Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2009 (31/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 138

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 31 de diciembre de 2009

Que, en aplicacion de lo normado por las Ordenanzas Nos. 607 y 727 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, publicadas el 24 de marzo y el 11 de noviembre del ano 2004, respectivamente, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA aprobo la Ordenanza materia de la ratificacion, remitiendola al Servicio de Administracion Tributaria con caracter de Declaracion Jurada incluyendo sus respectivos informes y documentos sustentatorios, y el Servicio de Administracion Tributaria en uso de sus competencias y atribuciones, previa revision y estudio, emitio el Informe Tecnico Legal Nº 004-181-00000065, opinando que procede la ratificacion solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos, de conformidad con las citadas Ordenanzas, las Directivas Nos. 001-006-0000001 y 001006-0000006 del Servicio de Administracion Tributaria y ademas con las sentencias emitidas por el Tribunal Constitucional recaidas en los Expedientes Nos. 00412004-AI/TC y 00053-2004-PI/TC, publicadas el 14 de marzo y el 17 de agosto del 2005, respectivamente. De acuerdo con lo opinado por el Servicio de Administracion Tributaria-SAT y por la Comision de Asuntos Economicos y de Organizacion en el Dictamen Nº 319-2009-MML/CMAEO. ACORDO: Articulo Primero.- Ratificar la Ordenanza N° 1032009/MDSB de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, que regula el regimen tributario de los arbitrios de recojo de residuos solidos, barrido de calles, parques y jardines correspondiente al ejercicio 2010 en esa jurisdiccion, sin variacion respecto a las tasas aprobadas para el 2009, dado que cumple con los criterios establecidos en la Sentencia del Tribunal Constitucional recaida en el Expediente N° 00053-2004-PI/TC. Articulo Segundo.- El presente Acuerdo ratificatorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicacion hasta el 31 de diciembre del 2009, asi como del texto integro de la Ordenanza Nº -103-2009/MDSB y de los Anexos contenidos en el Informe Tecnico, los MORDAZA de estructura de costos y tasas. La aplicacion de la Ordenanza, materia de la presente ratificacion, sin la condicion MORDAZA senalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de dicha Municipalidad Distrital. Asimismo, corresponde senalar que la evaluacion realizada se efectuo sobre la base de la informacion remitida por la Municipalidad, la cual tiene caracter de Declaracion Jurada conforme lo dispuesto en la Ordenanza Nº 607. Articulo Tercero.- Cumplido el citado requisito de publicacion, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA a traves de su pagina web www munlima.gob.pe MORDAZA de conocimiento publico el presente Acuerdo, el Dictamen de la Comision de Asuntos Economicos y Organizacion y el Informe del Servicio de Administracion Tributaria. Articulo Cuarto.- Sin perjuicio de lo MORDAZA ratificado, se exhorta a la Municipalidad Distrital de San MORDAZA para que, con motivo de la elaboracion y aprobacion de la Ordenanza que regule los arbitrios municipales correspondientes al ano 2011, efectue con la debida anticipacion una revision exhaustiva de las estructuras de costos de los servicios, teniendo en cuenta las variaciones experimentadas con respecto a la cantidad de contribuyentes, predios, metros lineales, areas construidas, entre otros, que se aprecia en los Distritos como consecuencia de la expansion MORDAZA, para guardar la debida coherencia entre tasas y servicios brindados. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA

Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 22 de diciembre de 2009, el Oficio 001-090-00005558 mediante el cual la Gerencia de Asuntos Legales del Servicio de Administracion Tributaria ­ SAT, remite la solicitud de ratificacion de la Ordenanza N° 00043/MDSA, que modifica la Ordenanza N° 00036-2009/MDSA, que aprueba los derechos por los procedimientos administrativos contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Anita; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40° de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27927, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion, para su entrada en vigencia y exigibilidad. Que, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA mediante Ordenanza 607 publicada el 24 de marzo del 2004, MORDAZA el procedimiento para la ratificacion de Ordenanzas tributarias de las Municipalidades Distritales de la Provincia de Lima. Que, la Municipalidad Distrital recurrente, en aplicacion de la normatividad vigente aprobo la Ordenanza, objeto de la ratificacion, remitiendola con tal fin a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, conjuntamente con la documentacion sustentatoria, la que tiene caracter de Declaracion Jurada, segun lo dispuesto por el Inc. b) del Articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 607-MML, y consecuentemente el Servicio de Administracion Tributaria-SAT ha realizado el analisis tecnico y legal de la documentacion presentada por la referida Municipalidad Distrital, concluyendo segun Informe N° 004-082-00000060, que procede la ratificacion de la Ordenanza, porque los derechos aprobados por la misma han sido establecidos de conformidad con las normas que definen las competencias municipales y la simplificacion administrativa. De conformidad con la referida normatividad, de acuerdo con las opiniones del Servicio de Administracion Tributaria-SAT y de la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y de Organizacion en su Dictamen Nº 363-2009-MML/CMAEDO, por sus fundamentos; los mismos que se encuentran en el MORDAZA electronico de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA (www.munlima.gob. pe). ACORDO: Articulo Primero.- Ratificar de los 54 derechos correspondientes a un total de 34 procedimientos y servicios administrativos, que han sido aprobados y adecuados a la normatividad vigente, contenidos en la Ordenanza N° 00043/MDSA, que modifica la Ordenanza N° 00036-2009/MDSA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, que aparecen detallados en el Anexo N° 1 del Informe N° 004-181-00000060 del Servicio de Administracion Tributaria. Cabe senalar que la presente ratificacion, no alcanza a los derechos de tramite establecidos respecto de los procedimientos 6 denominado "autorizacion municipal para espectaculos publicos no deportivos con artistas nacionales y/o extranjeros de caracter temporal o eventual" de la Sub Gerencia de Promocion a las Actividades Economicas, Comerciales y Defensa al Consumidor y; 2 denominado "certificado de inspeccion tecnica basica de defensa civil para evento y espectaculo publico (afluencia de espectadores menor o igual a 3000 personas)" de Defensa Civil. Articulo Segundo: Dejar MORDAZA que el presente Acuerdo Ratificatorio para su vigencia, se encuentra condicionada al cumplimiento de su publicacion y de la Ordenanza N° 00043-2009/MDSA que modifica la Ordenanza Nº 00036-2009/MDSA; asi como, de la MORDAZA version del anexo que contiene el listado de los derechos de tramite por los procedimientos y servicios administrativos que brinda dicha comuna, en las formas y mecanismos establecidos en el MORDAZA legal vigente. Por otro lado, la aplicacion de la Ordenanza, materia de la presente ratificacion, sin la condicion MORDAZA senalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Anita. Asimismo, corresponde precisar que la evaluacion realizada se efectuo sobre la base de la informacion remitida por la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, la cual tiene caracter de declaracion jurada

440481-1

Ratifican derechos correspondientes a 34 procedimientos y servicios administrativos contenidos en el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA
ACUERDO DE CONCEJO Nº 550
MORDAZA, 22 de diciembre de 2009

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