Norma Legal Oficial del día 01 de febrero del año 2009 (01/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 1 de febrero de 2009

Autorizan al Banco Ripley la apertura de agencia en el Callao
RESOLUCION SBS Nº 325-2009 MORDAZA, 26 de enero de 2009 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por el Banco Ripley para que se le autorice la apertura de una agencia ubicada en Av. Mariscal MORDAZA R. MORDAZA Nº 3866, distrito de Bellavista, provincia del Callao, departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que la citada empresa ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que sustenta el pedido formulado; Estando a lo opinado por el Departamento de Evaluacion Bancaria "D"; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolucion Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolucion SBS Nº 1096-2005; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Banco Ripley la apertura de una agencia ubicada en Av. Mariscal MORDAZA R. MORDAZA Nº 3866, distrito de Bellavista, provincia del Callao, departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 307475-1

Exoneran del MORDAZA de seleccion la contratacion del servicio de renovacion de licencias de los softwares PowerDesigner y PowerBuilder
RESOLUCION SBS Nº 477-2009 San MORDAZA, 29 de enero de 2009 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTO: Lo senalado en el Informe Tecnico Nº 014-2009DL emitido por el Departamento de Logistica de la Superintendencia Adjunta de Administracion General, el Informe N° 009-2009-SAAJ de la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica, y; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo expuesto por el Departamento de Logistica en su informe del visto, mediante Resolucion SBS Nº 21-2008 del 08 de enero de 2008, se autorizo la exoneracion del MORDAZA que le correspondia, a la contratacion de la empresa SYSTEM DATABASE S.A. a fin que brinde el servicio de renovacion de licencias de los softwares PowerBuilder y PowerDesigner; contratacion que se llevo a cabo mediante el MORDAZA de Exoneracion Nº 02-2008-SBS por un importe anual de US$ 17,136.07, incluido todo concepto, gastos y tributos, y que se encuentra proxima a vencer; Que, segun el referido informe, mediante

Memorandum N° 007-2009-GTI de fecha 12 de enero de 2009, la Gerencia de Tecnologias de la Informacion remite al Departamento de Logistica los Informes N° 002 y 003-2009-GTI denominados Informes Tecnicos Previos de Evaluacion de Software, sustentando las razones tecnicas para la renovacion de licencias de los softwares PowerDesigner y PowerBuilder respectivamente; Que, el mencionado Informe fue recogido por el Departamento de Logistica en su Informe N° 014-2009DL de fecha 20 de enero de 2009, en el cual senala basicamente que la Gerencia de Tecnologias de Informacion indica que el Departamento de Desarrollo de Sistemas utiliza el software denominado PowerDesigner Studio Enterprise para modelar la estructura logica de la informacion utilizada por los sistemas de informacion de esta Superintendencia, modelar la estructura fisica de la base de datos que soportan a dichos sistemas y modelar el software bajo un enfoque orientado a objetos, habiendo cumplido satisfactoriamente con las expectativas de sus analistas, con respecto a sus caracteristicas de funcionalidad, uso y productividad; resultando necesario seguir contando con dicho software, a fin de estar en capacidad de continuar elaborando los modelos logicos y fisicos de los sistemas de informacion de la Superintendencia, ademas de ejecutar las tareas de mantenimiento sobre los modelos existentes; Que, igualmente segun el referido informe, la Gerencia de Tecnologias de Informacion indica que el Departamento de Desarrollo de Sistemas utiliza el software denominado PowerBuilder Enterprise conformado por el lenguaje de programacion (PowerScript) y su ambiente de desarrollo, mediante los cuales se han desarrollado y puesto en produccion diversos sistemas de informacion tales como los Sistemas Corporativos, la Central de Riesgos, el Sistema de Tramite Documentario, el Sistema de Inversiones, entre otros; habiendo cumplido satisfactoriamente con las expectativas de sus analistas, con respecto a sus caracteristicas de uso y productividad, y con las expectativas de los usuarios finales ya que las diversas funcionalidades brindadas por esta herramienta han permitido cumplir con los requerimientos funcionales y no funcionales de los diferentes sistemas desarrollados; resultando necesario seguir contando con dicho software a fin de poder atender nuevos requerimientos sobre los sistemas de informacion desarrollados con esta herramienta y estar en capacidad de ejecutar las tareas de mantenimiento que MORDAZA requeridas por las areas usuarias. Siendo ademas que optar por una nueva herramienta implicaria migrar o reescribir, en el lenguaje de programacion, todos los sistemas desarrollados utilizando el software PowerBuilder, con el consecuente esfuerzo en recursos humanos y economicos, asi como tiempo para realizar tal migracion; Que, atendiendo a ello, y conforme senala el informe MORDAZA citado, la Gerencia de Tecnologias de Informacion ha indicado que luego de realizada la evaluacion y comparacion entre las alternativas de la renovacion de los softwares PowerDesigner y PowerBuilder, y la adquisicion de licencias de nuevos productos de software, se puede apreciar que solo analizando el factor economico, la renovacion es conveniente; debiendose tener en cuenta adicionalmente el valor intangible del nivel de conocimientos (know how) que poseen los analistas del Departamento de Desarrollo de Sistemas, lo cual no ha sido valorizado economicamente; por lo cual recomienda la renovacion de las licencias PowerDesigner Studio Enterprise y PowerBuilder Enterprise, con el propio fabricante y/o su representante oficial en el Peru; Que, asimismo de acuerdo a lo informado por el Departamento de Logistica, la empresa SYBASE INC. mediante Carta del 01 de MORDAZA de 2008, ha senalado que la empresa SYSTEM DATABASE S.A. es su unico representante y distribuidor para el Peru y esta debidamente autorizada para comercializar, brindar soporte y capacitacion sobre todos los productos SYBASE, asi como para vender los contratos de soporte y mantenimiento de los productos SYBASE; constituyendose dicho representante de la MORDAZA matriz como proveedor unico y los servicios que ofrece como unicos y que no admiten sustitutos, resultando de aplicacion lo senalado en el literal e) del articulo 19° del TUO de la LCAE; Que, conforme a lo expuesto en el Informe Tecnico N° 014-2009-DL, la exoneracion esta referida a:
SERVICIO PROVEEDOR MONTO MORDAZA DE MORDAZA

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