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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 12 de marzo de 2009 392236 CONSIDERANDO: Que, por mandato constitucional el único organismo competente para extender el título de Juez o Fiscal que acredite a los magistrados en su condición de tales, es el Consejo Nacional de la Magistratura, conforme a lo previsto por el artículo 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, así como el único facultado para cancelar dichos títulos, en atención a lo dispuesto por el artículo 21º inciso d) de la Ley Nº 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura; Que, por Resolución Nº 238-2006-CNM publicado en el Diario Ofi cial El Peruano de fecha 6 de agosto de 2006, se aprobó el Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, cuyo artículo 4° dispone los casos en los cuales el Consejo extiende el título ofi cial al Juez o Fiscal (conforme se argumenta en el punto 4 de la Exposición de Motivos), como son: a) Nombramiento, b) Reincorporación, c) Traslado, d) Permuta, y e) Modifi cación en la denominación de la plaza originaria; Que, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Ofi cio Nº 964-2009-CE-PJ, del 16 de febrero de 2009, remite para conocimiento y fi nes consiguientes, fotocopia certifi cada de la Resolución Administrativa Nº 325-2008-CE-PJ, del 23 de diciembre de 2008, que declara fundada la solicitud de traslado por motivos de salud presentada por la magistrada Juana Estela Tejada Segura, Juez Titular del Juzgado Mixto de Padre Abad, Distrito Judicial de Ucayali; en consecuencia, se dispone su traslado al Trigésimo Segundo Juzgado Especializado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima; Que, de conformidad con las facultades conferidas por los artículos 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, 37º incisos b) y e) de la Ley Nº 26397 –Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura-, y 4º del Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolución Nº 238-2006- CNM; SE RESUELVE: Primero.- Cancelar el título otorgado a favor de la doctora JUANA ESTELA TEJADA SEGURA, de Juez Mixto de Padre Abad, Distrito Judicial de Ucayali. Segundo.- Expedir el título a favor de la doctora JUANA ESTELA TEJADA SEGURA, de Juez del Trigésimo Segundo Juzgado Especializado en lo Penal de Lima, Distrito Judicial de Lima. Tercero.- Remitir copia de la presente resolución al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República y del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMUNDO PELÁEZ BARDALES Presidente 321484-3 RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 069-2009-CNM Lima, 20 de febrero de 2009 VISTO: El Ofi cio Nº 911-2009-CE-PJ, del 16 de febrero de 2009, del Presidente encargado del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, por mandato constitucional el único organismo competente para extender el título de Juez o Fiscal que acredite a los magistrados en su condición de tales, es el Consejo Nacional de la Magistratura, conforme a lo previsto por el artículo 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, así como el único facultado para cancelar dichos títulos, en atención a lo dispuesto por el artículo 21º inciso d) de la Ley Nº 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura; Que, por Resolución Nº 238-2006-CNM publicado en el Diario Ofi cial El Peruano de fecha 6 de agosto de 2006, se aprobó el Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, cuyo artículo 4° dispone los casos en los cuales el Consejo extiende el título ofi cial al Juez o Fiscal (conforme se argumenta en el punto 4 de la Exposición de Motivos), como son: a) Nombramiento, b) Reincorporación, c) Traslado, d) Permuta, y e) Modifi cación en la denominación de la plaza originaria; Que, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Ofi cio Nº 911-2009-CE-PJ, del 16 de febrero de 2009, remite para conocimiento y fi nes consiguientes, fotocopia certifi cada de la Resolución Administrativa Nº 324-2008-CE-PJ, del 23 de diciembre de 2008, que declara fundada la solicitud de traslado presentada la magistrada Anne Yvel Trujillo Payra, Juez Titular del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Huancayo, Distrito Judicial de Junín; en consecuencia, se dispone su traslado al Quinto Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Mirafl ores, Distrito Judicial de Lima; Que, de conformidad con las facultades conferidas por los artículos 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, 37º incisos b) y e) de la Ley Nº 26397 –Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura-, y 4º del Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolución Nº 238-2006-CNM; SE RESUELVE: Primero.- Cancelar el título otorgado a favor de la doctora ANNE YVEL TRUJILLO PAYRA, de Juez de Paz Letrado de Huancayo, Distrito Judicial de Junín. Segundo.- Expedir el título a favor de la doctora ANNE YVEL TRUJILLO PAYRA, de Juez del Quinto Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Mirafl ores, Distrito Judicial de Lima. Tercero.- Remitir copia de la presente resolución al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República y del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMUNDO PELÁEZ BARDALES Presidente 321484-4 MINISTERIO PUBLICO Crean Despachos Fiscales en los Distritos Judiciales de Tumbes, Piura y Lambayeque RESOLUCIÓN DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 021-2009-MP-FN-JFS Lima, 11 de marzo de 2009 VISTOS: Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2007-JUS, de fecha 04 de mayo de 2007, se modifi có el Calendario Ofi cial de Aplicación Progresiva del Nuevo Código Procesal Penal, estableciéndose el 01 de abril de 2009, la implementación en los Distritos Judiciales de Tumbes, Piura y Lambayeque; Que, mediante Informe Nº 001-2009-MP-FN-ETI- NCPP/ST, de fecha 04 de marzo de 2009, el Equipo Técnico de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, pone en conocimiento la evaluación efectuada respecto de la creación de Fiscalías en el marco de la Implementación del citado Código en los Distritos Judiciales de Tumbes, Piura y Lambayeque; Que, estando a la necesidad de creación de nuevos Despachos Fiscales; en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº052-Ley Orgánica