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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 8 de julio de 2009 398744 Nombre del Sitio Arqueológico Nº de Plano en Datum PSAD56 Nº de Plano en Datum WGS84 Área (m2) Área (ha) Perímetro (m) Puruchuco – Segunda Zona PP-027-INC_ DREPH-DA- SDIC-2009 PSAD56 PP-027-INC_ DREPH-DA- SDIC-2009 WGS84 341,726.99 34.1726 2683.90 Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) de la condición de patrimonio cultural de la Nación del monumento arqueológico prehispánico mencionado en el artículo 1º y de los planos señalados en el artículo 2º de la presente resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del monumento arqueológico prehispánico declarado patrimonio cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación previa del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Remítase copia fedateada de la presente resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 368729-4 INSTITUTO PERUANO DE ENERGIA NUCLEAR Aprueban Norma “Requisitos de Seguridad Radiológica en Radiografía Industrial” RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 147-09-IPEN/PRES Lima, 26 de junio de 2009 VISTO: El Memorándum Nº 039-09-OTAN de fecha 3 de febrero de 2009 y el Proveído Nº 886-09-PRES, sobre aprobación de la norma IR.001.2009 Requisitos de Seguridad Radiológica en Radiografía Industrial; CONSIDERANDO: Que, el Instituto Peruano de Energía Nuclear tiene como función emitir normas relativas a seguridad radiológica y nuclear, conforme con lo establecido en su Ley Orgánica aprobada por Decreto Ley Nº 21875; Que, la Ley Nº 28028, Ley de Regulación del Uso de Fuentes de Radiación Ionizante encarga al IPEN, como Autoridad Nacional, la función de regular la seguridad radiológica y física de las fuentes de radiación ionizante en el territorio nacional; Que, el Reglamento de Seguridad Radiológica aprobado por Decreto Supremo Nº 009-97-EM ha establecido disposiciones generales de seguridad radiológica que se deben cumplir para la exposición ocupacional a radiaciones, la exposición del público y la seguridad de las fuentes de radiación de acuerdo con los requisitos específi cos que determine la Autoridad Nacional; Que, la utilización de fuentes de radiaciones en radiografía industrial debe efectuarse siguiendo medidas apropiadas de seguridad y protección de manera que se controle adecuadamente los riesgos que representa por lo que es necesario regularla en forma específi ca, conforme al Informe de Sustentación de Norma de fecha 3 de febrero de 2009; De conformidad con el artículo 6º incido d) del Decreto Ley Nº 21875, Ley Orgánica del IPEN, artículo 3º de la Ley Nº 28028, Ley de Regulación del Uso de Fuentes de Radiación Ionizante, Tercera Disposición Complementaria del Reglamento de la Ley Nº 28028, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 039-2008-EM y artículo 10º inciso c) de Decreto Supremo Nº 062-2005-EM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del IPEN; Con el visto del Director de la Ofi cina Técnica de la Autoridad Nacional y de la Directora de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Norma IR.001.2009 “Requisitos de Seguridad Radiológica en Radiografía Industrial”, que en veinte (20) folios útiles debidamente rubricados y sellados forman parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Otorgar un plazo de cuarenta y cinco (45) días calendario a partir de la fecha de publicación de la presente norma, para que los titulares de licencias vigentes en radiografía industrial, se adecúen a las disposiciones de seguridad prescritas. Regístrese y comuníquese. CARLOS BARREDA TAMAYO Presidente Instituto Peruano de Energía Nuclear OFICINA TÉCNICA DE LA AUTORIDAD NACIONAL REQUISITOS DE SEGURIDAD RADIOLÓGICA EN RADIOGRAFÍA INDUSTRIAL IR.001.2009 ÍNDICE 0. INTRODUCCIÓN 1. OBJETIVO 2. ALCANCE 3. DEFINICIONES 4. REQUERIMIENTOS GENERALES 5. REQUISITOS ADMINISTRATIVOS 6. REQUISITOS DE SEGURIDAD Requisitos de diseño Requisitos Operacionales Transporte de fuentes radiactivas Seguridad física Mantenimiento 7. EXPOSICIÓN OCUPACIONAL Establecimiento de áreas de trabajo Dosimetría personal Vigilancia radiológica de las áreas de trabajo Investigación y comunicación 8. EXPOSICIÓN AL PUBLICO 9. EXPOSICIÓN POTENCIAL 10. EMERGENCIAS 11. GESTION DE CALIDAD ANEXO I. REQUISITOS PARA OBTENER LICENCIAS EN RADIOGRAFIA INDUSTRIAL ANEXO II. REQUISITOS PARA LA LICENCIA INDIVIDUAL ANEXO III. FUNCIONES DEL PERSONAL DE RADIOGRAFÍA INDUSTRIAL ANEXO IV. PROGRAMAS DE CAPACITACION EN PROTECCION RADIOLOGICA REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS PARTICIPANTES