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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 8 de enero de 2009 387872 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES Aceptan renuncia y designan Gerente de Planeamiento y Desarrollo de la SBN RESOLUCIÓN Nº 002-2009/SBN San Isidro, 7 de enero de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución N° 033-2008/SBN, de fecha 08 de abril de 2008, se designa al señor Paul Alex Llamoja Cabanillas como Gerente de Planeamiento y Desarrollo de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, a partir del 11 de abril del 2008; Que, el citado funcionario ha formulado renuncia al cargo que viene desempeñando, por lo que resulta necesario emitir la resolución correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594, el Decreto Supremo N° 131-2001-EF y la Resolución N° 315-2001/SBN; Con la visación de la Gerencia General y de la General Legal; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia del señor Paul Alex Llamoja Cabanillas al cargo de Gerente de Planeamiento y Desarrollo de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, con efectividad al 08 de enero de 2009; dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE VILLANUEVA CARBAJAL Superintendencia Nacional de Bienes Estatales 298151-1 RESOLUCIÓN Nº 003-2009/SBN San Isidro, 7 de enero de 2009 CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN) es un organismo público adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento en mérito de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA, ente rector del Sistema de Bienes Estatales y encargado del registro, control y administración del patrimonio estatal. Que, a la fecha se encuentra vigente vacante el cargo de Gerente de Planeamiento y Desarrollo de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales; Que, en virtud del inciso h) del artículo 13º del Estatuto de la SBN aprobado mediante Decreto Supremo Nº 131-2001- EF, es de competencia del Superintendente, designar los cargos de confi anza y nombrar, contratar, suspender, remover o cesar al personal considerado en dichos cargos; Con opinión favorable de la Gerencia General y la Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27395 y 27594, el Decreto Supremo N° 131-2001-EF y la Resolución N° 315-2001/SBN; SE RESUELVE : Artículo Único.- Designar, a partir del 08 de enero de 2009, al Licenciado en Ciencias Administrativas señor EDWIN PERCY ARELLANO CESPEDES, como Gerente de Planeamiento y Desarrollo de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, cargo considerado de confi anza. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE VILLANUEVA CARBAJAL Superintendencia Nacional de Bienes Estatales 298151-2 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL Exoneran de proceso de selección la contratación del servicio de calificación de solicitudes de derecho pensionario RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 251-2008-JEFATURA/ONP Lima, 29 de diciembre de 2008 VISTO: El Informe Nº 204-2008-DPR.SC/ONP de fecha 17 de diciembre de 2008, el Memorándum Nº 575-2008-DPR/ ONP de fecha 22 de diciembre de 2008, el Informe Nº 049- 2008-AL.OAJ-24/ONP de fecha 29 de diciembre de 2008; CONSIDERANDO: Que, el inciso c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, en adelante “la Ley”, contempla como supuesto de exoneración de los procesos de selección, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situación de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la Ley; Que, el artículo 21º de la Ley considera como situación de desabastecimiento inminente, aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo de manera esencial. La acotada norma indica además que dicha situación faculta a la Entidad a la adquisición o contratación de los servicios sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20º de la Ley, todas las exoneraciones, salvo las previstas en el literal b) del artículo 19º, se aprobarán mediante Resolución del Titular de la Entidad, la misma que requiere de un informe técnico – legal previo; Que, asimismo, la disposición acotada en el considerando precedente, señala que dicha Resolución deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, excepto en los casos a que se refi ere el inciso d) del artículo 19º de la Ley, remitiéndose copia de la misma y del informe técnico – legal que la sustenta a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación; Que, el artículo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, en adelante “el Reglamento”, dispone que en la situación de desabastecimiento inminente se confi gura en los casos señalados en el artículo 21º de la Ley; no encontrándose comprendidas entre estas las adquisiciones o contrataciones para cubrir necesidades complementarias y administrativas de la entidad. Esta norma precisa además que, la necesidad de los servicios debe ser actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos, no pudiéndose invocar la existencia de una situación de desabastecimiento inminente en supuestos como en vía de regularización, por períodos consecutivos y que excedan el lapso del tiempo requerido para paliar la situación y satisfacer las necesidades anteriores a la fecha de aprobación de la exoneración al proceso de selección; Que, mediante el Memorándum Nº 575-2008-DPR/ONP, la Dirección de Producción de la Ofi cina de Normalización Previsional (ONP), solicita la contratación del Servicio de Califi cación de Derechos Pensionarios, a través de la