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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 12 de julio de 2009 399002 Álvarez con matrícula Nº N-3855 en el Registro del Sistema de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Vida, que lleva esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 370228-1 Autorizan al Banco Financiero del Perú el cierre, traslado y apertura de oficinas en los departamentos de Lima, Piura, Moquegua, Arequipa y Junín RESOLUCIÓN SBS Nº 7812-2009 Lima, 7 de julio de 2009 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por el Banco Financiero del Perú, para que se le autorice el cierre, traslado, y apertura de ofi cinas, de acuerdo con el detalle descrito en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “A” mediante el Informe Nº 76-2009- DSB “A”; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 30º y 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 1096-2005; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Banco Financiero del Perú el cierre de tres (03) ofi cinas especiales, según el siguiente detalle: - Ofi cina Especial CARSA Surquillo, ubicada en la Av. República de Panamá Nº 4123, distrito de Surquillo, provincia y departamento de Lima; - Ofi cina Especial San Miguel, ubicada en la Av. La Marina Nº 3151, Urb. Maranga, distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima; y, - Ofi cina Especial CARSA San Juan de Mirafl ores 2, ubicada en la Av. San Juan Nº 1154, distrito de San Juan de Mirafl ores, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- Autorizar al Banco Financiero del Perú el traslado de dos (02) ofi cinas especiales, según el siguiente detalle: - Ofi cina Especial Carsa Piura II, de la Av. Grau Nº 299, distrito, provincia y departamento de Piura a la Av. Grau Nº 373-B, distrito, provincia y departamento de Piura; y, - Ofi cina Especial Carsa Ilo, de la Calle Moquegua Nº 816, distrito, provincia y departamento de Ilo a la Calle 28 de Julio Nº 509, distrito y provincia de Ilo, y departamento de Moquegua. Artículo Tercero.- Autorizar al Banco Financiero del Perú la apertura de cuatro (04) ofi cinas, según el siguiente detalle: - Ofi cina C.C. Grau, ubicada en la Av. Grau Nº 250-256, Jr. José Gálvez Nº 171-199, y Jr. Antonio Raymondi Nº 239-251, distrito de La Victoria, provincia y departamento de Lima; - Ofi cina Arequipa, ubicada en la Calle La Merced Nº 112 y Calle Palacio Viejo Nº 211, distrito, provincia y departamento de Arequipa; - Ofi cina San Hilarión, ubicada en la Av. Los Jardines Oeste Nº 164-164 A- 166, Urb. Pro Vivienda San Hilarión, Segunda Etapa, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; y, - Ofi cina Especial Carsa Huancayo II, ubicada en la Av. Giraldez Nº 271, distrito y provincia de Huancayo, departamento de Junín. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIEGO CISNEROS SALAS Superintendente Adjunto de Banca y Microfi nanzas 370983-1 Autorizan viaje de funcionaria para efectuar visita de inspección a la Subsidiaria del Banco de Crédito del Perú en Bolivia RESOLUCIÓN SBS Nº 8294-2009 10 de julio de 2009 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La comunicación cursada por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero de Bolivia (ASFI) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), a través de la cual otorga su no objeción a la realización de una Visita de Inspección a la Subsidiaria del Banco de Crédito del Perú en Bolivia, la misma que se viene realizando del 06 al 22 de julio de 2009, en la ciudad de La Paz, República de Bolivia; CONSIDERANDO: Que, en virtud del numeral 13 del artículo 132º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, en adelante Ley General, el cual establece que la supervisión consolidada de los conglomerados fi nancieros o mixtos constituye una forma de atenuar los riesgos para el ahorrista, se viene realizando una supervisión conglomerada al Banco de Crédito del Perú; Que, en tal sentido, en el marco del Programa de Fortalecimiento de la Supervisión y Regulación Bancaria que viene realizando la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y el Memorando de Cooperación y/o Entendimiento celebrado entre esta Superintendencia y la ex Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras de Bolivia, ahora Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero, se han realizado coordinaciones con la citada institución a fi n que representantes de esta entidad supervisora realicen una visita de inspección a la Subsidiaria del Banco de Crédito del Perú en Bolivia; Que, el principal objetivo de la citada visita de inspección, está centrado en la evaluación del riesgo crediticio y la revisión del grado de implementación de las recomendaciones efectuadas por esta Superintendencia en la visita realizada a la indicada entidad en el año 2008; Que, para el efecto, un equipo de trabajo de esta Superintendencia viene realizando la referida visita de inspección, siendo de interés para la Institución, designar a la señora Patricia Salas Cortés, Intendente de Banca de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfi nanzas, para que en representación de esta Superintendencia se incorpore al equipo de trabajo de la citada Visita de Inspección, del 15 al 17 de julio de 2009; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-12, ha dictado una serie de