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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 1 de febrero de 2009 389793 Renovación de licencias de los softwares PowerDesigner y PowerBuilder SYSTEM DATABASE S.A. US$ 16,271.19 Adjudicación Directa Selectiva Que, de acuerdo a lo expresado en los informes elaborados por el Departamento de Logística y por la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica, el literal e) del articulo 19° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el D.S. Nº 083-2004-PCM y el Art. 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el D.S. Nº 084-2004- PCM, establecen que están exoneradas de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen, cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor único y que asimismo que se considerará que existe proveedor único en los casos que por razones técnicas o relacionadas con la protección de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se haya establecido la exclusividad del proveedor; por lo cual procede la exoneración del proceso de selección que corresponde a la contratación que se requiere; Que, de otro lado, según lo informado por la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica, el artículo 20º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado prevé que las adquisiciones o contrataciones derivadas de una exoneración se realizarán mediante acciones inmediatas y se aprobarán mediante una Resolución del Titular del Pliego de la Entidad, en el presente caso del Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, previo Informe Técnico Legal que sustente la exoneración; dicha Resolución debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano dentro de los diez días hábiles siguientes a su emisión y en el SEACE; asimismo, una copia de la mencionada Resolución y de los informes que la sustentan deberán ser remitidos a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado bajo responsabilidad, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación; En uso de las facultades conferidas en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros – Ley Nº 26702; de conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y demás normas complementarias; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la exoneración del proceso de Adjudicación Directa Selectiva que le corresponde en función a su cuantía para la contratación de la empresa SYSTEM DATABASE S.A. a fi n que preste el servicio de renovación de licencias de los softwares PowerDesigner y PowerBuilder, por la causal de servicios que no admiten sustitutos y proveedor único, prevista en el literal e) del articulo 19° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, cuyo valor referencial asciende a US$ 16,271.19 (Dieciséis Mil Doscientos Setenta y Uno y 19/100 dólares americanos), incluido todo concepto, gasto y tributo; por el período de un año. Artículo Segundo.- Autorizar a la Superintendencia Adjunta de Administración General a contratar el mencionado servicio mediante acciones directas con cargo a los recursos propios de la Institución. Artículo Tercero.- Disponer que la Superintendencia Adjunta de Administración General remita copia de la presente Resolución y del Informe Técnico y Legal que sustenta esta exoneración a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación, conforme a lo dispuesto por el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; y que publique la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano dentro de los diez días hábiles siguientes a su emisión, así como en el SEACE. Regístrese, comuníquese y publíquese. FELIPE TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 307479-1 UNIVERSIDADES Designan Jefe de la Oficina Central de Asesoría Legal de la Universidad Nacional de Ingeniería UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL N° 011 Lima, 8 de enero de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante carta de fecha 08 de Enero del 2009, el señor Renato Máximo Caballero La Rosa presenta su renuncia al Cargo de Jefe de la Ofi cina de Asesoría Legal de la UNI, la misma que se hará efectiva a partir del 30 de enero del 2009; Que, de conformidad a lo establecido por el artículo 108º del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería, los funcionarios que desempeñan cargos de confi anza pueden servir durante el mandato de la autoridad que los nombró en esa condición; estableciéndose en dicho articulado, dentro de los cargos de confi anza, el cargo de Asesor Legal; Que, al ser el cargo de Jefe de la Ofi cina Central de Asesoría Legal un cargo de confi anza, corresponde al Rector designar a quien se encargue de desempeñar las funciones inherentes al Jefe de la Ofi cina Central de Asesoría Legal de la Universidad Nacional de Ingeniería; De conformidad con lo previsto en el Artículo 52º, Inc. c) del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar a partir del 30 de Enero del 2009, la renuncia formulada por el señor Renato Máximo Caballero La Rosa al cargo de Jefe de la Ofi cina Central de Asesoría Legal de la Universidad Nacional de Ingeniería, agradeciéndole por su labor desempeñada en dicha jefatura. Artículo 2º.- Designar a partir del 02 de Febrero del 2009, la Jefatura de la Ofi cina Central de Asesoría Legal de la Universidad Nacional de Ingeniería, al Señor Jesús Gabriel Paniora Benites. Artículo 3º.- Dar Cuenta al Consejo Universitario. Regístrese, comuníquese y archívese AURELIO PADILLA RÍOS Rector 307500-1 Aprueban expedición de duplicado de diploma de título profesional de licenciado en educación primaria de la Universidad Nacional de San Martín - Tarapoto UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTÍN - TARAPOTO RESOLUCIÓN N° 056-2008-UNSM/CU-R Tarapoto, 20 de octubre de 2008 Visto el expediente N°. 3158-2008/SG presentado por ROGER PINEDO CHUQUI, sobre solicitud de duplicado de diploma de Título Profesional, por pérdida del original.