Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2009 (23/12/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 30

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 23 de diciembre de 2009 408556 declaraciones de importación para el consumo, Admisión Temporal para Reexportación en el Mismo Estado, Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo, Tránsito, Restitución de derechos Arancelarios, Envíos de Entrega Rápida y solicitudes de traslado y transferencias. Si el Usuario del Sistema es una empresa de Envíos de Entrega Rápida, la sumatoria de las Deudas registradas incluye sólo el régimen de Envíos de Entrega Rápida. 2. Si el Usuario del Sistema no registra Deudas generadas en los últimos doce (12) meses, el sistema le solicita que estime el monto de la Deuda que registrará durante el año de vigencia de la Garantía Previa a efecto de calcular el monto mínimo de la garantía. 3. Si el monto mínimo tiene decimales será redondeado a la cifra superior. A6) Monto mínimo de las Garantías Previas específi cas. 1. Para el cálculo del monto mínimo de una Garantía Previa específi ca, el Módulo de Control de Garantías requiere la siguiente información: a) Aduana en la que se numerará la declaración o solicitud. b) Régimen aduanero. c) Detalle por serie de la sub partida nacional, descripción de la mercancía, valor FOB, fl ete, seguro, origen, proveedor, y d) Deuda que se garantizará. 2. El monto mínimo se calcula con la siguiente fórmula: Monto mínimo = (Específi ca) Total Deuda + Factor de Riesgo Total Valor FOB 3. Si el monto mínimo tiene decimales será redondeado a la cifra superior. A7) Monto mínimo de la Garantía Previa específica para la restitución de derechos arancelarios 1. Si el régimen a garantizar es el de Restitución de Derechos Arancelarios, el monto mínimo a garantizar se calcula con la siguiente fórmula: Monto Mínimo = (Específi ca) Total Monto a restituir + Factor de Riesgo Total Valor FOB Exportación 2. Si el monto mínimo tiene decimales será redondeado a la cifra superior. B) Presentación y aceptación B1) Presentación 1. El Encargado de la Entidad Garante presenta el original impreso de la Garantía Previa a la IFGRA en las ventanillas que ésta habilite. 2. La IFGRA publica la relación de las entidades garantes que no tengan garantías requeridas pendientes de honrar en el ambiente SOL. B2) Aceptación 1. Antes de iniciar la revisión del contenido de la garantía, el Especialista verifi ca que el garantizado cumpla con los requisitos establecidos en el Literal A1) de la Sección VII y de estar conforme, revisa que la garantía: a) Se ciña al formato y contenido del Anexo 1 y no tengan anotaciones en el dorso. b) No tenga cláusulas adicionales que limiten, restrinjan o condicionen su ejecución. c) Ampare el monto mínimo establecido para el garantizado. d) Que la entidad garante no tenga garantías requeridas pendientes de honrar. Si la garantía presentada es nominal, el Especialista verifi ca adicionalmente que se encuentre fi rmada por el representante legal de la institución, para lo cual consulta el nombre en el padrón RUC y verifi ca si la fi rma coincide con el DNI u otro documento de identidad o carta autorizante. 2. De estar conforme, el Especialista registra el número, el monto, vigencia de la garantía y a la entidad garante en el Módulo de Control de Garantías. En caso contrario, la devuelve al Encargado. 3. El Módulo de Control de Garantías no acepta el registro de la garantía cuando: a) El emisor de la garantía no cumple con los requisitos para ejercer como Entidad Garante. b) La Entidad Garante se encuentra suspendida. c) El Usuario del Sistema se encuentra restringido. d) El número de trámite ha caducado. En tal caso, el Especialista devuelve la garantía al Encargado. 4. Culminado el registro, el sistema marca la garantía como aceptada y numera automáticamente una cuenta corriente. El número de la cuenta corriente y su estructura son notifi cados al Buzón Electrónico del Usuario del Sistema. 5. El Especialista entrega al Encargado un reporte del sistema donde consta las garantías presentadas y aceptadas y entrega al responsable de su custodia los originales de las Garantías Previas aceptadas. C) Cuenta corriente 1. Existen tantas cuentas corrientes como garantías aceptadas tenga cada usuario. 2. Los montos que conforman la estructura de la cuenta corriente de la garantía son calculados aplicando las formulas señaladas en los literales C1) o C2) de la Sección VII, según corresponda. C1) Cálculo de la estructura de la cuenta corriente de una Garantía Previa global El monto operativo y el monto de seguridad de la garantía global se calculan aplicando las siguientes fórmulas: Monto Operativo = Monto Garantía Previa – Monto de seguridad Monto de Seguridad = Factor de Riesgo * Monto Garantía Previa C2) Cálculo de la estructura de la cuenta corriente de una Garantía Previa específi ca El monto operativo y el monto de seguridad de la garantía específi ca se calculan aplicando las siguientes formulas: Monto Operativo = Monto Garantía Previa – Monto de seguridad Monto de Seguridad = Factor de Riesgo *(Total Valor FOB) C3) Afectación de la cuenta corriente por el Usuario del Sistema