Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2009 (31/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 129

El Peruano MORDAZA, jueves 31 de diciembre de 2009

NORMAS LEGALES

410195

Declaran de interes y necesidad regional la conformacion de un equipo tecnico especializado para evaluar el cumplimiento del PAMA del yacimiento minero de Toquepala
ORDENANZA REGIONAL N° 035-2009-CR/GOB.REG.TACNA
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha siete de diciembre del ano dos mil nueve, en sesion Ordinaria, aprobo la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, el articulo 191 de la Constitucion Politica del Estado, senala que: "Los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, y administrativa en los asuntos de su competencia"; Que, el inciso 8 del articulo 8 de la Ley 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, senala como uno de los principios por los cuales se rigen los Gobiernos Regionales: "Sostenibilidad.- La gestion regional se caracteriza por la busqueda del equilibrio intergeneracional en el uso racional de los recursos naturales para lograr los objetivos de desarrollo, la defensa del medio ambiente y la proteccion de la biodiversidad"; Que, el articulo 59.2 de la Ley 28611 ­ Ley General del Ambiente, senala: "Para el diseno y aplicacion de politicas, normas e instrumentos de gestion ambiental de nivel regional y local, se tienen en cuenta los principios, derechos, deberes, mandatos y responsabilidades establecidos en la presente Ley y las normas que regulan el Sistema Nacional de Gestion Ambiental; el MORDAZA de descentralizacion y aquellas de caracter nacional referidas al ordenamiento ambiental, la proteccion de los recursos naturales, la diversidad biologica, la salud y la proteccion de la calidad ambiental"; Que, la actual gestion del Gobierno Regional de Tacna es consciente de la necesidad de buscar medios eficaces para prevenir danos irreversibles que pudieran afectar al medio ambiente y al desarrollo sostenible de nuestra Region, como una medida de prevencion; Que, el ambito del Gobierno Regional de Tacna presenta graves problemas ambientales especificos que deben tener la mas alta prioridad de atencion por parte de sus autoridades, asi como por las autoridades del nivel nacional competentes en la materia; que garantice la seguridad y calidad de MORDAZA de su poblacion; Que, la situacion ambiental de la MORDAZA del Rio Locumba se ve afectada por los relaves mineros que contaminan el curso del agua, alteran la calidad fisica del suelo en su MORDAZA natural y elimina las condiciones ecologicas para el desarrollo biologico y calidad reproductiva de las diversas especies acuicolas e impide el desarrollo de la actividad MORDAZA y economica de la poblacion y que aun no han sido superados; caracteristicas que en su conjunto merecen atencion prioritaria a traves de la conformacion de un Equipo Tecnico Especializado para la coordinacion y verificacion del cumplimiento del Programa de Adecuacion y Manejo Ambiental (PAMA) presentada por la Empresa Minera Southern Copper Corporation, que explota el yacimiento minero de Toquepala; en los lineamientos que senale actividades a desarrollarse para reparar la afectacion a la ecologia en el entorno a sus actividades mineras dentro del area de influencia que afecta la MORDAZA del Rio Locumba; Que, por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los articulos 15 literal a), 36 y 37 literal a) y 38 de la Ley 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesion Ordinaria de la fecha, se aprobo por Mayoria, la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero: DECLARAR DE INTERES Y NECESIDAD REGIONAL LA CONFORMACION DE UN EQUIPO TECNICO ESPECIALIZADO PARA

EVALUAR EL CUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA DE ADECUACION Y MANEJO AMBIENTAL (PAMA) DEL YACIMIENTO MINERO DE TOQUEPALA, PRESENTADO POR LA EMPRESA MINERA SOUTHERN COPPER CORPORATION Y SUS EFECTOS EN LAS AREAS DE INFLUENCIA QUE INVOLUCREN LOS SECTORES DE SALUD, AGROPECUARIO, PESQUERO Y TURISTICO DE LA REGION TACNA. Articulo Segundo: El Equipo Tecnico estara conformado: 1. Un representante del Gobierno Regional de Tacna. 2. Un representante de la Municipalidad Provincial de MORDAZA Basadre. 3. Un representante de la Municipalidad Provincial de Candarave. 4. Un representante del Proyecto Especial Tacna. 5. Un representante de la Direccion Regional Sectorial de Salud. 6. Un representante de la Direccion Regional Sectorial de Energia y Minas. 7. Un representante de la Direccion Regional Sectorial de Agricultura. 8. Un representante de la Direccion Regional Sectorial de la Produccion. 9. Un representante de la Direccion Regional Sectorial de Comercio Exterior y Turismo. La Secretaria Tecnica estara a cargo de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, la misma que convocara para la instalacion del Equipo Tecnico en un plazo de cuarenta y cinco (45) dias. Articulo Tercero: DISPONGASE que el Equipo Tecnico emita un informe Tecnico Legal de la evaluacion del cumplimiento del PAMA. Articulo Cuarto: DISPONER que la Gerencia General Regional y la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, implementen la presente Ordenanza Regional. Articulo Quinto: PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el diario oficial "El Peruano" y en el MORDAZA del Gobierno Regional de Tacna en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 42 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgacion. En la MORDAZA de Tacna, al dia siete de Diciembre del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, notifique, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al dia diez de Diciembre del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de Tacna

440995-4

Modifican la Ordenanza Nº 028-2009CR/GOB.REG.TACNA
ORDENANZA REGIONAL N° 036-2009-CR/GOB.REG.TACNA
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha siete de diciembre del ano dos mil nueve, en sesion Ordinaria, aprobo la siguiente Ordenanza Regional;

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