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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 31 de diciembre de 2009 410192 del Gobierno Regional de Pasco, COPARE, DREP, Instituciones Públicas, Privadas y Sociedad Civil; y posterior a la expedición de la citada Ordenanza Regional se dieron acontecimientos como el Proyecto Educativo Nacional, Políticas y Metas Prioritarias 2006- 2011 por el Consejo Nacional de Educación, los cuales demandaron actualizar la propuesta del Plan Regional Concertado de Educación, para dar oportunidad de incorporar los avances a esta importante iniciativa de descentralización y democratización de la educación en un Proyecto Educativo Regional; Que, el Gobierno Regional de Pasco a través de la Gerencia Regional de Desarrollo Social en coordinación con el Consejo Participativo Regional de Educación Pasco – COPARE/P, impulsaron la revisión y actualización del Plan Regional Concertado de Educación 2005-2015, mediante un equipo técnico especializado, que luego de consultas en los espacios distritales y provinciales, con todos los actores educativos y la sociedad civil, en reunión del 12 de agosto de 2009 aprueban formular y elaborar el Proyecto Educativo Regional 2010-2021 teniendo como base el Plan Regional Concertado de Educación 2005-2015, el cual constituya una memoria colectiva de las demandas sociales, de las potencialidades y de las expectativas concertadas de la población, para a partir de allí, crear los planes estratégicos, los proyectos de inversión educativa, los proyectos innovativos curriculares etc., que permitan enrumbar la educación regional hacia un destino feliz, con principio democrático, patriótico, revolucionario, popular y nacional; por una educación intercultural que fortalezca la democracia; Que, mediante el INFORME N° 095-2009-GR.PASCO/ GGR/GRDS, de fecha 08 de setiembre de 2009, la Gerencia Regional de Desarrollo Social basado en un análisis manifi esta que la elaboración del Proyecto Educativo Regional es imprescindible como una exigencia histórica para que la región esté en condiciones de asumir responsabilidades más autónomas y democráticas de conducción del sistema educativo realmente descentralizado; que no debe tener la condición de un documento técnico, ni menos de un plan de acción, sino que debe ser entendido como la memoria colectiva de las demandas sociales, de las potencialidades y de las expectativas concertadas de la población, llevando a delante una serie de medidas de política educativa que tenga por propósito generar una verdadera Revolución Educativa centrada en cuatro ejes importantísimos como: mejora de infraestructura y de los servicios básicos en las instituciones educativas, incorporación de las TIC al proceso de enseñanza – aprendizaje, capacitación del docente y erradicación del analfabetismo; Que, por lo expuesto en los considerandos anteriores y de conformidad con la Constitución Política del Estado, el Consejo Regional del Gobierno Regional Pasco, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por el artículo 37º inciso a) de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modifi catorias y en estricto cumplimiento a las normas vigentes: el Consejo Regional del Gobierno Regional de Pasco ha emitido la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR, el proceso de FORMULACIÓN y ELABORACIÓN del Proyecto Educativo Regional 2010-2021- Pasco. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Educación de Pasco, la construcción del Proyecto Educativo Regional 2010-2021 – Pasco. Artículo Tercero.- ENCOMENDAR a la Gerencia General Regional, que en coordinación con la Gerencia Regional de Desarrollo Social y la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento, efectúen la debida implementación del Proyecto Educativo Regional 2010-2021 – Pasco. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Dirección Regional de Educación de Pasco, las Unidades de Gestión Educativa Local de Pasco. Daniel Carrión y Oxapampa, las Instituciones Educativas de Educación Básica Regular, Especial, Alternativa y todos los programas y modalidades ejecuten sus acciones en el marco del Proyecto Educativo Regional 2010-2021 – Pasco, una vez emitido ésta. Artículo Quinto.- RESPONSABILIZAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social la publicación de la presente Ordenanza Regional en el diario Ofi cial El Peruano y en el portal electrónico del Gobierno Regional Pasco, para el conocimiento de toda la Región Pasco. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional Pasco, para su promulgación. En la Provincia de Pasco, a los dieciséis días del mes de setiembre del dos mil nueve. CÉSAR RUBÉN VERASTEGUI MENDOZA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Pasco, a los dieciséis días del mes de setiembre del dos mil nueve. FÉLIX RIVERA SERRANO Presidente 441051-1 GOBIERNO REGIONAL DE TACNA Disponen ejecución de estudios para la creación del Programa de Asistencia Integral para Personas en Situación de Calle ORDENANZA REGIONAL N° 032-2009-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha siete de diciembre del año dos mil nueve, en sesión Ordinaria, aprobó la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191 de la Constitución Política del Estado, señala que: “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, y administrativa en los asuntos de su competencia”; asimismo el artículo 4 de la misma Carta Magna establece: “La Comunidad y el Estado protegen especialmente al niño, al adolescente, a la madre y al anciano en situación de abandono (…)”; Que, el inciso 4 del artículo 8 de la Ley 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala como uno de los principios rectores de las políticas y la gestión regional: “Inclusión.- El Gobierno Regional desarrolla políticas y acciones integrales de gobierno dirigidas a promover la inclusión económica, social, política y cultural, de jóvenes, personas con discapacidad o grupos sociales tradicionalmente excluidos y marginados del Estado, principalmente ubicados en el ámbito rural y organizados en comunidades campesinas y nativas, nutriéndose de sus perspectivas y aportes. Estas acciones también buscan promover los derechos de los grupos vulnerables, impidiendo la discriminación por razones de etnia, religión o género y toda forma de discriminación”; Que, se deben buscar medios y/o mecanismos que brinden solucionar de manera progresiva los problemas que afrontan las personas en situación de calle, por lo que, la actual gestión del Gobierno Regional de Tacna considera necesaria la creación de un programa que se encargue responsablemente de desarrollar estrategias que atiendan de forma inmediata la problemática señalada; la cual, a pesar de tener el índice más bajo de pobreza a nivel nacional presenta muchos casos de personas en situación de abandono;