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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 12 de marzo de 2009 392230 Construcción y Saneamiento, la Municipalidad Distrital de Mazamari, Provincia de Satipo, Departamento de Junín (en adelante el Convenio Específico), con el objeto de financiar la ejecución del Proyecto de Inversión Pública con Código SNIP Nº 67287, denominado “Ampliación, Mejoramiento de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado de la localidad de Mazamari, Distrito de Mazamari - Satipo - Junín”, en adelante el Proyecto de Inversión Pública con Código SNIP Nº 67287; asimismo, se establece que la vigencia del Convenio Específico durará hasta la liquidación, transferencia y recepción de las obras del proyecto; Que, mediante el Informe Técnico Nº 025-2009- VIVIENDA/ VMCS/PAPT/DE, de fecha 06 de febrero de 2009, la Dirección Ejecutiva del Programa Agua Para Todos, emite opinión técnica favorable para aprobar una transferencia de recursos a favor de la Municipalidad Distrital de Mazamari, Provincia de Satipo, Departamento de Junín, hasta por la suma de S/. 5 120 277,00 (Cinco Millones Ciento Veinte Mil Doscientos Setenta y Siete y 00/100 Nuevos Soles) para fi nanciar la ejecución del Proyecto de Inversión Pública con Código SNIP Nº 67287; Que, en consecuencia es necesario aprobar una transferencia fi nanciera a favor de la Municipalidad Distrital de Mazamari, Provincia de Satipo, Departamento de Junín, hasta por el monto de S/. 5 120 277,00 (Cinco Millones Ciento Veinte Mil Doscientos Setenta y Siete y 00/100 Nuevos Soles); Con la visación de las Directoras Generales de las Ofi cinas Generales de Planifi cación y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley Nº 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, a favor de la Municipalidad Distrital de Mazamari, Provincia de Satipo, Departamento de Junín, hasta por la suma de S/. 5 120 277,00 (Cinco Millones Ciento Veinte Mil Doscientos Setenta y Siete y 00/100 Nuevos Soles), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar la ejecución del Proyecto de Inversión Pública con Código SNIP Nº 67287 detallado en el Anexo A, cuyo desembolso se efectuará conforme al cronograma establecido en el Anexo B, los mismos que forman parte de la presente Resolución. Los recursos materia de la presente transferencia financiera serán destinados exclusivamente para ejecutar el Proyecto de Inversión Pública con Código SNIP Nº 67287, el cual se ejecuta bajo la modalidad de Administración Indirecta, quedando la Municipalidad Distrital de Mazamari, Provincia de Mazamari, Departamento de Junín, prohibida de efectuar anulaciones presupuestarias con cargo a dichos recursos. Artículo 2º.- La transferencia financiera a que se refiere el artículo precedente se realizará con cargo al presupuesto del ejercicio fiscal 2009 de la Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, en la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Artículo 3.- Los desembolsos de los recursos de la transferencia financiera aprobada por la presente Resolución, sólo se efectivizarán luego que la Municipalidad Distrital de Mazamari, Provincia de Satipo, Departamento de Junín presente al Programa Agua Para Todos, las valorizaciones e informes del avance de ejecución de obras, según corresponda. El cronograma de desembolsos establecido en el Anexo B de la presente Resolución podrá ser modificado en función a los resultados de la ejecución del Proyecto de Inversión Pública con Código SNIP Nº 67287, así como por factores externos no previsibles. La modificación del cronograma de desembolsos deberá contar con la conformidad de la Entidad Ejecutora del Proyecto y del Director Ejecutivo del Programa Agua Para Todos, quien por parte del Ministerio queda autorizado para aprobar la modificación del citado cronograma. Artículo 4º.- La Transferencia Financiera aprobada por la presente Resolución se sujeta a los términos y condiciones establecidos en el Convenio Específi co de fecha 30 de enero de 2009, suscrito entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la Municipalidad Distrital de Mazamari, Provincia de Satipo, Departamento de Junín, para el fi nanciamiento del Proyecto de Inversión Pública con Código SNIP Nº 67287. Artículo 5º.- El Programa Agua Para Todos es responsable del cumplimiento de la presente Resolución, de la ejecución del Convenio Específi co señalado en el artículo 4 de la presente Resolución, así como del seguimiento y monitoreo del Proyecto de Inversión Pública con Código SNIP Nº 67287. Regístrese, comuníquese y publíquese. NIDIA VILCHEZ YUCRA Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento R.M. Nº 110-2009-VIVIENDA ANEXO A PROYECTO DE INVERSION UNIDAD EJECUTORA : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAZAMARI COD SNIP PROYECTO TIPO DE EJECUCION PRESUPUESTARIA PPTO. PIM 2009 S/. TRANSF. FINANCIERA HASTA POR S/. 67287 AMPLIACION, MEJORAMIENTO DE LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LA LOCALIDAD DE MAZAMARI, DISTRITO DE MAZAMARI - SATIPO - JUNIN INDIRECTA 5 120 277,00 5 120 277,00 TOTAL 5 120 277,00 ANEXO B PROYECTO DE INVERSION UNIDAD EJECUTORA : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAZAMARI COD SNIP PROYECTO TIPO DE EJECUCION PRESU- PUESTARIA CRONOGRAMA DE DESEMBOLSOS PROYECTADOS S/. TRANSF. FINANC. HASTA POR S/. 01 MES 02 MES 03 MES 67287 AMPLIACION, ME- JORAMIENTO DE LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LA LOCALIDAD DE MAZAMARI, DISTRITO DE MAZAMARI - SATI- PO - JUNIN INDIRECTA 2 517 750,00 2 517 750,00 84 777,00 5 120 277,00 TOTAL 5 120 277,00 321878-1 Designan miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública y Junta de Participación Social de Huaraz (Ancash) RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 108-2009-VIVIENDA Lima, 10 de marzo de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-97- PROMUDEH, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 004- 2003-MIMDES, se dispuso que el Ministerio de Vivienda,