TEXTO PAGINA: 29
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 15 de febrero de 2009 390883 CONSIDERANDO: Primero.- Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huaura solicita la conversión de diversos órganos jurisdiccionales transitorios, con la fi nalidad de proseguir con la mejora del servicio de impartición de justicia conforme el nuevo sistema acusatorio adversarial; Segundo.- Que, por Resoluciones Administrativas N° 078-2006 y N° 188-2008-CE-PJ, se crearon y prorrogaron el funcionamiento de órganos jurisdiccionales liquidadores transitorios en el Distrito Judicial de Huaura; Tercero.- Que, conforme a los informes estadísticos sobre los ingresos de causas y producción de los órganos jurisdiccionales que tramitan expedientes bajo los alcances del nuevo Código Procesal Penal que tiene la condición de transitorios; así como de aquellos que están atendiendo expedientes bajo las normas del Código de Procedimientos Penales, considerados como liquidadores en las provincias de Huaura, Barranca y Huaral, se evidencia la necesidad de prorrogar su funcionamiento, en aras de proseguir satisfactoriamente la implementación del nuevo ordenamiento procesal penal; Cuarto: Asimismo, se advierte que los Juzgados Penales Unipersonales de las provincias de Barranca y Huaral, tienen carga procesal para juzgamiento al uno de diciembre del año en curso ascendente a 299 y 426 expedientes, respectivamente; situación que también es necesario resolver; Quinto: Que, transcurrido más de dos años de la implementación del nuevo Código Procesal Penal en el Distrito Judicial de Huaura, se hace indispensable adoptar las medidas y acciones pertinentes que garanticen la efi ciencia con que viene funcionando el sistema acusatorio adversarial y su fortalecimiento, así como incentivar el proceso de liquidación de expedientes aún existente bajo las normas del Código de Procedimientos Penales, en el menor tiempo posible; Sexto: Que, la Gerencia General del Poder Judicial mediante Informe N° 135-2008-SEP-GP-GG- PJ concluye que es factible realizar diversas acciones en la mencionada Corte Superior de Justicia, a fi n de contribuir a mejorar el servicio en la especialidad penal, tanto de los procesos en liquidación, como los adecuados y del nuevo sistema; Sétimo: Que, es política de este Órgano de Gobierno, conforme se realice la liquidación de los expedientes de acuerdo al antiguo Código de Procedimientos Penales, ir desarrollando acciones de liquidación en otras Cortes Superiores de Justicia, para lo cual dados los escasos recursos fi nancieros con que cuenta la Institución tienen que racionalizarse al máximo y mejorar el servicio en esa especialidad; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de conformidad con lo previsto en el artículo 82°, incisos 24° y 26°, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, sin la intervención del señor Consejero Enrique Rodas Ramírez por encontrarse de licencia, por unanimidad, RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar, al 31 de marzo de 2009, el funcionamiento de los siguientes órganos jurisdiccionales transitorios del Distrito Judicial de Huaura: PROVINCIA DE HUAURA • La Sala Superior Especializada Penal Liquidadora, • El Juzgado Penal Colegiado, • El Juzgado de la Investigación Preparatoria; y • El Primer y Segundo Juzgados Especializados en lo Penal Liquidadores. PROVINCIA DE BARRANCA • El Juzgado de la Investigación Preparatoria, • El Primer Juzgado Especializado en lo Penal Liquidador, que además de recibir la carga procesal del Segundo Juzgado Especializado en lo Penal Transitorio se denominará Juzgado Penal Liquidador. PROVINCIA DE HUARAL • El Juzgado Penal de la Investigación Preparatoria, • El Primer Juzgado Especializado en lo Penal Liquidador, que además de recibir la carga procesal del Segundo Juzgado Especializado en lo Penal Transitorio se denominará Juzgado Penal Liquidador. Artículo Segundo.- Convertir los siguientes órganos jurisdiccionales del mencionado Distrito Judicial, en la forma que a continuación se indica: • El Segundo Juzgado Especializado en lo Penal Liquidador de la Provincia de Barranca, en el Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de la misma provincia, • El Segundo Juzgado Especializado en lo Penal Liquidador de la Provincia de Huaral, en el Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de la misma provincia. Artículo Tercero.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de la Corte Superior de Justicia de Huaura, a adoptar las acciones complementarias que resulten necesarias para el adecuado cumplimiento de lo dispuesto precedentemente. Artículo Cuarto.- Disponer que el Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, realice una evaluación integral al Distrito Judicial de Huaura en la especialidad penal con miras al cumplimiento del tercer año de implementación de la referida norma procesal, dando cuenta al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Artículo Quinto.- Las disposiciones contenidas en la presente resolución, no ocasionarán mayores gastos al Poder Judicial. Artículo Sexto.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ministerio Público, Ministerio de Justicia, Ministerio del Interior, Equipo Técnico de Implementación del Código Procesal Penal, Corte Superior de Justicia de Huaura, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. SS. FRANCISCO TAVARA CORDOVA ANTONIO PAJARES PAREDES JAVIER ROMAN SANTISTEBAN SONIA TORRE MUÑOZ WALTER COTRINA MIÑANO 313253-5 Autorizan viajes de magistrados a Colombia y Costa Rica para realizar visitas de trabajo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 037-2009-CE-PJ Lima, 4 de febrero de 2009 VISTAS: La carta cursada por el doctor Hernando Torres Corredor, Presidente del Consejo Superior de la Judicatura de la República de Colombia; y la carta remitida por el señor doctor Alfonso Chaves Ramírez, Presidente en ejercicio de la Corte Suprema de Justicia de la República de Costa Rica; y,