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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 12 de marzo de 2009 392229 Que, en consecuencia es necesario aprobar una transferencia fi nanciera a favor de la Municipalidad Distrital de La Victoria, Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, hasta por el monto de S/. 219 304,00 (Doscientos Diecinueve Mil Trescientos Cuatro y 00/100 Nuevos Soles); Con la visación de las Directoras Generales de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley Nº 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, a favor de la Municipalidad Distrital de La Victoria, Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, hasta por la suma de S/. 219 304,00 (Doscientos Diecinueve Mil Trescientos Cuatro y 00/100 Nuevos Soles), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para fi nanciar la elaboración del Expediente Técnico del Proyecto de Inversión Pública con Código SNIP Nº 57810 detallado en el Anexo A, cuyo desembolso se efectuará conforme al cronograma establecido en el Anexo B, los mismos que forman parte de la presente Resolución. Los recursos materia de la presente transferencia fi nanciera serán destinados exclusivamente para elaborar el Expediente Técnico del Proyecto de Inversión Pública con Código SNIP Nº 57810, el cual se ejecuta bajo la modalidad de Administración Indirecta, quedando la Municipalidad Distrital de La Victoria, Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, prohibida de efectuar anulaciones presupuestarias con cargo a dichos recursos. Artículo 2º.- La transferencia fi nanciera a que se refi ere el artículo precedente se realizará con cargo al presupuesto del ejercicio fi scal 2009 de la Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, en la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Artículo 3º.- Los desembolsos de los recursos de la transferencia fi nanciera aprobada por la presente Resolución, sólo se efectivizarán luego que la Municipalidad Distrital de La Victoria, Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque presente al Programa Agua Para Todos, los informes del avance de la elaboración del Expediente Técnico, según corresponda. El cronograma de desembolsos establecido en el Anexo B de la presente Resolución podrá ser modifi cado en función a los resultados de la elaboración del Expediente Técnico del Proyecto de Inversión Pública con Código SNIP Nº 57810, así como por factores externos no previsibles. La modifi cación del cronograma de desembolsos deberá contar con la conformidad de la Entidad Ejecutora del Proyecto y del Director Ejecutivo del Programa Agua Para Todos, quien por parte del Ministerio queda autorizado para aprobar la modifi cación del citado cronograma. Artículo 4º.- La Transferencia Financiera aprobada por la presente Resolución se sujeta a los términos y condiciones establecidos en el Convenio Específi co de fecha 11 de febrero de 2009, suscrito entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y la Municipalidad Distrital de La Victoria (Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque), para el fi nanciamiento de la elaboración del Expediente Técnico del Proyecto de Inversión Pública con Código SNIP Nº 57810. Artículo 5º.- El Programa Agua Para Todos es responsable del cumplimiento de la presente Resolución, de la ejecución del Convenio Específi co señalado en el artículo 4 de la presente Resolución, así como del seguimiento y monitoreo del Proyecto de Inversión Pública con Código SNIP Nº 57810. Regístrese, comuníquese y publíquese. NIDIA VILCHEZ YUCRA Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento R.M. Nº 107-2009-VIVIENDA ANEXO A PROYECTO DE INVERSION UNIDAD EJECUTORA : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA VICTORIA COD SNIP PROYECTO TIPO DE EJECUCION PRESUPUESTARIA PPTO. PIM 2009 S/. TRANSF. FINANCIERA HASTA POR S/. 57810 AMPLIACION DE LAS REDES DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO CON CONEXIONES DOMICILIARIAS Y LINEA DE REFORZAMIENTO DE LOS PP.JJ. DEL SUR DE LA VICTORIA, DISTRITO DE LA VICTORIA, CHICLAYO - LAMBAYEQUE INDIRECTA 219 304,00 219 304,00 219 304,00 ANEXO B PROYECTO DE INVERSION UNIDAD EJECUTORA : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA VICTORIA COD SNIP PROYECTO TIPO DE EJECUCION PRESUP- UESTARIA CRONOGRAMA DE DESEMBOLSOS PROYECTADOS S/. TRANSF. FINANC. HASTA POR S/. 01 MES 02 MES 57810 AMPLIACION DE LAS REDES DE AGUA POTABLE , ALCANTARILLADO CON CONEXIONES DOMICILIARIAS Y LINEA DE REFORZAMIENTO DE LOS PP.JJ. DEL SUR DE LA VICTORIA, DISTRITO DE LA VICTORIA, CHICLAYO - LAMBAYEQUE. INDIRECTA 100 000,00 119 304,00 219 304,00 TOTAL 219 304,00 321877-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 110-2009-VIVIENDA Lima, 10 de marzo de 2009. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 919- 2008-VIVIENDA de fecha 13 de diciembre de 2008, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Gastos correspondiente al año fi scal 2009 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a nivel de Unidad Ejecutora, Función, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento, Categoría y Grupo Genérico del Gasto; Que, el literal a) del artículo 4 de la Ley Nº 27792 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que es función del Ministerio ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento conforme a Ley; Que, el literal I) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modifi cado por Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA, establece que es función general del Ministerio, el generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestación, en especial de los sectores de menores recursos económicos; Que, conforme al literal h) del numeral 75.4 del artículo 75 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, se aprueban por Resolución Ministerial del titular del pliego Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, las transferencias fi nancieras para actividades y proyectos de inversión de saneamiento, vivienda y urbanismo, incluyendo las que se realicen a las Empresas Prestadoras de Servicio de Saneamiento Municipales - EPS, SENCICO, SEDAPAL y BANMAT; Que, con fecha 30 de enero de 2009 se suscribió el Convenio Específico entre el Ministerio de Vivienda,