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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE FEBRERO DEL AÑO 2009 (15/02/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 15 de febrero de 2009 390866 Autorizan participación de embarcaciones arrastreras de mayor escala en la Operación Merluza XIV RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 041-2009-PRODUCE/DGEPP Lima, 15 de enero del 2009. Visto el Informe Nº 021-2009-PRODUCE/DGEPP- Dch del 15 de enero de 2009 de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero y el Ofi cio Nº DE- 100-004-2009-PRODUCE/IMP de fecha 8 de enero de 2009 del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, sobre la ejecución de la “Operación Merluza XIV”. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 775-2008- PRODUCE del 5 de noviembre de 2008, se suspendió la actividad extractiva del recurso merluza (Merluccius gayi peruanus) a partir de las 00:00 horas del 9 de noviembre del 2008, en el área marítima comprendida entre los paralelos 04º 30’ y 06º 00’ Latitud Sur. Dicha prohibición comprende el desarrollo de actividades extractivas por parte de la fl ota arrastrera de mayor escala (industrial) y menor escala; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 874-2008-PRODUCE del 30 de diciembre del 2008, se estableció el Régimen Provisional de Pesca del recurso merluza correspondiente al año 2009, en el marco del cual se autorizó la actividad extractiva del citado recurso desde el 1 de enero al 31 de diciembre del 2009 en el área marítima comprendida desde el extremo norte del dominio marítimo del Perú y el paralelo 06º 00’ Latitud Sur; además se fijó la cuota total de pesca del recurso merluza en 45,000 toneladas métricas; Que, en el artículo 6º de la norma legal a que se hace referencia en el considerando precedente, se dispuso mantener la suspensión de la actividad extractiva del recurso merluza establecida por la Resolución Ministerial Nº 775-2008-PRODUCE, hasta que el Instituto del Mar - IMARPE recomiende lo contrario; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 017- 2009-PRODUCE del 14 de enero del 2009 se autorizó al IMARPE la ejecución de la Operación Merluza XIV en el área marítima comprendida entre Puerto Pizarro (03º 30’ S) y Pimentel (07º 00’ S), del 16 al 21 de enero del 2009, con la participación de siete (7) embarcaciones arrastreras con permiso de pesca vigente para la extracción del recurso merluza y que participan en el Régimen Provisional de Pesca autorizado por la Resolución Ministerial Nº 874-2008- PRODUCE. Para cuyo efecto, el IMARPE seleccionará las embarcaciones pesqueras participantes y remitirá a la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Producción la relación de las mismas, para que mediante Resolución Directoral se autorice la actividad de dichas embarcaciones; Que el IMARPE mediante el Ofi cio Nº DE-100-004- 2009-PRODUCE/IMP del 8 de enero del 2009, remitió la relación de siete (7) embarcaciones pesqueras arrastreras que participarán en la Operación Merluza XIV que cuentan con permiso de pesca vigente y en estado operativo; las mismas que operarán de acuerdo a las subáreas que les han sido asignadas; De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012- 2001-PE y el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza, aprobado por Decreto Supremo Nº 016- 2003-PRODUCE; Con el visado del Viceministro de Pesquería; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a las embarcaciones arrastreras de mayor escala con permiso de pesca vigente y que participan en el Régimen Provisional de Pesca autorizado por la Resolución Ministerial Nº 874- 2008-PRODUCE que se detallan en el Anexo I de la presente resolución, para participar en la Operación Merluza XIV conforme las subáreas que se indican en dicha relación. Artículo 2º.- Publicar como Anexo II la relación de embarcaciones arrastreras de mayor escala con permiso de pesca vigente y que participan en el Régimen Provisional de Pesca autorizado por la Resolución Ministerial Nº 874-2008-PRODUCE que han sido seleccionadas a participar en la Operación Merluza XIV, en calidad de suplentes; por lo que su actuación está sujeta a lo dispuesto en el artículo 3º de la presente resolución. Artículo 3º.- Cuando por causa de problemas técnicos la embarcación pesquera no pueda participar en la presente Operación Merluza XIV, el IMARPE dispondrá la sustitución de la misma conforme a la relación publicada como Anexo II de la presente resolución. Artículo 4º.- La Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción y las Direcciones Regionales de Producción de Tumbes, Piura y Lambayeque, dentro del ámbito de sus respectivas competencias y jurisdicciones, velarán por el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO ANTONIO ESPINO SANCHEZ Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 041-2009-PRODUCE/DGEPP Anexo I RELACIÓN DE EMBARCACIONES PESQUERAS QUE PARTICIPARAN EN LA OPERACIÓN MERLUZA XIV SUBAREA AMPLITUD EMBARCACIÓN MATRÍCULA ARMADOR O EMPRESA A 03° 30’ 00” - 04° 00’ 00”s MATILDE CO-2464-CM ARMADORES Y CONGELADORES DEL PACÍFICO S.A. B 04° 00’ 01” - 04° 30’ 00” S ONDINA PT-3809-CM CONSORCIO CORPESCA DEXIM S.R.L. 04° 30’ 01” - 05° 00’ 00” S SNAEFARI PT-12295-PM AGROPESCA S.A. C 05° 00’ 01” - 05° 30’ 00” S SANTA MONICA V PT-20958-PM INDUSTRIAL PESQUERA SANTA MONICA S.A. 05° 30’ 01” - 06° 00’ 00” S CAMELOT CO-13021-PM PESQUERA TERRANOVA S.A. D 06° 00’ 01” - 07° 00’ 00” S AURITA PT-22684-CM ARMADORES Y CONGELADORES DEL PACÍFICO S.A. POSEIDON PT-1771-CM INDUSTRIAL PESQUERA SANTA MONICA S.A. Relación enviada con Ofi cio N° DE-100-004-2009-PRODUCE/IMP por el Instituto del Mar del Perú - IMARPE Anexo II RELACIÓN DE EMBARCACIONES PESQUERAS QUE PARTICIPARAN EN LA OPERACIÓN MERLUZA XIII, EN CALIDAD DE SUPLENTES EMBARCACIÓN MATRÍCULA ARMADOR O EMPRESA DOS HERMANOS PT-3881-CM PESQUERA HAYDUK S.A. Relación enviada con Ofi cio N° DE-100-004-2009-PRODUCE/IMP por el Instituto del Mar del Perú - IMARPE 313255-1