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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE ENERO DEL AÑO 2009 (23/01/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 36

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 23 de enero de 2009 389146 VISTO, la carta presentada por el médico cirujano Marco Antonio Llanos Saldaña y el Ofi cio Nº 006-009- CMHH II. 1/DISA IV LE, del Presidente del Cuerpo Médico del Hospital de Huaycán; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 872-2008/ MINSA del 17 de diciembre de 2008, se designó al médico cirujano Marco Antonio Llanos Saldaña, en el cargo de Director del Hospital de Huaycán de la Dirección de Salud IV Lima Este; Que, mediante documento de visto el mencionado profesional manifi esta su imposibilidad de asumir dicho cargo, por asuntos personales, por lo que resulta conveniente emitir el acto de administración que deje sin efecto dicha designación y se designe a la profesional correspondiente en su reemplazo; Con el visado del Director de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005- 90-PCM, la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, la Ley 29289, Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2009, y la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto, la designación del médico cirujano MARCO ANTONIO LLANOS SALDAÑA, en el cargo de Director del Hospital de Huaycán de la Dirección de Salud IV Lima Este del Ministerio de Salud, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Designar a la médico cirujano EDITH GRACIELA NEGREIROS MONTERO, en el cargo de Directora del Hospital de Huaycán de la Dirección de Salud IV Lima Este del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 304498-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan permiso de operación de aviación comercial a LAN ARGENTINA S.A. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 004-2009-MTC/12 Lima, 7 de enero del 2009 Vista la solicitud de LAN ARGENTINA S.A., sobre Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo. CONSIDERANDO: Que, con Documentos de Registro N° 2008-035179 del 01 de setiembre del 2008, Nº 118761 del 22 de octubre del 2008, Nº 131520 del 18 de noviembre del 2008, Nº 134433 del 26 de noviembre del 2008 y Nº 2008-035179-B del 28 de noviembre del 2008, LAN ARGENTINA S.A. solicitó Permiso de Operación para prestar un Servicio de Transporte Aéreo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo, por el plazo de cuatro (04) años; Que, según los términos del Memorando N° 981-2008-MTC/12, Nº 1092-2008-MTC/12, Nº 1190- 2008-MTC/12, Nº 1265-2008-MTC/12 y Nº 1279- 2008-MTC/12; Informe N° 098-2008-MTC/12.PIO; Memorando Nº 3907-2008-MTC/12.04, Nº 4461-2008- MTC/12.04, Memorando Nº 4938-2008-MTC/12.04 e Informe N° 032-2008-MTC/12.07.LIC, emitidos por las áreas competentes de la Dirección General de Aeronáutica Civil; se considera pertinente atender lo solicitado al haber cumplido la recurrente con lo establecido en la Ley N° 27261 - Ley de Aeronáutica Civil, su Reglamento; y, demás disposiciones legales vigentes; Que, la Autoridad Aeronáutica de Argentina ha designado a LAN ARGENTINA S.A. para efectuar servicios de transporte aéreo regular internacional de pasajeros, carga y correo en las rutas solicitadas; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, “la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modifi car, suspender o revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo“, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verifi cando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a LAN ARGENTINA S.A., de conformidad con el “Acta de la Reunión de Consulta entre las Autoridades Aeronáuticas de la República de Argentina y de la República de Perú”, ratifi cada mediante R.M. Nº 816-2005-MTC/02 del 11 de noviembre del 2005, Permiso de Operación por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Ofi cial El Peruano, sujeto a las siguientes características: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviación Comercial: Servicio de Transporte Aéreo Regular de pasajeros, carga y correo. ÁMBITO DEL SERVICIO: - Internacional. RUTAS, FRECUENCIAS Y DERECHOS AERO- COMERCIALES: CON DERECHOS DE TRÁFICO DE TERCERA, CUARTA Y QUINTA LIBERTAD DEL AIRE: - BUENOS AIRES – LIMA Y/O MEXICO y vv., con hasta siete (07) frecuencias semanales. MATERIAL AERONÁUTICO: - AIRBUS A-320. - BOEING 767. BASE DE OPERACIONES: - Aeropuerto de Ezeiza – Argentina. - Aeropuerto de Aeroparque – Argentina. Artículo 2°.- Las aeronaves autorizadas a LAN ARGENTINA S.A. deben estar provistas del correspondiente Certifi cado de Matrícula y de Aeronavegabilidad vigentes, así como de los seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aérea.