Norma Legal Oficial del día 04 de diciembre del año 2009 (04/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, viernes 4 de diciembre de 2009

NORMAS LEGALES

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banco multilateral, empresas del sistema financiero, empresa del sistema de seguros, patrimonio MORDAZA de seguro de credito o fondo de garantia constituido por el Estado, segun corresponda. De otro lado, cabe indicar que las cartas fianza deberan contener clausulas que obliguen a su realizacion, ejecucion o pago automatico, inmediato o a simple requerimiento, debiendo ser honradas por la empresa garante sin mas tramite, a simple requerimiento del acreedor o beneficiario de la garantia, efectuado por escrito. De manera similar, las polizas de caucion deberan contener clausulas que obliguen a su realizacion, ejecucion o pago automatico, inmediato o a simple requerimiento, debiendo ser honradas por la empresa de seguros sin mas tramite, a simple requerimiento del asegurado." 11. Computo de las exposiciones y del Patrimonio Efectivo Modifiquese el MORDAZA parrafo del numeral 9 de la Circular Nº B-2148-2005, F-488-2005, S-613-2005, CM335-2005, CR-204-2005, EAF-231-2005, EDPYME-1192005, FOGAPI-026-2005 y sus normas modificatorias, el siguiente texto: "El patrimonio efectivo que debera emplearse para el computo de los limites sera el ultimo remitido por la empresa y validado por esta Superintendencia." 12. Vigencia La presente Circular entrara en vigencia a partir del dia siguiente a su publicacion. Atentamente, MORDAZA TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 430523-1

UNIVERSIDADES
Autorizan duplicado de diploma de titulo profesional de licenciada en Enfermeria de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA
(Se publica la presente resolucion a solicitud de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA, mediante Oficio s/n. recibido el 2 de diciembre de 2009) UNIVERSIDAD NACIONAL MORDAZA MORDAZA RESOLUCION R. N° 8215-2009-UNFV San MORDAZA, 29 de enero de 2009 Visto, el Oficio Nº 2670-2008-OCAJ-UNFV, de fecha 15.12.08, de la Jefa (e) de la Oficina Central de Asesoria Juridica de esta MORDAZA Superior de Estudios, mediante el cual remite el Informe Legal Nº 10032008-OCAJ-UNFV, de fecha 15.12.08, relacionado a la solicitud de duplicado de diploma de Titulo Profesional de Licenciada en Enfermeria, expedido por esta Universidad, a nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA ROMUCHO DURAND; y CONSIDERANDO:

MORDAZA y Titulos Profesionales a solicitud del interesado, por motivos de perdida, deterioro o mutilacion, siempre que cumpla con las formalidades y requisitos de seguridad previsto por cada Universidad; Que, Con fechas 21.01.06 y 14.06.06 respectivamente, se publicaron en el Diario Oficial El Peruano, la Resolucion Nº 1525-06-ANR de la Asamblea Nacional de Rectores, que aprueba el Reglamento de duplicados de diplomas de MORDAZA y Titulos profesionales expedidos por universidades del pais; asi como la Resolucion Nº 18952006-ANR, que modifica dicho Reglamento; Que, mediante Resolucion R. Nº 2291-2006-UNFV de fecha 11.05.06, la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA, establecio la tasa que abonaran los interesados, por concepto de duplicado de diploma de Grado Academico, Titulo Profesional, asi como de MORDAZA Especialidad, en S/. 2,000.00 (Dos Mil y 00/100 Nuevos Soles), y los incluyo en el MORDAZA "Registro de Tasas Academicas y Tarifas de Bienes y Servicios de esta Universidad, aprobado mediante Resolucion R. Nº 4871-2003-UNFV, de fecha 11.03.03; Que, mediante documento recepcionado con fecha 28.11.08, MORDAZA MORDAZA MORDAZA ROMUCHO MORDAZA, solicita el duplicado de diploma de Titulo Profesional de Licenciada en Enfermeria, el cual fue otorgado por esta Universidad el 07.08.1998; y que como ha quedado acreditado con la denuncia policial de fecha 25.09.08, se extravio en la jurisdiccion del Distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo - Lima; asimismo, adjunta entre otros documentos, la publicacion de la perdida del referido diploma, asi como el recibo de pago de los derechos correspondientes; Que, mediante MORDAZA de Inscripcion en el Registro Nacional de MORDAZA y Titulos, expedido por la Asamblea Nacional de Rectores con fecha 14.10.08, se acredita que la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA, con fecha 07.08.1998, expidio el diploma de Titulo Profesional de Licenciada en Enfermeria, a MORDAZA MORDAZA MORDAZA ROMUCHO MORDAZA, el cual se encuentra asentado en el Libro Nº 48, Folio Nº 49 y Registro Nº 34608, que obra en la Oficina de Registro de MORDAZA y Titulos de la Secretaria General de esta MORDAZA Superior de Estudios; Que, el Jefe de la Oficina de Registro de MORDAZA y Titulos de la Secretaria General, mediante Oficio Nº 1265-2008-ORGT-SG-UNFV, de fecha 03.12.08, senala que el requerimiento de MORDAZA MORDAZA MORDAZA ROMUCHO MORDAZA, cumple con los requisitos exigidos para el otorgamiento del duplicado de diploma de Titulo Profesional de Licenciada en Enfermeria; en consecuencia, es procedente acceder a lo solicitado; En merito a la opinion de la Oficina Central de Asesoria Juridica, contenida en Informe Legal Nº 1003-2008-OCAJUNFV, de fecha 15.12.08; estando a lo dispuesto por el senor Rector segun Proveido Nº 05449-2008-R-UNFV, de fecha 16.12.08; El Consejo Universitario en Sesion Ordinaria Nº 175, de fecha 19.01.09, acordo Autorizar a la Oficina de Registro de MORDAZA y Titulos de la Secretaria General, la expedicion del duplicado de diploma de Titulo Profesional de Licenciada en Enfermeria, a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA ROMUCHO MORDAZA, de conformidad con la Ley Nº 28626 y en concordancia con las Resoluciones Nos. 1525 y 1895-2006-ANR de la Asamblea Nacional de Rectores; y De conformidad con la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 23733 - Ley Universitaria, Ley Nº 28626, el Estatuto, el Reglamento General, el inc. d) del Articulo 40º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA, Resolucion R. Nº 2443-2006-UNFV, Resolucion R. Nº 7988-2008UNFV, del 18.12.08 y la Resolucion R. Nº 8054-2008UNFV, del 30.12.08; SE RESUELVE:

Que, el Congreso de la Republica dio la Ley Nº 28626 de fecha 28.10.05, el mismo que fuera publicado con fecha 18.11.05, mediante el cual se autoriza a las Universidades Publicas y Privadas a expedir duplicados de diplomas de

Articulo Primero.- Autorizar a la Oficina de Registro de MORDAZA y Titulos de la Secretaria General, la expedicion del duplicado de diploma de Titulo

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