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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de febrero de 2009 390752 RELACIONES EXTERIORES Autorizan a la Universidad Nacional de Ingeniería Unidad Ejecutora 002 INICTEL - UNI a efectuar pago de cuota a la UIT RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 060-2009-RE Lima, 12 de febrero de 2009 VISTO: El Ofi cio Nº 143-2009-INICTEL-UNI-OPP, de fecha 26 de enero de 2009, de la Universidad Nacional de Ingeniería por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de contribuciones a la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT); CONSIDERANDO: Que el artículo 67º numeral 67.3 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de contribuciones a la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), con cargo al presupuesto de la Universidad Nacional de Ingeniería, Unidad Ejecutora 002 INICTEL - UNI; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Universidad Nacional de Ingeniería, Unidad Ejecutora 002 INICTEL-UNI, a efectuar el pago de CHF 3,975.00 (TRES MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO Y 00/100 FRANCOS SUIZOS) a la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT). Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán fi nanciados con cargo al presupuesto de la Universidad Nacional de Ingeniería, Unidad Ejecutora 002 INICTEL - UNI. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 312749-15 Delegan facultades para la suscripción de Enmienda a Acuerdo celebrado con la Confederación Suiza, relativo al Proyecto “Programas de Cooperación Comercial (PCC)” Fase II - Vigencia del 1.9.2005 al 31.12.2008 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 061-2009-RE Lima, 12 de febrero de 2009 Visto la Hoja de Trámite (GAC) Nº 557 del 2 de febrero de 2009 del Gabinete de Coordinación del Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores; Debiéndose suscribir la Enmienda al Acuerdo entre la Confederación Suiza, representada por la Embajada de Suiza - Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperación (COSUDE) y la República del Perú, representada por el Ministerio de Relaciones Exteriores - Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) relativo al Proyecto “Programa de Cooperación Comercial (PCC)” Fase II - Vigencia del 1.9.2005 al 31.12.2008; De conformidad con lo establecido en el inciso g) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112 de 28 de diciembre de 1992; y el Decreto Supremo Nº 031-2007-RE de 21 de mayo de 2007; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar en la persona del señor Licenciado Carlos Pando Sánchez, Director Ejecutivo de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), las facultades sufi cientes para que suscriba la Enmienda al Acuerdo entre la Confederación Suiza, representada por la Embajada de Suiza - Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperación (COSUDE) y la República del Perú, representada por el Ministerio de Relaciones Exteriores - Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) relativo al Proyecto “Programa de Cooperación Comercial (PCC)” Fase II - Vigencia del 1.9.2005 al 31.12.2008. Artículo 2º.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al señor Licenciado Carlos Pando Sánchez, Director Ejecutivo de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI). Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 312749-16 Modifican el artículo 1º de la R.S. Nº 252-2008-RE RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 062-2009-RE Lima, 12 de febrero de 2009 Vista la Resolución Suprema Nº 252-2008-RE, publicada el 4 de octubre de 2008, mediante la cual se nombra Cónsul Honorario del Perú en la Ciudad Metropolitana de Incheon, República de Corea, al señor Hang Young Chul; Visto el mensaje Nº 849, del 5 de noviembre de 2008, a través del cual la Embajada del Perú en la República de Corea señala que en la Resolución Suprema Nº 252- 2008-RE se ha consignado incorrectamente el nombre del Cónsul Honorario del Perú en la Ciudad Metropolitana de Incheon, República de Corea, como Hang Young Chul en lugar de Han Young Chul; Vista la necesidad de modifi car el nombre del Cónsul Honorario del Perú en la Ciudad Metropolitana de Incheon consignado erróneamente en el artículo 1º de la Resolución Suprema Nº 252-2008-RE; Con la opinión favorable de la Subsecretaría de Comunidades Peruanas en el Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores y de la Embajada del Perú en Seúl, República de Corea; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118º inciso 11) de la Constitución Política del Perú; en los artículos 106º, 107º y 108º del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 076-2005- RE del 5 de octubre de 2005; así como en la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963; y, Estando a lo acordado;