Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2009 (26/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 26 de junio de 2009

aprobacion del Reglamento del MORDAZA del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional de MORDAZA para el Ano Fiscal 2010, expediente acompanado con el Informe Tecnico emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial - Sub Gerencia de Planeamiento y la Opinion Legal de la Oficina Regional de Asesoria Juridica, con el Dictamen correspondiente por la Comision de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Institucional, se sometio al Pleno del Consejo Regional; Que, el Instructivo para el MORDAZA del Presupuesto Participativo aprobado mediante Resolucion Directoral Nº 021-2008-EF/76.01, establece los mecanismos y pautas para el desarrollo del MORDAZA del Presupuesto Participativo en los Gobiernos Regionales, con la finalidad que las intervenciones del Estado se constituyan en soluciones a problemas fundamentales de la poblacion del ambito jurisdiccional correspondiente; Que, el Comunicado Nº 026-2008-EF/76.01 el Ministerio de Economia y Finanzas establece el Cronograma de ejecucion de actividades de las fases del Presupuesto Participativo correspondiente al ano 2010, el cual es de cumplimiento obligatorio para los Gobiernos Regionales; Que la Ley Nº 28056 ­ Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo establece que el MORDAZA del Presupuesto Participativo, es un mecanismo de asignacion equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos publicos, que fortalece las relaciones del Estado y la Sociedad Civil; y dicho MORDAZA debe de estar normado por un Reglamento aprobado mediante Ordenanza Regional; Que, el literal b) del articulo 9º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales establece que es competencia constitucional del Gobierno Regional, formular y aprobar el Plan de Desarrollo Regional Concertado con las municipalidades y la sociedad civil, asimismo el literal c) del articulo 15º de la precitada Ley senala que es atribucion del Consejo Regional, aprobar el Plan Anual y el Presupuesto Regional Participativo en el MORDAZA del Plan de Desarrollo Regional Concertado y de conformidad con la Ley de Gestion presupuestaria del Estado y a las leyes anuales del Presupuesto General de la Republica y a la Ley de MORDAZA y transparencia Fiscal. Que, el literal b) del articulo 45º de la Ley Nº 27867- Ley Organica de Gobiernos Regionales establece la funcion general de planeamiento el diseno de politicas, prioridades, estrategias., programas y proyectos que promuevan el desarrollo regional de manera concertada y participativa, conforme a la Ley de Bases de Descentralizacion; Que, el literal a) del articulo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales senala que es atribucion del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Por lo que en uso de las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902, Ley Nº 29053 y Ley Nº 28968; el Consejo Regional con el MORDAZA mayoritario de sus miembros aprobo la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Articulo Primero.- APROBAR, el Reglamento del MORDAZA de Presupuesto Participativo del Gobierno Regional de MORDAZA para el anos Fiscal 2010, que constituye el documento tecnico de orientacion para la organizacion y ejecucion del MORDAZA del Presupuesto Participativo en el ambito de la Region Ayacucho; cuyo texto consta de seis Titulos, veintinueve Articulos y Una Disposicion Complementaria, que en calidad de Anexo adjunto y rubricado en cada uno de los folios, forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional de Ayacucho.

Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En la MORDAZA de MORDAZA, a los 19 dias del mes de junio del ano dos mil nueve. MORDAZA CHUCHON MORDAZA Consejero Delegado POR TANTO: Mando se publique y cumpla Dado en MORDAZA, en la Sede del Gobierno Regional de MORDAZA, a los 19 dias del mes de junio del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 365209-2

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Fijan tarifa social mensual por albergado en el "Albergue Municipal MORDAZA MORDAZA Araoz"
DECRETO DE ALCALDIA Nº 046 MORDAZA, 19 de junio de 2009 EL MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA CONSIDERANDO: Que, con la finalidad de implementar estrategias de autosostenimiento en programas sociales y contribuir a la sostenibilidad del servicio prestado en el Albergue MORDAZA MORDAZA Araoz, la Gerencia de Desarrollo Social, ha solicitado incorporar en el Texto Unico de Servicios No Exclusivos ­ TUSNE, el referido servicio, para lo cual ha fijado una tarifa social mensual escalonada en cinco categorias por concepto de admision; Que, el Articulo 116º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, aprobado por la Ordenanza Nº 812 y sus modificatorias, establece que la Subgerencia de Bienestar Social, perteneciente a la Gerencia de Desarrollo Social, tiene como funcion la de dirigir y ejecutar los servicios de atencion integral del adulto mayor, priorizando a los ancianos que se encuentran en situacion de abandono, peligro moral, pobreza y pobreza extrema; Que, el Articulo 37º de la Ley Nº 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General" excluye del Texto Unico de Procedimientos Administrativos y de los parametros que limitan o regulan el establecimiento de sus elementos conforme a la ley, a aquellos servicios que no MORDAZA prestados en exclusividad por las entidades publicas; Que, siendo la Tarifa Social mensual por albergado aplicada en otros Albergues Publicos, se trataria de un servicio de MORDAZA no exlclusivo porque se da en otras entidades y por tanto, el monto que se cobra por ello es un precio, el cual puede ser fijado sin la condicion de calcular costos, como si sucede para efectos de determinar el monto de los derechos; Que, de acuerdo a la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, Articulo 37º para los servicios que no MORDAZA prestados en exclusividad, las entidades a traves de Resolucion del Titular del Pliego estableceran los requisitos y costos correspondientes a los mismos; Que, el Texto Unico de Servicios No Exclusivos ­ TUSNE de la Muncipalidad Metropolitana de MORDAZA fue

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