Norma Legal Oficial del día 12 de febrero del año 2009 (12/02/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, jueves 12 de febrero de 2009

NORMAS LEGALES

390701

h) Establecer mecanismos que garanticen a las personas internadas en establecimientos de salud mental, a sus familiares y representantes, contar con recursos sencillos y eficaces de interposicion de quejas para la proteccion de sus derechos. Articulo Sexto.- RECOMENDAR a la Direccion Regional de Salud de Ica: Asegurar que en la nueva estructura del Hospital Departamental de Ica se mantenga una unidad de salud mental para la atencion y la hospitalizacion de los pacientes. Articulo Setimo.- RECOMENDAR a la Direccion Regional de Salud de Loreto: a) Disponer las medidas necesarias para mejorar la infraestructura, el mobiliario y las condiciones de MORDAZA de las personas internadas en el Centro de Rehabilitacion del Enfermo Mental de Iquitos (CREMI), asi como para dotarla de los recursos que permitan su adecuado funcionamiento. b) Dotar al CREMI de recursos profesionales calificados y en numero suficiente para garantizar la atencion permanente de los pacientes internados. Articulo Octavo.- REITERAR al director del Centro de Rehabilitacion del Enfermo Mental de Iquitos (CREMI): a) Adoptar medidas que aseguren la evaluacion periodica del estado de salud de los pacientes y de las indicaciones medicas, asi como su registro en las historias clinicas. Asimismo, asegurar el uso de los formatos de consentimiento informado. b) Mejorar la infraestructura, las instalaciones hospitalarias y los servicios higienicos, asi como realizar gestiones para asegurar la existencia de servicios basicos como el agua y la luz. c) Mejorar las condiciones de internamiento de los pacientes y el mobiliario de los dormitorios, en especial de las camas y colchones. Articulo Noveno.Provincial de Arequipa: RECOMENDAR al MORDAZA

conforme lo establece el articulo 27º de la Ley Organica de la Defensoria del Pueblo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Defensora del Pueblo 310842-2

OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES
Designan Asesor de la Jefatura Nacional de la ONPE
RESOLUCION JEFATURAL Nº 022-2009-J/ONPE MORDAZA, 9 de febrero de 2009 Vistos; el Memorando Nº 045-2009-SG/ONPE de la Secretaria General, el Memorando Nº 099-2009OGPDE/ONPE de la Oficina General de Planificacion y Desarrollo Electoral, el Informe Nº 067-2009-ORRHHOGA/ONPE de la Oficina de Recursos Humanos de la Oficina General de Administracion y el Informe Nº 0282009-OGAJ/ONPE de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, el articulo 21° de la Ley Nº 26487 - Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, establece que el vinculo laboral de sus trabajadores corresponde al regimen laboral de la actividad privada. Los puestos de trabajo, MORDAZA permanentes o temporales, seran cubiertos por concurso publico, salvo aquellos calificados como de confianza conforme a las leyes vigentes, que no excederan del 10% del total respectivo de trabajadores; Que, mediante Memorando Nº 045-2009-SG/ONPE la Secretaria General por disposicion de la Jefatura Nacional, comunica la designacion de la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de confianza de Asesor 2 de la Jefatura Nacional; Que, con Memorando Nº 099-2009-OGPDE/ONPE, la Oficina General de Planificacion y Desarrollo Electoral senala que se cuenta con recursos programados en el presupuesto institucional para cubrir la plaza Nº 006 del Cuadro para Asignacion de Personal, correspondiente al cargo de confianza MORDAZA citado; Que, a traves del Informe Nº 067-2009-ORRHH-OGA/ ONPE la Oficina de Recursos Humanos de la Oficina General de Administracion, expresa que la profesional propuesta, cumple con los requisitos referidos a la formacion academica y la experiencia laboral previstos en el Manual de Organizacion y Funciones aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 016-2008-J/ONPE y modificado por Resoluciones Jefaturales Nºs. 069 y 0902008-J/ONPE; En uso de las facultades contenidas en el articulo 13º de la Ley Nº 26487, Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y los literales r) y aa) del articulo 9º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la ONPE, aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 0992007-J/ONPE y modificado por Resoluciones Jefaturales Nºs. 007 y 058-2008-J/ONPE; Con el visado de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina General de Administracion; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar, a la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de confianza de Asesor 2 de la Jefatura Nacional de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, correspondiente a la plaza Nº 006 del Cuadro para Asignacion de Personal.

Garantizar la revision periodica del estado de salud de las personas con trastornos mentales que se encuentran internadas en el Albergue de Mendigos y Enfermos Mentales de Chilpinilla, asi como una oferta terapeutica dirigida a su reinsercion social. Articulo Decimo.- RECOMENDAR al Presidente de la Sociedad de Beneficencia Publica de San MORDAZA de Puno: Garantizar la revision periodica del estado de salud de las personas con trastornos mentales que se encuentran internadas en el Albergue de San MORDAZA, asi como una oferta terapeutica dirigida a su reinsercion social. Articulo Undecimo.- REITERAR a los jueces especializados en lo penal la exhortacion formulada para que soliciten a los Directores de los establecimientos de salud mental los informes medicos periodicos a los que se refiere el articulo 75º del Codigo Penal, y evaluar, sobre la base de dichos informes, la necesidad de mantener o no la medida de internacion. Articulo Decimosegundo.- REITERAR a los jueces especializados en lo civil la exhortacion formulada para que en las sentencias de interdiccion fijen de manera expresa y detallada la duracion y los aspectos afectados por tal medida. Articulo Decimotercero.- ENCARGAR a la Adjuntia para los Derechos Humanos y las Personas con Discapacidad, asi como a las Oficinas Defensoriales en el ambito de su circunscripcion, el seguimiento de las recomendaciones contenidas en el presente informe. Articulo Decimocuarto.- INCLUIR la presente Resolucion Defensorial en el Informe Anual de la Defensoria del Pueblo al Congreso de la Republica,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.