Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2009 (31/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 163

El Peruano MORDAZA, jueves 31 de diciembre de 2009

NORMAS LEGALES

410229

de Noviembre del 2009, Asi mismo visto las opiniones de Verificacion emitidos por la Subgerencia de Asesoria Legal, Planeamiento Presupuesto y la Subgerencia de Infraestructura, de la Municipalidad Provincial de Cangallo; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de nuestra Constitucion Politica de Peru, establece que las Municipalidades son organos de gobiernos local tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, en su Articulo 128 indica que las Municipalidades de Centros Poblados son creadas por Ordenanza de la Municipalidad Provincial, que determina la delimitacion territorial, el regimen de organizacion interior, las funciones que se le asignan, sus atribuciones administrativas, economicas tributarias. Asimismo en el Articulo 129º, de la referida Ley determina que para la creacion de Municipalidades de Centros Poblados se requiere la aprobacion mayoritaria de los regidores que integran el concejo provincial correspondiente y la comprobacion previa de los requisitos senalados; Que, la Ley Nº 27563, crea el Registro Nacional de Municipalidades a cargo del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI), con la finalidad de integrar la informacion estadistica de los Municipalidades Provinciales, Distritales y de las Municipalidades de Centros Poblados, que permita el apoyo en toma de decisiones a las autoridades del sector publico y privado en beneficio del desarrollo y la descentralizacion a la poblacion de su jurisdiccion; Que, efectuadas las averiguaciones segun a los requisitos previstos en los Articulos 128º y 129º de la Ley 27972, Ley Organica de Municipalidades, los organos competentes de la Municipalidad Provincial de Cangallo y estando con las opiniones, informes y acuerdos favorables para la creacion de la Municipalidad del Centro Poblado de Catalinayocc, Distrito de Chuschi y Provincia de Cangallo departamento de Ayacucho; En uso de las facultades establecidas en el Articulo 194 de la Constitucion Politica del Estado, y el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; estando con MORDAZA de la Mayoria calificada del Concejo Municipal aprobo la siguiente:

4.3.1. Comision de Obras e Infraestructura. 4.3.2. Comision de Educacion, Deporte y Folklore. 4.3.3. Comision de Salud, Alimentacion y Medio Ambiente. 4.3.4. Comision de Comercio y Vias de Comunicacion. 4.3.5. Comision de Patrimonio y Servicios Sociales (Registro Civil y DEMUNA). 4.4. Las Comisiones Especiales, se conforman para determinados casos, como la Fiscalizacion, coordinacion y gestion. El cargo de MORDAZA y regidor es irrenunciable, y opera la vacancia por las causales que la ley senala. Articulo 5º.- Las funciones que se delega a la Municipalidad del Centro Poblado de Catalinayocc, son las siguientes: 5.1. Cobrar por los aranceles de Terrenos Urbanos del centro poblado, conforme determine el Consejo Nacional de Tasaciones CONATA. 5.2. Cobrar por los servicios de inscripcion o expedicion de partidas de nacimiento, matrimonio y defuncion en el registro civil de la Municipalidad del centro poblado. 5.3. Cobrar por los servicios de agua potable (para mantener este servicio). 5.4. Cobrar por el servicio de limpieza publica. 5.5. Cobrar por derechos de sisa por la realizacion de ferias a comerciantes foraneos y de la localidad. 5.6. Cobrar por derechos de MORDAZA en el cementerio municipal. 5.7. Expedir licencias de alineamiento y de construccion conforme al Plano urbanistico. 5.8. Expedir licencias de funcionamiento a establecimientos comerciales. 5.9. Expedir certificacion de posesion de predios urbanos del centro poblado. 5.10.Expedir certificacion de habitabilidad MORDAZA, de numeracion y nomenclatura. 5.11.Expedir constancias para la formalizacion de titulos de propiedad de los lotes de la zonas urbanas de su jurisdiccion en coordinacion con la municipalidad distrital y Provincial. Articulo 6º.- La Municipalidad del Centro Poblado de Catalinayocc, es MORDAZA en MORDAZA de su competencia y los manejos de los recursos economicos que asigne la municipalidad distrital, seran utilizados de acuerdo a las Directivas que dicten los organos de administracion de la Municipalidad distrital de Chuschi. Todos los ingresos obtenidos por la delegacion de funciones o por el cumplimiento de sus atribuciones, seran destinados para el sostenimiento de la Municipalidad del Centro Poblado Catalinayocc. La utilizacion de los recursos transferidos y recaudados es responsabilidad del MORDAZA y regidores de la municipalidad de dicho centro poblado. Articulo 7º.- Las atribuciones administrativas y economicas tributarias que se le asigna a la Municipalidad del Centro Poblado de Catalinayocc, con los siguientes: 7.1. Prestar servicios basicos esenciales. 7.2. Normar y controlar las actividades relacionadas con el saneamiento ambiental, Debiendo preservar la ecologia del centro poblado. 7.3. Normar y controlar el aseo, higiene y salubridad de los establecimientos Comerciales otros lugares publicos. 7.4. Instalar y mantener los servicios y banos publicos. 7.5. Ejecutar el servicio de limpieza de caminos peatonales, de herraduras y trochas Carrozable de su jurisdiccion. 7.6. Mantener el cuidado de los cementerios. 7.7. Normar y controlar la construccion de las viviendas conforme a sus planos Urbanisticos. 7.8. Normar y controlar el funcionamiento de los establecimientos comerciales y de las Ferias locales de su jurisdiccion. 7.9. Brindar los servicios de inscripcion o expedicion de partidas de nacimiento, Matrimonio y defuncion en los Registro Civil. 7.10. Otras de su competencia con arreglo a la Ley Organica de Municipalidades y demas normas, sin transgredir las disposiciones de la Municipalidad Provincial.

ORDENANZA QUE APRUEBA LA CREACION DE LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO DE CATALINAYOCC, DEL DISTRITO DE CHUSCHI Y PROVINCIA DE CANGALLO TITULO UNICO DE LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO DE CATALINAYOCC
Articulo 1º.- Crease la Municipalidad del Centro Poblado de Catalinayocc, del Distrito de los Chuschi, Provincia de Cangallo, Region de MORDAZA, con su capital al poblado de Catalinayocc. Articulo 2º.- Los limites del Centro Poblado de Catalinayocc, es como sigue: Por el Norte: Con la Comunidad de San MORDAZA de Pampamarca. Por el Este: Con la Comunidad de Pallcca. Por el Sur: Con la comunidad de Puncupata. Por el Oeste: Con la comunidad Campesina de Condorpacccha. Articulo 3º.- El area superficial del centro poblado de Catalinayocc, es de 52,649.000 hectareas, Articulo 4º.- La Municipalidad del Centro Poblado de Catalinayocc, tendra como organos de gobierno a: 4.1. El Concejo Municipal, como MORDAZA organo de administracion, estara presidido por el MORDAZA e integrado por los 5 regidores de la municipalidad del centro poblado, elegidos democraticamente por un periodo de 4 anos. 4.2. La Alcaldia, es el ente ejecutor de los acuerdos del Concejo Municipal y representante legal de la municipalidad del centro poblado. 4.3. La Comision Permanente de Regidores, que estara Presidido por un regidor, siendo las siguientes:

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