Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2009 (13/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, viernes 13 de marzo de 2009

NORMAS LEGALES

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del 8.9%. Especificamente, luego de la caida de las importaciones registrada en el ano 2003, entre los anos 2004 y 2005, las ventas de la RPN y las importaciones similares han mostrado una tendencia similar. Posteriormente, en el primer trimestre de 2006, con relacion a similar periodo del ano anterior, se observo un incremento de la demanda interna de alrededor de 243,459 pares, el cual fue satisfecho en gran medida por las importaciones totales, que aumentaron en 185,114

pares, de los cuales 82,263 (44.4%) fueron provistos por las importaciones objeto de dumping originarias de China y Vietnam. Debido a ello, la participacion conjunta de las importaciones objeto de dumping originarias de ambos paises en la demanda interna de calzado con parte superior de material textil se elevo a 8.0%, en comparacion con el 1.2% que registraba a inicios del periodo.

Cuadro Nº 1: Demanda interna del calzado con parte superior de material textil (en pares)
Indicadores / Periodo I. Ventas MORDAZA interno II. Importaciones Totales III. Demanda Interna Total I / III II/III IV. Importaciones desde China IV / III V. Importaciones desde Vietnam V / III Fuente: SUNAT, informacion provista por las solicitantes Elaboracion: ST-CFD 2002 3,213,991 1,011,040 4,225,031 76.1% 23.9% 50,520 1.2% 1,606 0.0% 2003 3,243,748 747,788 3,991,536 81.3% 18.7% 100,803 2.5% 17,592 0.4% 2004 3,021,727 905,146 3,926,873 76.9% 23.1% 60,041 1.5% 13,681 0.3% 2005 3,474,039 1,126,211 4,600,251 75.5% 24.5% 188,044 4.1% 77,387 1.7% 4718.6% 272.2% 2005/2002 Var % 8.1% 11.4% 8.9% 997,452 171,531 1,168,983 85.3% 14.7% 29,135 2.5% 1,120 0.1% 1,055,797 356,645 1,412,442 74.7% 25.3% 106,222 7.5% 6,296 0.4% 462.1% 264.6% 2005 I 2006 I 2006 I/ 2005/I Var % 5.8% 107.9% 20.8%

· Evolucion de los precios de la RPN Como fue mencionado anteriormente, hasta setiembre de 2005 estuvieron vigentes los derechos antidumping sobre las importaciones del producto investigado originario de China. Por ello, es posible que entre los anos 2002 y 2005, gran parte de las importaciones originarias de dicho MORDAZA ingresara con precios FOB por encima del rango afecto al pago de derechos antidumping46. A continuacion se presenta el analisis del comportamiento de los precios de la RPN en comparacion con los precios nacionalizados de las importaciones objeto de dumping originarias de China y Vietnam. Los precios ex fabrica del calzado A elaborado por la RPN se incrementaron en 6.6% entre los anos 2002 y 2005, mientras que los precios de las importaciones del producto investigado originario de Vietnam se redujeron en 47.2% para el mismo periodo. En el caso de China, si bien los precios de las importaciones se elevaron ligeramente con relacion al ano 2002, estos se contrajeron con relacion a lo registrado en el ano 2004. Posteriormente, durante el primer trimestre de 2006, los precios de la RPN se contrajeron en 1.7% mientras que los precios de las importaciones de China se contrajeron en 8.5%. En el caso de Vietnam, debido a que no se registraron importaciones de este MORDAZA de calzado durante el primer trimestre de 2006, no fue posible analizar el comportamiento de sus precios durante dicho periodo. Al comparar los precios nacionalizados de las importaciones provenientes de China y Vietnam con los precios del calzado A fabricado por la RPN se encontro que en promedio los primeros se ubicaron por encima de los segundos. No obstante, es preciso senalar que en el caso de Vietnam, en el ano 2005, el precio promedio de las importaciones de este MORDAZA de calzado se ubico US$ 0.17 por debajo del precio promedio de la RPN. En cuanto a los precios ex fabrica del calzado B fabricado por la RPN, se aprecia que estos se incrementaron en 5.4% entre los anos 2002 y 2005, mientras que los precios de las importaciones del producto investigado originario de China y Vietnam se contrajeron en 12.8% y 36.5%, respectivamente. Al respecto es preciso senalar que en esta categoria se encontro que a partir del 2003 en el caso de Vietnam, y del 2002 en el caso de China, los precios nacionalizados promedio de tales paises estuvieron por debajo del precio promedio de la RPN. De otro lado, los precios ex fabrica del calzado C fabricado por la RPN se incrementaron en 3.3% entre los anos 2002 y 200547. · Nivel de produccion, ventas y existencias de la RPN En terminos generales, los volumenes de produccion

y ventas totales de calzado con parte superior textil se han elevado durante el periodo 2002 y 2005. No obstante, el dinamismo registrado por las ventas totales ha estado explicado principalmente por el comportamiento expansivo que han registrado las ventas al exterior y en menor medida por el comportamiento de las ventas internas, las cuales, si bien registraron incrementos, fueron de menor cuantia. De otro lado, se observa un notable incremento de las existencias, las que, de acuerdo a lo manifestado por la RPN en la audiencia llevada a cabo el 19 de febrero de 2009, tuvieron que ser MORDAZA de baja o rematadas debido al deterioro registrado durante su almacenamiento o a la obsolescencia del mismo por factores relacionados con la estacionalidad y la moda. · Empleo y salarios Entre los anos 2002 y 2005, el empleo y el salario de los trabajadores de la RPN se elevaron en mas de 50%. No obstante, se contrajeron en mas de 15% en el primer trimestre de 2006, en comparacion con el mismo periodo del ano anterior. II.4. Necesidad de la aplicacion de derechos antidumping provisionales En las secciones anteriores se ha explicado que entre los anos 2002 y 2005, los principales indicadores de la RPN (produccion, ventas internas y precios de la RPN) han mostrado ­en terminos generales­ un comportamiento favorable48 e, incluso, en algunos casos se ha comprobado que las ventas de la RPN destinadas al MORDAZA interno han mostrado similares tasas de crecimiento que las registradas por las importaciones de calzado con parte superior de material textil. Dicha situacion, en particular hasta el 25 de setiembre de 2005, coincidio con la vigencia de los derechos antidumping al calzado con parte superior textil originario de China.

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El mayor precio considerado para la aplicacion de derechos antidumping fue US$ 5.12 por par. Como ya se ha mencionado anteriormente, no es posible evaluar la evolucion del precio promedio nacionalizado del calzado "C" originario de China y Vietnam debido al escaso flujo de importaciones registrado en el primer caso y a que no se registraron importaciones de dicho calzado en el MORDAZA caso. Uno de los indicadores que durante dicho periodo si mostro una tendencia poco favorable fue el de las existencias, las cuales se fueron acumulando periodo tras periodo.

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