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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2009 (23/12/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 23 de diciembre de 2009 408544 Designan Director de la Oficina de Logística de la Oficina General de Administración RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 533-2009-PRODUCE Lima, 22 de diciembre del 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 312-2009- PRODUCE del 31 de julio de 2009, se designó a la señorita BRENDA VALERIA BARAZORDA VALER en el cargo de Directora de la Ofi cina de Logística de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de la Producción; Que, la referida funcionaria ha presentado renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que corresponde dictar el acto de administración por el cual se acepte dicha renuncia y se designe a la persona que desempeñará el cargo de Director de la Ofi cina de Logística de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de la Producción; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, el Decreto Legislativo Nº 1047 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y el Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar, con efectividad al 31 de diciembre de 2009, la renuncia presentada por la señorita BRENDA VALERIA BARAZORDA VALER en el cargo de Directora de la Ofi cina de Logística de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de la Producción, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar, a partir del 01 de enero de 2010, al señor CARLOS ALBERTO PINGUS GOMES, en el cargo de Director de la Ofi cina de Logística de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese. MERCEDES ARAOZ FERNANDEZ Ministra de la Producción 438804-5 Aceptan renuncia de Asesor II del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 534-2009-PRODUCE Lima, 22 de diciembre del 2009 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 320-2008- PRODUCE se designó a la abogada MARIA URSULA INGRID LETONA PEREYRA en el cargo de confi anza de Asesor II del Despacho Ministerial del Ministerio de la Producción; Que, la referida funcionaria ha presentado renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que corresponde dictar el acto de administración por el cual se acepte dicha renuncia; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, el Decreto Legislativo Nº 1047 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y el Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar, con efectividad al 31 de diciembre de 2009, la renuncia presentada por la abogada MARIA URSULA INGRID LETONA PEREYRA, al cargo de Asesor II del Despacho Ministerial del Ministerio de la Producción, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. MERCEDES ARAOZ FERNANDEZ Ministra de la Producción 438805-1 Autorizan actividad extractiva del recurso merluza en zona del dominio marítimo del 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2010 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 536-2009-PRODUCE Lima, 22 de diciembre de 2009 VISTOS: el Ofi cio Nº PCD-100-431-2009-PRODUCE/ IMP, del Instituto del Mar del Perú – IMARPE, el Informe Nº 686-2009-PRODUCE/DGEPP-Dch de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero y el Informe Nº 165-2009-PRODUCE/OGAJ-jrisi de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el artículo 2º del Decreto Ley Nº 25977 – Ley General de Pesca, los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son patrimonio de la Nación, correspondiendo al Estado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interés nacional; Que, el artículo 9º de la citada Ley, establece que el Ministerio de la Producción, sobre la base de evidencias científicas disponibles y de factores socioeconómicos, determinará según el tipo de pesquería, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, temporadas y zonas de pesca, regulación del esfuerzo pesquero, los métodos de pesca, las tallas mínimas de captura y demás normas que requieran la preservación y explotación racional de los recursos hidrobiológicos; Que, por Decreto Supremo Nº 016-2003- PRODUCE, se aprobó el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza, con el propósito de lograr su recuperación en el mediano plazo, para el aprovechamiento sostenido de dicho recurso y de su fauna acompañante, teniendo en cuenta sus características biológicas y poblacionales, considerando los principios de pesca responsable, la conservación del medio ambiente y la biodiversidad; Que, asimismo, el numeral 4.1 del artículo 4º del Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza, declaró al recurso merluza en estado de recuperación, y se dispuso que su manejo se efectuará en función a la asignación de cuotas individuales de pesca no transferibles, debiendo el Instituto del Mar del Perú – IMARPE, recomendar anualmente la cuota total permisible; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 499-2009- PRODUCE, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 24 de noviembre de 2009, se dispuso suspender las actividades extractivas y de recepción del recurso merluza (Merluccius gayi peruanus) a partir de las 00:00 del 25 de noviembre de 2009, en el área marítima comprendida al sur de los 5°00´ Latitud Sur, para las embarcaciones de arrastre costero (EAC), arrastre de mediana escala (EAME) y arrastre mayor (EAM/F);