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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 23 de diciembre de 2009 408549 3 grupos o categorías en función a las estimaciones de efectos en el VAN. De acuerdo con su participación en el cambio agregado en el VAN, el grupo de mayor importancia tiene un peso ponderado estimado de 72%, el segundo grupo de 24% y el tercer grupo de 4%; Clasifi cación y Ponderación de las Obligaciones de la empresa AMERICATEL PERÚ S.A. # Obligaciones Tipo Infracción VAN (miles US$) Escala Si 1 Expansion de la red y equipos modernos Diversa Tipifi cación 3,286 2 Calidad y servicio Diversa Tipifi cación 2,629 3 Obligaciones en caso de emergencia y crisis Diversa Tipifi cación 2,194 4 Régimen en Tarifario Diversa Tipifi cación 2,088 3 72% 5 Reglas de Interconexión Diversa Tipifi cación 1,967 6 Cumplimiento de mandatos Diversa Tipifi cación 1,967 7 Reglas de Competencia No Tipifi ca (Multas) 1,764 8 Continuidad de Servicios Leve 1,015 9 Presentación del servicio de arrendamiento de lineas y circuitos de LDN y LDI Diversa Tipifi cación 963 10 Procedimiento de Inspección y requisitos de control Diversa Tipifi cación 684 2 24% 11 Pago a Fitel Leve 548 12 Requisitos de Información Diversa Tipifi cación 426 13 Asistencia de abonados y usuarios Leve y Grave 402 14 Pago de tasa de explotación Leve 274 1 4% 15 Pago por aporte de supervisión Leve 274 16 Pago del canon por uso del espectro Grave 163 17 Uso correcto de la concesión Muy amplio n.a. Que, defi nidas las categorías y sus pesos ponderados, el siguiente cuadro presenta la información del detalle de los incumplimientos registrados dentro de cada tipo de obligación; Total de incumplimientos por Categoría Infracciones # Obligaciones Si Infracción 2001 2002 2003 2004 2005 1 Expansion de la red y equipos modernos 72% Leve Grave Muy Grave 1 Calidad y servicio Leve Grave Muy Grave 1 Continuidad en el servicio Leve Grave Muy Grave 1 Obligaciones en caso de emergencia y crisis Leve Grave Muy Grave 1 Régimen en Tarifario Leve Grave Muy Grave 1 Reglas de Competencia Leve Grave Muy Grave 1 Reglas de Interconexión Leve Grave Muy Grave 1 Cumplimiento de mandatos y reglamentos Leve Grave Muy Grave 2 Presentación del servicio de arrendamiento de líneas y circuitos de LDN y LDI 24% Leve Grave Muy Grave 2 Procedimiento de Inspección y requisitos de control Leve Grave Muy Grave 2 Pago a Fitel Leve Grave Muy Grave 2 Archivos y Requisitos de Información Leve Grave Muy Grave 2 Asistencia de abonados y usuarios Leve Grave Muy Grave 1 Infracciones # Obligaciones Si Infracción 2001 2002 2003 2004 2005 3 Pago de tasa de explotación 4% Leve Grave Muy Grave 3 Pago por aporte de supervisión Leve Grave Muy Grave 3 Pago del canon por uso del espectro Leve Grave Muy Grave 3 Uso correcto de la concesión Leve Grave Muy Grave TOTAL 100% 0 0 0 1 0 Que, sobre la base de la estimación del grado de incumplimiento por cada categoría, OSIPTEL determina los niveles de penalidad correspondientes. La variable de penalización considera la siguiente regla: Si el grado de incumplimiento de una categoría es igual a uno (1), la penalización correspondiente es igual a un quinto. Si el grado de incumplimiento es igual a dos (2), la penalización es igual a dos quintos. Si el grado de incumplimiento estimado es superior a dos, la penalización correspondiente es igual a cinco quintos, es decir, todo el período; Que, previamente a la determinación de la penalización OSIPTEL en su Informe, estima el grado de incumplimiento dentro de cada una de las tres (3) categorías en las cuales fueron agrupadas los diversos tipos de obligaciones, considerando la siguiente especifi cación; I = entero { Max (MG/ 1 , G/ 2, L / 7) } Que, OSIPTEL precisa que la expresión anterior indica que para fi nes de la evaluación, una falta muy grave es equivalente a siete (7) faltas leves o dos (2) faltas graves. Estimaciones del Grado de Incumplimiento 2001 2002 2003 2004 2005 Categoría I: peso de 72% Leve Grave Muy Grave 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 Estimación del Grado de Incumplimiento (I) 0 0 0 0 0 2001 2002 2003 2004 2005 Categoría II: peso de 24% Leve Grave Muy Grave 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 Estimación del Grado de Incumplimiento (I) 0 0 0 0 0 2001 2002 2003 2004 2005 Categoría III: peso de 4% Leve Grave Muy Grave 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 Estimación del Grado de Incumplimiento (I) 0 0 0 0 0 Que, de acuerdo al informe de OSIPTEL la penalidad estimada para cada año equivale al promedio ponderado de las penalidades estimadas para cada categoría, aplicándose la siguiente fórmula: i n i i P S N * 1¦ Donde: i : grupo de obligaciones. Si : ponderación aplicada en función al impacto sobre el bienestar. Pi : penalidad aplicada. n : número de grupos de obligaciones Que, en aplicación de la citada metodología, OSIPTEL presenta la siguiente penalidad: