Norma Legal Oficial del día 18 de junio del año 2009 (18/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 18 de junio de 2009

el procedimiento que seran aplicados por este organismo para la determinacion del Proveedor Importante de Servicios Publicos de Telecomunicaciones. Asi, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 040-2008-CD/OSIPTEL, del 08 de diciembre de 2008, se publico la propuesta para comentarios de la "Metodologia y Procedimiento para determinar Proveedores Importantes de Servicios Publicos de Telecomunicaciones sujetos a obligaciones establecidas en el Decreto Legislativo Nº 1019", concluyendo el plazo para recibir comentarios el 23 de diciembre de 2008. II. OBJETIVO El objetivo previsto por la Ley es el de establecer un MORDAZA normativo adecuado para permitir el acceso y uso compartido de la infraestructura de telecomunicaciones de los proveedores importantes a fin de reducir la brecha en infraestructura y promover la competencia en la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones. De este modo, se busca asegurar que los concesionarios de estos servicios puedan acceder en condiciones razonables y no discriminatorias a infraestructura de telecomunicaciones de los proveedores importantes en cada servicio publico de telecomunicaciones, asi como a la coubicacion. En linea con estos objetivos, la presente metodologia servira para delimitar el MORDAZA relevante en los servicios publicos de telecomunicaciones y, sobre esa base, determinar a los proveedores importantes que estaran obligados a compartir su infraestructura con otras empresas operadoras de servicios publicos de telecomunicaciones. Asimismo, se establece tambien el procedimiento que seguira el OSIPTEL para la determinacion de los proveedores importantes en cada MORDAZA de telecomunicaciones, de modo que las decisiones del regulador resulten predecibles tanto para los operadores que MORDAZA objeto de la calificacion de proveedores importantes como para los operadores que soliciten a aquellos la comparticion de su infraestructura. Se debe agregar que las determinaciones sobre mercados relevantes, asi como las determinaciones sobre los operadores con posicion de dominio y proveedores importantes bajo este procedimiento, se aplican exclusivamente dentro del MORDAZA de la Ley de Acceso a la Infraestructura de los Proveedores Importantes de Servicios Publicos de Telecomunicaciones. Por tanto, las decisiones que se emitan en este procedimiento no tendran ningun efecto fuera del ambito de aplicacion de dicha Ley. III. PROPUESTA DE TRABAJO La Ley establece que la determinacion de los proveedores importantes de telecomunicaciones debe ser realizada por el OSIPTEL, basado en la definicion general establecida en el Articulo 5º de la misma Ley: "Proveedor Importante de Servicios Publicos de Telecomunicaciones: Proveedor o concesionario de servicio publico de telecomunicaciones que tiene la capacidad de afectar de manera importante las condiciones de participacion, desde el punto de vista de los precios y del suministro, en el MORDAZA relevante de servicios publicos de telecomunicaciones, como resultado de: (a) control de las instalaciones esenciales; o, (b) la utilizacion de su posicion en el mercado." Para tales efectos, se ha realizado un analisis de la experiencia internacional, asi como una revision bibliografica que permita el establecimiento de una metodologia sobre la cual el OSIPTEL determine a los proveedores importantes de los servicios publicos de telecomunicaciones. Asimismo, se ha analizado los comentarios recibidos a la propuesta, incorporandose aquellos estimados convenientes. A continuacion se expone resumidamente la propuesta de Metodologia y Procedimiento que se aplicara para la determinacion de los proveedores importantes: (i) Se determinara un conjunto de mercados de partida que serviran para el analisis de los casos que se

presenten, asi como para los analisis que se iniciaran de oficio por el OSIPTEL con el fin de determinar a los proveedores importantes. Para tal fin, se elaborara un Documento MORDAZA en el que se identifique a dichos mercados de partida. (ii) El Documento MORDAZA incluira la designacion de un subconjunto de mercados para los cuales el OSIPTEL inmediatamente iniciara, de oficio, un analisis de proveedores importantes en dichos mercados, por ser considerados "mercados prioritarios" para el desarrollo de la competencia en el sector. (iii) Para el resto de mercados ­es decir, los que no MORDAZA designados como "mercados prioritarios"-, se realizara un analisis caso por caso: (a) cada vez que un operador de servicios publicos de telecomunicaciones lo solicite o (b) cuando un operador solicite a otro que considere es un Proveedor Importante segun lo establecido en la Ley, la comparticion de su infraestructura y esta comparticion le sea negada, de modo de determinar si efectivamente se trata de un operador que debe ser calificado como Proveedor Importante y que, por tanto, debe estar obligado a compartir dicha infraestructura. Se definen en el Informe los plazos para la realizacion de los informes y para la recepcion de comentarios de los interesados. (iv) La designacion de un operador como Proveedor Importante se realizara sobre la base de un analisis de MORDAZA relevante, el cual se refiere al conjunto de bienes y servicios que se considera tienen una relacion de sustitucion importante entre si respecto a sus caracteristicas, precio y uso, dentro de un area geografica delimitada donde las condiciones de competencia tengan un nivel importante de homogeneidad. Dentro de este MORDAZA relevante, se analizara la existencia o inexistencia de algun proveedor o proveedores con posicion de dominio en el mercado. Estos seran designados como proveedores importantes y estaran, por tanto, obligados a compartir infraestructura segun lo establecido en el Decreto Legislativo Nº1019. (v) Las metodologias cualitativas y cuantitativas para la determinacion del MORDAZA relevante, asi como para el analisis de posicion de dominio en el MORDAZA, se encuentran explicadas en el informe tecnico elaborado por el OSIPTEL que sustenta esta propuesta. (vi) Por ultimo, cabe senalar que las resoluciones mediante las cuales se determine a los proveedores importantes en mercados prioritarios, asi como aquellas que resulten de los procedimientos a solicitud, se actualizaran con una periodicidad de tres (3) anos, de modo de determinar si se mantiene la posicion de dominio de dichos proveedores en sus respectivos mercados. 361649-1

Modifican Anexos I y II de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 121-2003CD/OSIPTEL mediante la cual se establecieron disposiciones para la MORDAZA de informacion periodica por parte de empresas operadoras de servicios publicos de telecomunicaciones
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 024-2009-CD/OSIPTEL MORDAZA, 11 de junio de 2009 Modificacion de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 121-2003-CD/ OSIPTEL

MATERIA : VISTOS:

(i) El Proyecto de Resolucion y su Exposicion de Motivos, presentado por la Gerencia General, mediante el cual se modifica la Resolucion de Consejo Directivo Nº 121-2003-CD/OSIPTEL que establece requerimientos de informacion periodica sobre los servicios publicos de telecomunicaciones;

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