Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2009 (25/01/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 40

389282

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 25 de enero de 2009

Tercera.- Encargatura Encargar a la Gerencia de Administracion, Gerencia de Rentas y Sub Gerencia de Informatica el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA

304549-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES
Instauran MORDAZA administrativo disciplinario a ex funcionarios de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 000041-2009-MDSJM-A
San MORDAZA de Miraflores, 21 de enero del 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES: Visto, el Informe Nº 013-2008-MDSJM-CEPAD de fecha 29 de Octubre del 2008, emitido por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores sobre El Informe Nº 001-2008-2-2182- Examen Especial al Programa del Vaso de Leche Periodos 2005 - 2006; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 26 de Febrero del 2008, mediante Oficio Nº032-2008-MDSJM/OCI, de fecha 20 de Febrero del 2008, fue remitido al despacho de Alcaldia el Informe Nº001-2008-2-2182 Correspondiente al Examen Especial: Al Programa del Vaso de Leche, periodo 2005-2006; Que, con fecha 04 de Marzo del 2008, el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores C.P.C. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a traves del Memorandum Nº026-2008-MDSJM/A, de fecha 04 de Marzo del 2008, remite al Ex Gerente Municipal C.P.C, MORDAZA MORDAZA MORDAZA el Informe Nº001-2008-2-2182, para implementar las recomendaciones y Conclusiones. Contenidas en el mencionado informe; Que, en el punto 1 de las recomendaciones contenidas en el Informe Nº001-2008-2-2182 denominado Examen Especial: Al Programa del Vaso de Leche, periodo 20052006, se recomendo al MORDAZA disponer la remision del presente informe a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, para que en uso de sus funciones, deslinde la responsabilidad administrativa de los ex funcionarios; Que, mediante Informe Nº08-2008-CEPAD/MDSJM, del 27 de Junio del 2008, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, recomendo al MORDAZA del Distrito de San MORDAZA de Miraflores, instaurar MORDAZA administrativo disciplinarios a los ex funcionarios comprendidos en el Informe Largo de la Sociedad Auditora MORDAZA MORDAZA y Urquiza Contadores Publicos Sociedad Civil; OBSERVACION 01 SE GIRARON CHEQUES, SIN CONTAR CON DISPONIBILIDAD FINANCIERA AL CIERRE DE LOS PERIODOS FISCALES 2005 Y 2006, DISTORSIONANDO LA MORDAZA DE LOS ESTADOS DE INGRESOS Y EGRESOS DEL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE POR S/. 184 225, 45 Y S/. 80 401, 99 NUEVOS SOLES, RESPECTIVAMENTE. Que, de la revision selectiva efectuada a la informacion contenida en los Estados de Ingresos y Egresos del Programa del Vaso de Leche de los periodos 2005 y 2006 proporcionada por la Sub. Gerencia de Contabilidad, mediante Informe Nº 348-2007-MDSJM/GA-SGC de

19.NOV.2007, y Libros Bancos proporcionados por la Sub. Gerencia de Tesoreria, se contrato el libramiento de Titulos Valores (Giro de Cheques) al cierre de los respectivos periodos fiscales por un monto de S/. 184 225, 45 Nuevos Soles, asi como S/. 80 401, 99 Nuevos Soles, respectivamente, a nombre del Proveedor NIISA CORPORATION S.A., para la adquisicion de insumos (Leche Evaporada de Tarro de 410GR. y Hojuelas de Quinua enriquecida con Cereales, Vitaminas y Minerales de 440GR) como consecuencia de la Licitacion Publica Nacional Nº 004-2003 CE/MDSJM para la atencion de la poblacion objetivo del Programa del Vaso de Leche (Beneficiarios), sin contar con disponibilidad financiera en la cuenta corriente Nº 0000550930 aperturada en el Banco de la Nacion a nombre de la municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores ­ PROGRAMA DEL VASO DE LECHE; Que, al respecto, se debe precisar, que los SALDOS NEGATIVOS, mostrados en el Estado de Ingresos y Egresos del periodo 2005 por Liberamiento de Titulos Valores sin contar con Disponibilidad Financiera ascendente a S/. 184 225, 45 Nuevos Soles, no aparecen en la informacion consignada en el Pasivo Corriente de lo Estados Financieros de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores al 31 de diciembre de 2005, el cual fuera formulado por la Sub Gerencia de Contabilidad a cargo de la Gerencia de Administracion, y remitidos a la Contaduria Publica de la Nacion con Oficio Nº 110-2006MDSJM/A de 31.03.06; Que, lo expuesto, se contrapone a los alcances de la Ley Nº 27287 LEY DE TITULOS Y VALORES, publicada el 19.06.00, que establece en el Articulo 173º como condicion previa para emitir el cheque, que "(...) el emitente debe contar con fondos a su disposicion en la cuenta corriente correspondiente, suficientes para su pago, ya sea por deposito constituido en MORDAZA o por tener autorizacion del banco para sobregirar la indicada cuenta (...)"; Que, asimismo, la resolucion Directoral Nº 0132005-EF/77.15 "DIRECTIVA DE TESORERIA PARA GOBIERNOS LOCALES CORRESPONDIENTE AL ANO FISCAL 2005" en el articulo 11º.- Del pago inciso 11.2 establece que "Para efectos del pago con la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios para Gobiernos Locales, es indispensable que se MORDAZA decepcionado a traves del SIAF-GL la Autorizacion de Giro y de Pago correspondientes". Asi tambien el inciso 11.3 senala que "En el caso de fondos provenientes de MORDAZA distintas de la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios para Gobiernos Locales, se debe verificar la disponibilidad respecto de montos depositados en la respectiva cuenta bancaria"; tambien el Articulo 17º Aprobacion de la Autorizacion de Pago en el inciso 17.3 establece que " El pago mediante la entrega del cheque o la MORDAZA de la carta orden por parte de la Municipalidad esta condicionada a la recepcion de la correspondiente Autorizacion de Pago a traves del SIAF-GL"; Que, igualmente, la "DIRECTIVA DE TESORERIA PARA GOBIERNOS LOCALES CORRESPONDIENTE AL ANO 2006" aprobada con RESOLUCION DIRECTORAL Nº 007-2006-EF/77.15; en su articulo 14º.- Del pago en sus incisos: 14.2 y 14.3 respectivamente, sostiene que "Para efectos del pago con la fuente de financiamiento "Recursos Ordinarios", es indispensable que se MORDAZA recibido a traves del SIAF-GL la Autorizacion de Giro y de Pago correspondientes"; y "En el caso de fondos provenientes de MORDAZA distintas de la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, se debe verificar la disponibilidad respecto a los montos depositados en la respectiva cuenta bancaria"; Que, la situacion expuesta genero distorsion en la MORDAZA de los Estados de Ingresos y Egresos del Programa del Vaso de Leche del periodo 2005 en S/. 184 225.45 Nuevos Soles y del periodo 2006 en S/. 80 401.99 Nuevos Soles, respectivamente, al mostrar SALDOS INICIALES NEGATIVOS, por Liberamiento de cheques sin contar con disponibilidad financiera al cierre de los respectivos periodos fiscales, de conformidad con normas de caracter presupuestario y complementarias; Que, lo mencionado, se suscito por no advertirse cumplir con las frases que exige el SIAF-GL, conducentes a contar con disponibilidad financiera previa a la emision de los titulos valores (cheques) para la adquisicion de productos alimenticios del Programa del Vaso de Leche al cierre de los periodos fiscales 2005 y 2006. Informacion

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.