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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 15 de febrero de 2009 390876 Artículo 7°.- La presente resolución entrará en vigencia el día de su publicación. Artículo 8°.- Continental S.A. Sociedad Administradora de Fondos deberá publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 9°.- Transcribir la presente resolución a Continental S.A. Sociedad Administradora de Fondos y al Banco Continental en su calidad de custodio. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO MANCO MANCO Director de Patrimonios Autónomos (e) 312912-1 INSTITUTO GEOLOGICO MINERO METALURGICO Disponen publicar relación de concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de enero de 2009 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 0024-2009-INGEMMET/PCD Lima, 10 de febrero de 2009 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 008-2007-EM se aprueba la fusión del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero – INACC con el Instituto Geológico Minero y Metalúrgico – INGEMMET, correspondiéndole al Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET la calidad de entidad incorporante; Que, mediante Decreto Supremo Nº 035-2007-EM del 5 de julio del 2007, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero – INACC (hoy INGEMMET), publicará mensualmente en el Diario Ofi cial El Peruano, por una sola vez, la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Con la visación de la Dirección de Concesiones Mineras y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; y, el artículo 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Publíquese en el Diario Oficial El Peruano las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de enero de 2009, de acuerdo a la relación adjunta que es parte integrante de la presente resolución y para los efectos a que se contraen los artículos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Regístrese y publíquese. WALTER T. CASQUINO Presidente del Consejo Directivo INGEMMET 313177-1 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Aprueban Directiva denominada “Normas de Implementación de la Ley Nº 29299, Ley de Ampliación de la Protección Patrimonial y Transferencia de Participación Accionaria del Estado a las Empresas Agrarias Azucareras” RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DE INDECOPI Nº 018-2009-INDECOPI/COD Lima, 12 de febrero de 2009 CONSIDERANDO: Que por Ley Nº 29299, Ley de Ampliación de la protección Patrimonial y Transferencia de Participación Accionaria del Estado a las Empresas Agrarias Azucareras, se ha ampliado hasta el 31 de diciembre de 2010 la protección patrimonial contenida en el numeral 4.1.del Artículo 4º de la Ley 28027, Ley de la Actividad Empresarial de la Industria Azucarera; Que el Artículo 3º de la Ley 29299 asigna al INDECOPI la verifi cación de la presentación de la documentación requerida para acogerse a lo dispuesto en el citado Régimen de Protección Patrimonial, así como la determinación del procedimiento para la presentación y seguimiento necesarios para acceder y permanecer en el citado Régimen; Que a fi n de garantizar la plena vigencia del referido régimen de protección patrimonial, es necesario aprobar las normas de procedimiento que deben cumplir las empresas agrarias azucareras que resulten comprendidas en el ámbito de la Ley 29299; Estando al acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la institución; y, De conformidad con el inciso f) del artículo 7.3º del Decreto Legislativo Nº 1033, Ley de Organización y Funciones del INDECOPI; RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la Directiva Nº 001-2009/ COD-INDECOPI, denominada Normas de Implementación de la Ley Nº 29299, Ley de Ampliación de la protección Patrimonial y Transferencia de Participación Accionaria del Estado a las Empresas Agrarias Azucareras. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME THORNE LEÓN Presidente del Consejo Directivo DIRECTIVA Nº 001-2009/COD-INDECOPI NORMAS DE IMPLEMENTACIÓN DE LA LEY Nº 29299, LEY DE AMPLIACIÓN DE LA PROTECCIÓN PATRIMONIAL Y TRANSFERENCIA DE PARTICIPACIÓN ACCIONARIA DEL ESTADO A LAS EMPRESAS AGRARIAS AZUCARERAS I. OBJETIVO Determinar el procedimiento aplicable al Régimen de Protección Patrimonial creado por la Ley Nº 28027, Ley de la actividad Empresarial de la Industria Azucarera, en