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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE FEBRERO DEL AÑO 2009 (13/02/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 15

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de febrero de 2009 390741 de los recursos autorizados en el artículo 1º de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitará a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevos Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto del Pliego involucrado instruirá a la Unidad Ejecutora para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3°.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de febrero del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 312749-5 Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para mantenimiento periódico y conservación de 3 861 km. de carreteras de la red vial DECRETO SUPREMO Nº 034-2009-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 4° de la Ley Nº 27791 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones establece que el referido Ministerio planifi ca, promueve y administra la provisión y prestación de servicios públicos vinculados a la infraestructura vial; Que, las acciones de mantenimiento y conservación de carreteras que desarrolla el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, evitan la pérdida de la inversión realizada en infraestructura vial, disminuyen los costos del transporte, facilitan la vialidad y mejoran la seguridad de la red vial; Que, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones solicita recursos adicionales a su presupuesto institucional aprobado por la Ley N° 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, para atender las acciones de conservación y mantenimiento de carreteras; Que, las acciones de conservación y mantenimiento de carreteras ayudarán a fomentar el empleo y preservar la inversión en infraestructura vial, mejorando el nivel de vida de la población y generando oportunidades productivas especialmente en zonas con indicadores adversos de pobreza; Que, la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas cuenta con recursos que permiten fi nanciar, en parte, el fi nanciamiento de las acciones de conservación y mantenimiento de carreteras, por lo que es necesario autorizar una Transferencia de Partidas por la suma de TRESCIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 300 000 000,00) en favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que comprende el mantenimiento periódico y conservación de aproximadamente 3 861 km. de carreteras de la red vial; De conformidad con lo establecido por el Artículo 45° de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: Artículo 1º.- Transferencia de Partidas Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para atender el mantenimiento y conservación de carreteras detalladas en la “Relación de carreteras para mantenimiento y conservación” que forma parte del presente Decreto Supremo, hasta por la suma de TRESCIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 300 000 000,00), de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General FUNCIÓN 03 : Planeamiento, Gestión y Reserva de Contingencia PROGRAMA FUNCIONAL 008 : Reserva de Contingencia SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0014 : Reserva de Contingencia ACTIVIDAD 000010 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) CATEGORÍA DEL GASTO GASTOS CORRIENTES 0. Reserva de Contingencia 300 000 000,00 ============ TOTAL 300 000 000,00 ============ A LA: SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 036 : Ministerio de Transportes y Comunicaciones UNIDAD EJECUTORA 007 : Provías Nacional FUNCIÓN 15 : Transporte PROGRAMA FUNCIONAL 033 : Transporte Terrestre SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0064 : Vías Nacionales ACTIVIDAD 000111 : Conservación de Carreteras FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) CATEGORÍA DEL GASTO GASTOS CORRIENTES 3. Bienes y Servicios 300 000 000,00 ============ TOTAL 300 000 000,00 ============ Artículo 2º.- Procedimiento para la aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de Pliego aprueban mediante Resolución la desagregación de los recursos habilitados, dentro de los cinco (5) días de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (5) días de aprobada a los Organismos señalados en el Artículo 23° numeral 23.2 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces de los Pliegos comprendidos en la presente Transferencia de Partidas, solicitarán a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como