Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2009 (31/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 139

El Peruano MORDAZA, jueves 31 de diciembre de 2009

NORMAS LEGALES

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conforme lo dispuesto en el inciso b) del articulo 2 de la Ordenanza N° 607. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA Encargado de la Alcaldia

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Ratifican derechos correspondientes a 67 procedimientos y servicios administrativos contenidos en el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Lince
ACUERDO DE CONCEJO Nº 551
MORDAZA, 22 de diciembre de 2009 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 22 de diciembre de 2009, el Oficio Nº 001-090-00005581, mediante el cual la Gerencia de Asuntos Legales del Servicio de Administracion Tributaria ­ SAT, remite la solicitud de ratificacion de la Ordenanza Nº 250-MDL, que modifica la Ordenanza Nº 240-MDL, que aprueba los derechos por los procedimientos administrativos contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Lince; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27927, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion, para su entrada en vigencia y exigibilidad; Que, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA mediante Ordenanza 607 publicada el 24 de marzo del 2004, MORDAZA el procedimiento para la ratificacion de Ordenanzas tributarias de las Municipalidades Distritales de la Provincia de Lima; Que, la Municipalidad Distrital recurrente, en aplicacion de la normatividad vigente aprobo la Ordenanza, objeto de la ratificacion, remitiendola con tal fin a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, conjuntamente con la documentacion sustentatoria, la que tiene caracter de Declaracion Jurada, segun lo dispuesto por el Inc. b) del Articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 607-MML, y consecuentemente el Servicio de Administracion Tributaria-SAT ha realizado el analisis tecnico y legal de la documentacion presentada por la referida Municipalidad Distrital, concluyendo segun Informe Nº 004-181-00000085, que procede la ratificacion de la Ordenanza, porque los derechos aprobados por la misma han sido establecidos de conformidad con las normas que definen las competencias municipales y la simplificacion administrativa; De conformidad con la referida normatividad, de acuerdo con las opiniones del Servicio de Administracion Tributaria-SAT y de la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y de Organizacion en su Dictamen Nº 365-2009-MML/CMAEDO, por sus fundamentos; los mismos que se encuentran en el MORDAZA electronico de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA (www.munlima.gob. pe); ACORDO: Articulo Primero.- Ratificar de los 80 derechos correspondientes a un total de 67 procedimientos y servicios administrativos, que han sido aprobados y adecuados a la normatividad vigente, contenidos en la Ordenanza Nº 250-MDL, que modifica la Ordenanza Nº 240-MDL de la Municipalidad Distrital de Lince, que aparecen detallados en el Anexo Nº 1 del Informe Nº 004181-00000085 del Servicio de Administracion Tributaria. Cabe senalar que la presente ratificacion, no alcanza a los derechos de tramite establecidos respecto de los procedimientos 01.16 denominados "licencia de edificacion ­ modalidad D", 01.18.04 "licencia de edificacion, obra

en vias de regularizacion ­ modalidad D" y 01.22.04 "autorizacion para ampliacion de redes subterraneas o MORDAZA especiales en area de uso publico ­ mayor a 1000 ml" de la Sub Gerencia de Infraestructura Urbana; 03.01 denominados "licencia de funcionamiento con ITSDC basica ex post", 03.02 "licencia de funcionamiento con ITSDC basica ex ante" y 03.03 "licencia de funcionamiento con ITSDC de detalle o multidisciplinario" de la Sub Gerencia de Desarrollo Economico Local; 04.03 denominados "renovacion del certificado de ITSDC, ex post" y 04.04 "renovacion del certificado de ITSDC, ex ante" de la Sub Gerencia de Defensa Civil. Articulo Segundo.- Dejar MORDAZA que el presente Acuerdo Ratificatorio para su vigencia, se encuentra condicionada al cumplimiento de su publicacion y de la la Ordenanza Nº 250-MDL, que modifica la Ordenanza Nº 240-MDL de la Municipalidad Distrital de Lince; asi como, de la MORDAZA version del anexo que contiene el listado de los derechos de tramite por los procedimientos y servicios administrativos que brinda dicha comuna, en las formas y mecanismos establecidos en el MORDAZA legal vigente. Por otro lado, la aplicacion de la Ordenanza, materia de la presente ratificacion, sin la condicion MORDAZA senalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital de Lince. Asimismo, corresponde precisar que la evaluacion realizada se efectuo sobre la base de la informacion remitida por la Municipalidad Distrital de Lince, la cual tiene caracter de declaracion jurada conforme lo dispuesto en el inciso b) del articulo 2 de la Ordenanza Nº 607. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA Encargado de la Alcaldia

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Ratifican Ordenanza que regula el regimen tributario de los arbitrios de recojo de residuos solidos, barrido de calles, parques y jardines y serenazgo correspondiente al ejercicio 2010, en el distrito de MORDAZA MORDAZA
ACUERDO DE CONCEJO Nº 554
MORDAZA, 22 de diciembre de 2009 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 22 de diciembre del 2009, el Oficio Nº 001-090-00005583, de la Jefatura del Servicio de Administracion Tributaria-SAT, adjuntando el expediente de ratificacion de la Ordenanza Nº 157-MDPP, que regula el regimen tributario de los arbitrios de recojo de residuos solidos, barrido de calles y parques y jardines y serenazgo, correspondiente al ejercicio 2010 en el Distrito de MORDAZA Piedra; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion, para su vigencia y exigibilidad. Que, en aplicacion de lo normado por las Ordenanzas Nos. 607 y 727 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, publicadas el 24 de marzo y el 11 de noviembre del ano 2004, respectivamente, la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA aprobo la Ordenanza materia de la ratificacion, remitiendola al Servicio de Administracion Tributaria con caracter de Declaracion Jurada incluyendo sus respectivos informes y documentos sustentatorios, y el Servicio de Administracion Tributaria en uso de sus competencias y atribuciones, previa revision y estudio, emitio el Informe Tecnico Legal Nº 004-181-00000101, opinando que procede la ratificacion solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos, de conformidad con las citadas

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