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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 31 de diciembre de 2009 410205 conforme lo dispuesto en el inciso b) del artículo 2 de la Ordenanza N° 607. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ Teniente Alcalde de la Municipalidad Metropolitana de Lima Encargado de la Alcaldía 441092-1 Ratifican derechos correspondientes a 67 procedimientos y servicios administrativos contenidos en el TUPA de la Municipalidad Distrital de Lince ACUERDO DE CONCEJO Nº 551 Lima, 22 de diciembre de 2009 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 22 de diciembre de 2009, el Ofi cio Nº 001-090-00005581, mediante el cual la Gerencia de Asuntos Legales del Servicio de Administración Tributaria – SAT, remite la solicitud de ratifi cación de la Ordenanza Nº 250-MDL, que modifi ca la Ordenanza Nº 240-MDL, que aprueba los derechos por los procedimientos administrativos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Lince; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27927, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratifi cadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción, para su entrada en vigencia y exigibilidad; Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Ordenanza 607 publicada el 24 de marzo del 2004, reguló el procedimiento para la ratifi cación de Ordenanzas tributarias de las Municipalidades Distritales de la Provincia de Lima; Que, la Municipalidad Distrital recurrente, en aplicación de la normatividad vigente aprobó la Ordenanza, objeto de la ratifi cación, remitiéndola con tal fi n a la Municipalidad Metropolitana de Lima, conjuntamente con la documentación sustentatoria, la que tiene carácter de Declaración Jurada, según lo dispuesto por el Inc. b) del Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 607-MML, y consecuentemente el Servicio de Administración Tributaria-SAT ha realizado el análisis técnico y legal de la documentación presentada por la referida Municipalidad Distrital, concluyendo según Informe Nº 004-181-00000085, que procede la ratifi cación de la Ordenanza, porque los derechos aprobados por la misma han sido establecidos de conformidad con las normas que defi nen las competencias municipales y la simplifi cación administrativa; De conformidad con la referida normatividad, de acuerdo con las opiniones del Servicio de Administración Tributaria-SAT y de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y de Organización en su Dictamen Nº 365-2009-MML/CMAEDO, por sus fundamentos; los mismos que se encuentran en el Portal electrónico de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob. pe); ACORDÓ: Artículo Primero.- Ratifi car de los 80 derechos correspondientes a un total de 67 procedimientos y servicios administrativos, que han sido aprobados y adecuados a la normatividad vigente, contenidos en la Ordenanza Nº 250-MDL, que modifi ca la Ordenanza Nº 240-MDL de la Municipalidad Distrital de Lince, que aparecen detallados en el Anexo Nº 1 del Informe Nº 004- 181-00000085 del Servicio de Administración Tributaria. Cabe señalar que la presente ratifi cación, no alcanza a los derechos de trámite establecidos respecto de los procedimientos 01.16 denominados “licencia de edifi cación – modalidad D”, 01.18.04 “licencia de edifi cación, obra en vías de regularización – modalidad D” y 01.22.04 “autorización para ampliación de redes subterráneas o casas especiales en área de uso público – mayor a 1000 ml” de la Sub Gerencia de Infraestructura Urbana; 03.01 denominados “licencia de funcionamiento con ITSDC básica ex post”, 03.02 “licencia de funcionamiento con ITSDC básica ex ante” y 03.03 “licencia de funcionamiento con ITSDC de detalle o multidisciplinario” de la Sub Gerencia de Desarrollo Económico Local; 04.03 denominados “renovación del certifi cado de ITSDC, ex post” y 04.04 “renovación del certifi cado de ITSDC, ex ante” de la Sub Gerencia de Defensa Civil. Artículo Segundo.- Dejar constancia que el presente Acuerdo Ratificatorio para su vigencia, se encuentra condicionada al cumplimiento de su publicación y de la la Ordenanza Nº 250-MDL, que modifica la Ordenanza Nº 240-MDL de la Municipalidad Distrital de Lince; así como, de la última versión del anexo que contiene el listado de los derechos de trámite por los procedimientos y servicios administrativos que brinda dicha comuna, en las formas y mecanismos establecidos en el marco legal vigente. Por otro lado, la aplicación de la Ordenanza, materia de la presente ratifi cación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital de Lince. Asimismo, corresponde precisar que la evaluación realizada se efectuó sobre la base de la información remitida por la Municipalidad Distrital de Lince, la cual tiene carácter de declaración jurada conforme lo dispuesto en el inciso b) del artículo 2 de la Ordenanza Nº 607. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ Teniente Alcalde de la Municipalidad Metropolitana de Lima Encargado de la Alcaldía 440872-1 Ratifican Ordenanza que regula el régimen tributario de los arbitrios de recojo de residuos sólidos, barrido de calles, parques y jardines y serenazgo correspondiente al ejercicio 2010, en el distrito de Puente Piedra ACUERDO DE CONCEJO Nº 554 Lima, 22 de diciembre de 2009 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 22 de diciembre del 2009, el Ofi cio Nº 001-090-00005583, de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria-SAT, adjuntando el expediente de ratifi cación de la Ordenanza Nº 157-MDPP, que regula el régimen tributario de los arbitrios de recojo de residuos sólidos, barrido de calles y parques y jardines y serenazgo, correspondiente al ejercicio 2010 en el Distrito de Puente Piedra; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratifi cadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad. Que, en aplicación de lo normado por las Ordenanzas Nos. 607 y 727 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicadas el 24 de marzo y el 11 de noviembre del año 2004, respectivamente, la Municipalidad Distrital de Puente Piedra aprobó la Ordenanza materia de la ratifi cación, remitiéndola al Servicio de Administración Tributaria con carácter de Declaración Jurada incluyendo sus respectivos informes y documentos sustentatorios, y el Servicio de Administración Tributaria en uso de sus competencias y atribuciones, previa revisión y estudio, emitió el Informe Técnico Legal Nº 004-181-00000101, opinando que procede la ratifi cación solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos, de conformidad con las citadas