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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de febrero de 2009 390749 indirectamente, individualmente ni en sociedad, bajo pena de perder, en benefi cio del Estado, el derecho así adquirido y que se exceptúa el caso de necesidad pública expresamente declarada por decreto supremo aprobado por el Consejo de Ministros conforme a Ley; Que, EMPRESA MINERA LOS QUENUALES S.A., empresa peruana en la cual la empresa GLENCORE FINANCE (BERMUDA) LTD., constituida bajo las leyes de Islas Bermudas, tiene el setenta y cuatro punto treinta y siete por ciento (74.37%) de participación, ha solicitado autorización para adquirir un (01) derecho minero ubicado en la zona de frontera con Bolivia del departamento de Puno; Que, el numeral V del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-92-EM, establece que la industria minera es de utilidad pública y la promoción de inversiones en la actividad minera es de interés nacional; Que, el artículo 13º del Decreto Legislativo Nº 757, Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada y sus normas reglamentarias, declara de necesidad nacional la inversión privada, nacional y extranjera, en actividades productivas realizadas o por realizarse en las zonas de frontera del país; Que, la solicitud formulada por la EMPRESA MINERA LOS QUENUALES S.A. se encuentra incluida dentro del supuesto de necesidad pública establecido en el artículo 71º de la Constitución Política del Perú, dado que el interés en establecer la titularidad del derecho minero solicitado trasciende al interés privado, incidiendo de manera importante en el bienestar de la comunidad, toda vez que mediante dicha excepción se trata de lograr el desarrollo de las zonas de frontera, con el consiguiente aumento del nivel de vida en la zona de incidencia de las actividades mineras descritas en el presente decreto supremo; Que, la solicitud de EMPRESA MINERA LOS QUENUALES S.A. cuenta con la opinión favorable del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, emitida mediante Ofi cio Nº 1718 EMCFFAA/D-4/PLN MOV de fecha 21 de mayo de 2008 suscrito por el Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas; De conformidad con lo establecido por el numeral 3) del artículo 11º de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 29158; y, en uso de las atribuciones previstas en los numerales 8) y 24) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Declarar de necesidad pública la inversión privada en actividades mineras, a fi n que EMPRESA MINERA LOS QUENUALES S.A. pueda adquirir y poseer concesiones y derechos sobre minas y recursos complementarios para el mejor desarrollo de sus actividades productivas, dentro de los cincuenta (50) kilómetros de la frontera sur del país, en los lugares donde se ubica el derecho minero que se detalla en el artículo 2º del presente decreto supremo. Artículo 2º.- Autorización de adquirir derechos mineros Autorizar a EMPRESA MINERA LOS QUENUALES S.A. a adquirir un (01) derecho minero, ubicado en el departamento de Puno, en la zona de frontera con Bolivia, que se detalla a continuación: Nº NOMBRE CÓDIGO ÁREA (Has.) DISTRITO PROVINCIA DEPARTAMENTO 1 YAULIYACU 42 010464507 400 Has. Juli / Conduriri Chucuito / El Collao Puno Artículo 3º.- Autorizaciones para actividades mineras La autoridad minera otorgará las autorizaciones para las actividades mineras en los derechos mineros a que se refi ere el artículo precedente a favor de la EMPRESA MINERA LOS QUENUALES S.A. previo cumplimiento de las disposiciones y requisitos legales aplicables y con estricto cumplimiento de las obligaciones internacionales del Perú. Artículo 4º.- Sanción La transferencia de la posesión o propiedad de los bienes a que se refi ere el presente decreto supremo a otros inversionistas extranjeros que no cuenten con la correspondiente autorización dará lugar a la pérdida del derecho adquirido, en benefi cio del Estado, conforme a lo establecido en el artículo 71º de la Constitución Política del Perú. Artículo 5º.- Refrendo El presente decreto supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Energía y Minas y el Ministro de Defensa. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de febrero del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas ANTERO FLORES-ARÁOZ ESPARZA Ministro de Defensa 312749-9 Oficializan la IV Feria de Gas Natural Vehicular EXPO PERÚ GNV 2009: Económico y Ecológico RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 090-2009-MEM/DM Lima, 11 de febrero de 2009 VISTO: La comunicación del Grupo Perú Events, suscrita por su Coordinadora Comercial, señora Nora Santillán V., por la que solicita la ofi cialización de la “IV Feria de Gas Natural Vehicular EXPO PERÚ GNV 2009: Económico y Ecológico”. CONSIDERANDO: Que, el Grupo Perú Events solicita el reconocimiento ofi cial de la “IV Feria de Gas Natural Vehicular EXPO PERÚ GNV 2009: Económico y Ecológico”, a realizarse los días 9, 10 y 11 de julio del 2009; Que mediante Informe Nº 02-2009-MEM/DGH-DNH, la Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas manifi esta que la referida feria, contribuye con la política de Estado de promover el desarrollo de consumo de gas natural en el sector transporte, asimismo, promueve el desarrollo de la matriz energética; por lo que recomienda autorizar la ofi cialización del referido evento. Que la institución solicitante ha cumplido con los requisitos señalados en la Resolución Nº 050-2001-EM/ SG, la cual regula el procedimiento para la ofi cialización de eventos nacionales que las entidades públicas o privadas soliciten al Ministerio de Energía y Minas. De conformidad con el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM y el Anexo de la Resolución Ministerial Nº 050-2001-EM/SG, numeral 3.3; SE RESUELVE: Artículo Único.- Ofi cializar la “IV Feria de Gas Natural Vehicular EXPO PERÚ GNV 2009: Económico y Ecológico”, a realizarse los días 9, 10 y 11 de julio de 2009. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 312556-1