónomos y los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refi ere la Ley Nº 28212, Ley que regula los ingresos de los altos funcionarios y autoridades del Estado y dicta otras medidas y modifi catoria, siendo que todos los viajes se realizan en categoría económica, salvo las excepciones autorizadas mediante Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; en ese sentido resulta viable autorizar el viaje propuesto mediante el documento del visto; Que, el artículo 4º de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que toda persona y autoridad está obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones de la autoridad judicial competente, en sus propios términos, sin poder califi car su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances y teniendo en consideración los dispositivos legales antes mencionados y en cuenta la importancia del viaje del personal policial referido, el mismo que se encuentra presupuestado, resulta necesario autorizar dicho viaje; y, De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; la Ley Nº 29289 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009; la Ley Nº 27238, Ley de la Policía Nacional del Perú y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2000-IN; la Ley Nº 29334 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2005-IN, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 003-2007-IN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, a propuesta del Director General de la Policía Nacional del Perú, el viaje al exterior en comisión del servicio del Alférez de la Policía Nacional del Perú José Manuel SALCEDO CHÁVEZ y del Subofi cial de Tercera de la Policía Nacional del Perú Alfonso Isaac USHIÑAHUA OLIVAS, del 17 al 21 de agosto de 2009, a la ciudad de La Paz - Bolivia, para ejecutar la extradición activa del procesado Juan Domingo FUENTES DÁVALOS, formulado por el Vigésimo Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima y declarado procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, por la presunta comisión del delito contra el patrimonio - hurto agravado, en perjuicio de la Empresa Bulgaria Sociedad Anónima Sala de Juegos Tragamonedas - New York City. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora 002 - Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: