TEXTO PAGINA: 29
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 23 de diciembre de 2009 408555 SOL, la Deuda garantizada a ser cancelada el día 20 de cada mes. H) Notifi caciones a los Usuarios del Sistema 1. Las siguientes notifi caciones se envían al Buzón Electrónico del Usuario del Sistema: a) Número de trámite de presentación de garantía y la dirección electrónica desde donde podrá descargar el formato de la garantía. b) Número de la Cuenta Corriente. c) Requerimiento de canje. d) Revocación de canje. e) Aceptación de canje. f) Requerimiento de renovación. g) Aceptación de renovación. h) Afectación y desafectación de la Cuenta Corriente. i) Cuenta Mensual. j) Liberación de garantía. 2. La notifi cación se considera efectuada al día hábil siguiente a la fecha del depósito en el Buzón Electrónico. I) Notifi caciones a las Entidades Garantes 1. Las siguientes notifi caciones se envían al Correo Electrónico Certifi cado de las Entidades Garantes: a) Ejecución preventiva. b) Revocación de ejecución preventiva. c) Orden de ejecución. d) Revocación de la orden de ejecución. e) Liberación de garantías. f) Requerimientos de renovación o canje. 2. La notifi cación se considera efectuada al día hábil siguiente a la fecha del depósito en el buzón del Correo Electrónico Certifi cado. J) Acceso a la información del Sistema 1. El importe de la Deuda garantizada, así como el estado de las Garantías Previas y el movimiento de las cuentas corrientes son consultados por los Usuarios del Sistema y las Entidades Garantes en el ambiente SOL, en la página web de la SUNAT: www.sunat.gob.pe. 2. En la cuenta corriente fi gura la Deuda garantizada actualizada diariamente con los intereses correspondientes. 3. Las Entidades Garantes y los Usuarios del Sistema sólo tienen acceso a la información de las garantías de las que son titulares. K) Factor de Riesgo La División de Análisis de Riesgo de la Gerencia de Inteligencia Aduanera defi ne y actualiza los parámetros para el cálculo del Factor de Riesgo en el Módulo de Control de Garantías. VII. DESCRIPCIÓN A) Aspectos Preliminares A1) Requisitos del Usuario del Sistema Son requisitos para ingresar como Usuario del Sistema: a) Poseer Buzón Electrónico. b) Estar afi liado al sistema de pago electrónico aduanero conforme a lo dispuesto en el numeral 7 Sección VI del Procedimiento Específi co, Extinción de Deudas por Pago, IFGRA-PE.15. A2) Requisitos de la Entidad Garante 1. Son requisitos para ser registrado como Entidad Garante: a) Estar autorizada por la SBS para emitir Cartas Fianzas y/o Pólizas de Caución. b) Acreditar a los Encargados, con un mínimo de dos y en número sufi ciente que permita una adecuada atención. c) Contar con un Correo Electrónico Certifi cado. d) Poseer clave SOL. 2. El Especialista verifi ca, en la página web de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradora de Fondos de Pensiones (SBS), que la empresa del sistema fi nanciero se encuentre autorizada para emitir Cartas Fianzas y/o Pólizas de Caución. De estar autorizada, la registra en el Módulo de Control de Garantías como Entidad Garante. 3. Adicionalmente, las entidades facultadas a presentar garantías nominales deben cumplir con los siguientes requisitos: a) No registrar antecedentes de garantías requeridas y no honradas a nivel nacional. b) No tener la condición de contribuyente no habido o estado de contribuyente de baja o baja de ofi cio. Para ello el Especialista consulta la fi cha RUC del deudor tributario en la página web de la SUNAT. c) No registrar Deudas exigibles ante la SUNAT. d) Presentar fotocopia simple de la copia certifi cada de vigencia de poderes para quienes suscriben la garantía; en el caso de Misiones Diplomáticas, debe presentar la carta simple del representante de más alto rango, señalando a los fi rmantes autorizados. 4. De estar conforme, el Especialista registra a la Entidad Garante en el Módulo de Control de Garantías. Este registro puede ser dejado sin efecto, en cualquier momento y sin notifi cación previa, si la SUNAT verifi ca que ya no se cumple con algún requisito. A3) Acreditación de Encargados La Entidad Garante acredita a sus encargados, ante la Intendencia de Fiscalización y Gestión de Recaudación Aduanera (IFGRA), mediante un escrito fi rmado por su representante legal acreditado en el RUC, en el que indique los nombres y apellidos, documento de identidad, teléfono y dirección de correo electrónico. A4) Determinación del monto mínimo a garantizar 1. Para conocer el monto mínimo requerido para garantizar, el Usuario del Sistema ingresa a la opción “Cálculo del monto mínimo y obtención del número de Trámite”, ubicado en el ambiente SOL y registra la información que le es requerida. 2. En respuesta, el Usuario del Sistema recibe en su Buzón Electrónico el monto mínimo requerido para la Garantía Previa, la estructura de su cuenta corriente, el número de trámite para la presentación y la dirección electrónica desde la cual podrá descargar el formato de la garantía. 3. El número de trámite para la presentación de la Garantía Previa está vigente por veinte (20) días hábiles contados desde el día siguiente del depósito en el Buzón Electrónico del Usuario del Sistema. A5) Monto mínimo de las Garantías Previas globales. 1. El monto mínimo se calcula con la siguiente fórmula: Monto mínimo (Global) = 0.05 Total Deuda Donde: Total Deuda: Es la sumatoria de todas las Deudas registradas durante los doce (12) meses anteriores al mes en que se obtiene el número de trámite, derivadas de las