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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE AGOSTO DEL AÑO 2009 (26/08/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 24

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 26 de agosto de 2009 401514 a la Gerencia de Operaciones, la facultad de Gestión Inmobiliaria y Supervisión a que hace referencia la Ley Nº 29151, hasta la aprobación del nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la SBN; Que, los incisos h) y s) del artículo 39º de la Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 03 de septiembre del 2001, que aprueba el “Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales”, facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones de la Gerencia de Operaciones, a identifi car los terrenos eriazos y/o en abandono, con la fi nalidad de incorporarlos al dominio del Estado, así como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 131-2001-EF “Estatuto de la SBN”, Ley Nº 29151 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; y Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0427-2009/SBN-GO-JAR, de fecha 12 de agosto de 2009; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de naturaleza eriaza de 7 501 121,23 m², ubicado en la Carretera Panamericana Norte, lado derecho entre los kilómetros 362 y 364, distrito y provincia de Casma y departamento de Ancash, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº VII - Sede Huaraz de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno antes descrito, en el Registro de Predios de Casma. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDDA YSABEL CARRASCO GAVIÑO Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 387835-6 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Modifican la Resolución de Consejo Directivo Nº 140-2009-OS/CD RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 154-2009-OS/CD Lima, 20 de agosto de 2009 VISTA: La Resolución de Consejo Directivo Nº 140-2009- OS/CD, publicada el día 15 de agosto de 2009 en el Diario Ofi cial El Peruano, mediante la cual se autorizó la publicación del Proyecto de Reglamento de Supervisión de Actividades Energéticas y Mineras de OSINERGMIN. CONSIDERANDO: Que, mediante la resolución de la vista, se autorizó la publicación del Proyecto de Reglamento de Supervisión de Actividades Energéticas y Mineras de OSINERGMIN juntamente con su exposición de motivos y se dispuso en su artículo 2º que las sugerencias y observaciones a dicho proyecto serán recibidas por escrito en la Mesa de Partes de OSINERGMIN o vía correo electrónico al reglamentosupervision@osinerg.gob.pe, dentro de los quince (15) días calendario siguientes contados desde la fecha de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, luego de su publicación, se ha advertido un error en la dirección del correo electrónico señalado en el mencionado artículo 2º de la Resolución de Consejo Directivo Nº 140-2009-OS/CD, toda vez que debió consignarse al rgtosupervision@osinerg.gob.pe como la dirección del correo electrónico al cual los interesados deberán remitir sus sugerencias y observaciones al Proyecto de Reglamento de Supervisión de Actividades Energéticas; en este sentido, resulta necesario proceder a su modifi cación; Que, asimismo, con la fi nalidad de no perjudicar el plazo establecido para la presentación de las sugerencias y observaciones por parte de los interesados al Proyecto del Reglamento de Supervisión de Actividades Energéticas y Mineras de OSINERGMIN, debe precisarse que dicho plazo será contado desde la fecha de publicación de la presente modifi cación; De conformidad con la Ley Nº 27699, Ley del Organismo Supervisor de Inversión en Energía; la Ley Nº 28964, Ley que Transfi ere Competencias de Supervisión y Fiscalización de las Actividades Mineras a Osinerg; y, el Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, Reglamento General de OSINERGMIN; Con la opinión favorable de la Gerencia General y de la Gerencia Legal. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car el artículo 2º de la Resolución de Consejo Directivo Nº 140-2009-OS/CD, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 2º.- Las sugerencias y observaciones serán recibidas por escrito en la Mesa de Partes de OSINERGMIN o vía correo electrónico a rgtosupervision@ osinerg.gob.pe dentro de los quince (15) días calendario siguientes contados desde la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano.” Artículo 2º.- Precisar que el plazo establecido para la presentación de las sugerencias y observaciones al Proyecto del Reglamento de Supervisión de Actividades Energéticas y Mineras de OSINERGMIN deberá ser contado a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente resolución. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo 388668-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES Disponen exclusión de valores emitidos por Ransa Comercial S.A. del Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN DIRECTORAL DE EMISORES Nº 041-2009-EF/94.06.3 Lima, 17 de agosto de 2009 VISTOS: El expediente Nº 2009024724, así como el Informe Interno Nº 450-2009-EF/94.06.3 del 17 de agosto de 2009 de la Dirección de Emisores;