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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ENERO DEL AÑO 2009 (08/01/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 41

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 8 de enero de 2009 387883 Que, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3° y 9° del artículo 90° de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero: DESIGNAR a la doctora NATY MAGALY APARCANA RAMOS, como Juez Suplente del Juzgado Mixto de El Agustino, a partir del día 08 hasta el 20 de enero del presente año. Artículo Segundo: PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, de la Ofi cina de Control de la Magistratura, de la Gerencia de Personal del Poder Judicial, Ofi cina de Administración Distrital y del magistrado para los fi nes correspondientes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese CÉSAR JAVIER VEGA VEGA Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 298112-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 002-2009-P-CSJL/PJ Mediante Ofi cio Nº 05-2009-RA-P-CSJLI/PJ, la Corte Superior de Justicia de Lima solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Administrativa Nº 002-2009-P- CSJL/PJ, publicada en nuestra edición del día 7 de enero de 2009. - En el Artículo Primero; DICE: …. Tercera Sala Contencioso Administrativa: Dra. Sara Luz Echevarría Gaviria Presidente Dra. María Sofía Vera Lazo (T) Dra. Rosa Liliana Dávila Broncano (P) DEBE DECIR: …. Tercera Sala Contencioso Administrativa: Dra. María Sofía Vera Lazo Presidente Dra. Sara Luz Echevarría Gaviria (T) Dra. Rosa Liliana Dávila Broncano (P) 298111-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 07-2008-P-CSJL/PJ Mediante Ofi cio Nº 12-2009-P-CSJLI/PJ, la Corte Superior de Justicia de Lima solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Administrativa Nº 07-2008-P- CSJL/PJ, publicada en nuestra edición del día 7 de enero de 2009. DICE: RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 07-2008-P-CSJL/PJ DEBE DECIR: RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 07-2009-P-CSJLI/PJ DICE: Artículo Segundo.- DESIGNAR como Jefa de la Ofi cina de Requisitorias de la Corte Superior de Justicia de Lima a la doctora JANET MARLENY LUDEÑA MENDOZA desde la fecha hasta el 31 de diciembre de 2008. DEBE DECIR: Artículo Segundo.- DESIGNAR como Jefa de la Ofi cina de Requisitorias de la Corte Superior de Justicia de Lima a la doctora JANET MARLENY LUDEÑA MENDOZA desde la fecha y hasta el 31 de diciembre de 2009. 298115-1 ORGANOS AUTONOMOS MINISTERIO PUBLICO Declaran fundada denuncia contra magistrado por presunta comisión de delito de prevaricato RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1755-2008-MP-FN Lima, 31 de diciembre del 2008 VISTO: El Ofi cio Nº 562-2007-ODCIC/J-MP, remitido por la Ofi cina Desconcentrada de Control Interno de Cañete, elevando el Expediente Nº 2007-002-CAÑETE, que contiene la investigación seguida de ofi cio contra el doctor José Alejandro Dulanto Santini, en su actuación como Juez del Juzgado Mixto de Cañete, por la presunta comisión del delito de Prevaricato; en la cual ha recaído el Informe Nº 005-2007-MP-ODCIC, con opinión de declarar fundada la denuncia; y, CONSIDERANDO: I. ANTECEDENTES: PRIMERO: Que, mediante Ofi cio Nº 846-2006-PJ/ CSJCÑ-ODICMA-J (fs.1054), la Ofi cina Distrital de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Cañete remitió a la Ofi cina Desconcentrada de Control Interno del Ministerio Público de dicho Distrito Judicial, copias certifi cadas de la Queja de Hecho Nº 25-2006, promovida por la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) contra el doctor José Alejandro Dulanto Santini, por su actuación como Juez del Juzgado Mixto de Cañete, en mérito a la Resolución Nº 20, de fecha 15.12.06 (fs.1042-1051), que advierte que el investigado podría haber incurrido en irregularidades de contenido penal. Que, abierta la investigación preliminar en su contra por la presunta comisión del ilícito de Prevaricato, mediante resolución de fecha 22.01.07 (fs.1056), y, notifi cado el denunciado para que presente su descargo, éste no cumplió con hacerlo, por lo que, concluida la investigación, el Órgano de Control elaboró el Informe Nº 005-2007-MP- ODCIC, de fecha 26.11.07 (fs.1357-1363). II. CARGOS IMPUTADOS: SEGUNDO: Que, se atribuye al magistrado denunciado haber expedido resoluciones prevaricadoras en el proceso de Amparo Nº 2006-003, promovido por la empresa Servicios de Entretenimiento, Distracción y Hostelería Internacional SAC contra la Dirección Nacional de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR) y la Superintendencia Nacional de Administración Aduanera (SUNAT), demandando la inaplicación de diversos artículos de la Ley Nº 27153 -modifi cada por la Ley Nº 27796-, que regula la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas. Las resoluciones cuestionadas son: 1) La Nº 01 del expediente principal, de fecha 06.01.06 (fs. 697), por la que el denunciado admitió a trámite la demanda de Amparo, no obstante ser incompetente para ello, en razón de que el texto entonces vigente del artículo 51º del Código Procesal Constitucional -antes de su modifi catoria por la Ley Nº 28946, publicada el 24.12.06- establecía la competencia de los Juzgados Civiles para conocer los procesos de Amparo, y que en la Corte de Cañete existía esa judicatura especializada; y 2) La Nº 01, de fecha 24.04.06 (fs. 1220- 1222), expedida en el cuaderno cautelar, la cual ordenó la suspensión -en favor de la demandante- de los efectos de