Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2009 (31/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 140

410206

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, jueves 31 de diciembre de 2009

Ordenanzas, las Directivas Nos. 001-006-0000001 y 001006-0000006 del Servicio de Administracion Tributaria y ademas con las sentencias emitidas por el Tribunal Constitucional recaidas en los Expedientes Nos. 00412004-AI/TC y 00053-2004-PI/TC, publicadas el 14 de marzo y el 17 de agosto del 2005, respectivamente. De acuerdo con lo opinado por el Servicio de Administracion Tributaria-SAT y por la Comision de Asuntos Economicos y de Organizacion en el Dictamen Nº 367-2009-MML/CMAEO. ACORDO: Articulo Primero.- Ratificar la Ordenanza N° 157MDPP de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, que regula el regimen tributario de los arbitrios de recojo de residuos solidos, barrido de calles, parques y jardines y serenazgo correspondiente al ejercicio 2010 en esa jurisdiccion, sin variacion con relacion al ano 2009, dado que cumple con los criterios establecidos en la Sentencia del Tribunal Constitucional recaida en el Expediente N° 00053-2004-PI/TC. Articulo Segundo.- El presente Acuerdo ratificatorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicacion hasta el 31 de diciembre del 2009, asi como del texto integro de la Ordenanza Nº 157-MDPP y de los Anexos contenidos en el Informe Tecnico, los MORDAZA de estructura de costos y tasas. La aplicacion de la Ordenanza, materia de la presente ratificacion, sin la condicion MORDAZA senalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de dicha Municipalidad Distrital. Asimismo, corresponde senalar que la evaluacion realizada se efectuo sobre la base de la informacion remitida por la Municipalidad, la cual tiene caracter de Declaracion Jurada conforme lo dispuesto en la Ordenanza Nº 607. Articulo Tercero.- Cumplido el citado requisito de publicacion, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA a traves de su pagina web www munlima.gob.pe MORDAZA de conocimiento publico el presente Acuerdo, el Dictamen de la Comision de Asuntos Economicos y Organizacion y el Informe del Servicio de Administracion Tributaria. Articulo Cuarto.- Sin perjuicio de lo MORDAZA ratificado, se exhorta a la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA para que, con motivo de la elaboracion y aprobacion de la Ordenanza que regule los arbitrios municipales correspondientes al ano 2011, efectue con la debida anticipacion una revision exhaustiva de las estructuras de costos de los servicios, teniendo en cuenta las variaciones experimentadas con respecto a la cantidad de contribuyentes, predios, metros lineales, areas construidas, entre otros, que se aprecia en los Distritos como consecuencia de la expansion MORDAZA, para guardar la debida coherencia entre tasas y servicios brindados. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA Encargado de la Alcaldia

Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion, para su vigencia y exigibilidad. Que, en aplicacion de lo normado por las Ordenanzas Nºs. 607, 727 y 739 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, publicadas el 24 de marzo, 18 de noviembre y 26 de diciembre del 2004, respectivamente, la Municipalidad Distrital de Punta MORDAZA aprobo la Ordenanza materia de la ratificacion, remitiendola al Servicio de Administracion Tributaria con caracter de declaracion jurada incluyendo sus respectivos informes y documentos sustentatorios, y el Servicio de Administracion Tributaria en uso de sus competencias y atribuciones, previa revision y estudio, emitio el informe tecnico legal Nº 004-181-00000121, opinando que procede la ratificacion solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos, de conformidad con las citadas Ordenanzas y las Directivas Nºs. 001-006-00000001 y 001-006-00000005 del SAT De acuerdo con lo opinado por el Servicio de Administracion Tributaria-SAT y por la Comision de Asuntos Economicos y de Organizacion en el Dictamen Nº 388-2009-MML/CMAEO, por sus fundamentos: ACORDO: Articulo Primero.- Ratificar la Ordenanza Nº 169MDPH, que establece la tasa por estacionamiento vehicular temporal de zonas de playa del Distrito de Punta MORDAZA, correspondiente a la temporada de MORDAZA 2010, asi como el periodo de noviembre a diciembre del 2010, dado que cumple con los requisitos establecidos en el MORDAZA legal vigente para su aprobacion y vigencia. En dicho caso la prestacion del servicio se efectuara en las Playas Barcaza o MORDAZA, durante el periodo comprendido entre el 1ro. de enero al 30 de MORDAZA del 2010, asi como el 7 de noviembre al 31 de diciembre del mismo ano. Articulo Segundo.- En lo que se refiere al horario de prestacion del servicio, el articulo 8º de la Ordenanza Nº 169-MDPH establece que la tasa sera exigible de lunes a MORDAZA dentro del horario de 10:00 a 18:00 horas en las zonas MORDAZA mencionadas. Articulo Tercero.- Respecto del servicio de estacionamiento vehicular temporal a establecerse en la Playa El Silencio, la Municipalidad Distrital de Punta MORDAZA podra continuar con el procedimiento de ratificacion una vez que supere las observaciones formuladas por la Gerencia de Servicios a la MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Articulo Cuarto.- El presente Acuerdo ratificatorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicacion, asi como del texto de la Ordenanza Nº 169MDPH. Por otro lado, la aplicacion de la Ordenanza, materia de la presente ratificacion, sin la condicion MORDAZA senalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital. Asimismo, corresponde precisar que la evaluacion realizada se efectuo sobre la base de la informacion remitida por la citada Municipalidad, la cual tiene caracter de declaracion jurada conforme lo dispuesto en la Ordenanza Nº 607. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA Encargado de la Alcaldia

440218-1

Ratifican Ordenanza que establece tasa por estacionamiento vehicular temporal en zonas de playa del distrito de Punta MORDAZA para la temporada de MORDAZA 2010
ACUERDO DE CONCEJO Nº 577
MORDAZA, 29 de diciembre de 2009 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 29 de diciembre de 2009 el Oficio Nº 001-090-00005603 de la Jefatura del Servicio de Administracion Tributaria-SAT (en adelante el SAT), adjuntando el expediente de ratificacion de la Ordenanza Nº 169-MDPH que establece la tasa por estacionamiento vehicular temporal de las playas en el Distrito de Punta MORDAZA correspondiente a la temporada de MORDAZA 2010; y,

441220-1

Autorizan monto a cobrar por el ingreso al Circuito Magico del Agua del MORDAZA de la Reserva el dia 31 de diciembre de 2009
DECRETO DE ALCALDIA Nº 092
MORDAZA, 30 de diciembre de 2009

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