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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ENERO DEL AÑO 2009 (25/01/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 39

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 25 de enero de 2009 389281 aplicable será el aprobado mediante la Ordenanza Nº 130-MDCH, modifi cada por la Ordenanza Nº 134-MDCH, ratifi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante el Acuerdo de Concejo de fecha 17 de Marzo del 2008. Artículo Segundo.- Determinacion del derecho de emisión mecanizada de actualización de declaraciones juradas y determinación del impuesto predial del ejercicio 2009 Determínese para el ejercicio 2009 los mismos importes establecidos en la Ordenanza Nº 130-MDCH, modifi cada por la Ordenanza Nº 134-MDCH ratifi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante acuerdo de Concejo Nº 118 del 17/03/08 publicada el 29 de Marzo de 2008, es decir el monto de S/ 13.00 (TRECE Y 00/100 NUEVOS SOLES) por concepto de derecho de emisión mecanizada de actualización de Declaración Jurada y determinación del Impuesto Predial y por cada predio adicional (PU) se abonará la suma de S/ 4.00 (CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES). Articulo Tercero.- Determinación de las fechas de vencimiento de pago del Impuesto Predial 2009. Establecer como fecha de vencimiento del pago del impuesto predial del Ejercicio 2009: a) Al contado hasta el último día hábil de febrero del 2009. b) En forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales cuyos vencimientos son los últimos días hábiles del mes de Febrero, Mayo, Agosto y Noviembre del 2009. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Facultades reglamentarias Facúltese al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las Disposiciones Complementarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza. Segunda.- Validez y vigencia La presente Ordenanza entrará en vigencia al siguiente día de su publicación. Tercera.- Encargatura Encargar a la Gerencia de Administración, Gerencia de Rentas y Sub Gerencia de Informática el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 304546-1 Establecen el Monto a pagar por Derecho de Emisión Mecanizada de las hojas de liquidación de los Arbitrios 2009 ORDENANZA Nº 151-MDCH Chorrillos, 17 de enero de 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS. POR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de Chorrillos, en Sesión Ordinaria de la fecha; y CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece que las municipalidades provinciales y distritales son Órganos de Gobierno Local que gozan de Autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia, pueden crear, modifi car y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción; correspondiendo al Concejo Municipal la función normativa a través de Ordenanzas, las que tienen rango de Ley, conforme al Numeral 4) del Artículo 200º de nuestra Carta Magna. Que, mediante Ordenanza Nº 131-MDCH se aprobó el monto a pagar por derecho de Emisión Mecanizada de las hojas de liquidación de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo correspondientes al Ejercicio Tributario 2008, siendo modifi cada por la Ordenanza Nº 135-MDCH la misma que fue ratifi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Acuerdo de Concejo Nº 118 del 17 de marzo de 2008. Que, mediante informe de la Sub Gerencia de Administración Tributaria la proyección de los costos de emisión mecanizada de las hojas de liquidación de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo para el Ejercicio Tributario 2009 no tienen variación sustancial en la estructura de costos comparada con la Ordenanza Nº 131-MDCH modifi cada por la Ordenanza Nº 134-MDCH, Que, en uso de la autonomía económica y administrativa se debe establecer que para la determinación de los costos de emisión mecanizada de las hojas de liquidación de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo para el Ejercicio Tributario 2009 se consideren los mismos importes que se establecieron para el período 2008 en la Ordenanza Nº 131-MDCH, modifi cada por la Ordenanza Nº 134-MDCH Que, estando a lo expuesto en el Informe Nº 093- 2009-GAJ-MDCH, mediante el cual la Gerencia de Asesoría Jurídica, expresa su conformidad con la presente Ordenanza y en uso de las facultades concedidas por el Inciso 8) del Artículo 9º y el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con la dispensa del trámite de aprobación de acta, el Concejo Municipal aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL MONTO A PAGAR POR DERECHO DE EMISION MECANIZADA DE LAS HOJAS DE LIQUIDACION DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO DEL EJERCICIO 2009 Artículo primero.- Marco legal Aprobar el Monto a pagar por derecho de emisión mecanizadas de las hojas de liquidación de los arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo correspondiente al Ejercicio Tributario 2009 y dispóngase que para efectos de establecer los derechos de emisión mecanizadas de las hojas de liquidación de los arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo correspondiente al Ejercicio Tributario 2009, el marco legal aplicable será el aprobado mediante la Ordenanza Nº 131-MDCH, modifi cada por la Ordenanza Nº 134-MDCH, ratifi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima , mediante el Acuerdo de Concejo de fecha 17 de Marzo del 2008 Artículo segundo.- Determinación de los derechos de emisión mecanizada de de las hojas de liquidación de los arbitrios de limpieza pública, parques y jardines y serenazgo correspondiente al ejercicio tributario 2009. Determínese para el ejercicio 2009 los mismos importes establecidos en la Ordenanza Nº 131-MDCH, modifi cada por la Ordenanza Nº 135-MDCH ratifi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Acuerdo de Concejo Nº 118 del 17 de Marzo de 2008 y publicada el 29 de Marzo de 2008, es decir el monto de S/ 1.00 (UN Y 00/100 NUEVOS SOLES) por cada hoja de liquidación de arbitrios municipales. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Facultades reglamentarias Facúltese al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las Disposiciones Complementarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza. Segunda.- Validez y vigencia La presente Ordenanza entrará en vigencia al siguiente día de su publicación.