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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MARZO DEL AÑO 2009 (31/03/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 31 de marzo de 2009 393488 AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de marzo del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros 330691-3 PODER EJECUTIVO DEFENSA Amplían comisión de servicios de oficial de la Marina de Guerra en la Fuerza de las Naciones Unidas para el Mantenimiento de la Paz en Chipre RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 308-2009-DE/CCFFAA Lima, 27 de marzo de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 311-2008-DE/ SG de fecha 26 de marzo de 2008, se autoriza el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Contralmirante Mario César SÁNCHEZ Debernardi, CIP 03705626 y DNI 08787500, para que se desempeñe como Comandante de la Fuerza (Force Commander) en la Fuerza de la Naciones Unidas para el Mantenimiento de la Paz en Chipre (UNFICYP), por el período de UN (1) año adicional, a partir del 30 de marzo de 2008; Que, mediante facsímil (DGS) Nº 181 de fecha 19 de febrero de 2009, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores hace de conocimiento que la Secretaría de las Naciones Unidas ha solicitado formalmente el consentimiento del Gobierno del Perú, para prorrogar por un año hasta el 30 de marzo de 2010, el período de servicio del Contralmirante Mario César SÁNCHEZ Debernardi, como Comandante de la Fuerza de las Naciones Unidas para el Mantenimiento de la Paz en Chipre (UNFICYP); Que, el ofrecimiento de prórroga obedece al alto concepto que se tiene en la Organización de las Naciones Unidas, por la excelente labor que viene realizando el mencionado Ofi cial Almirante al frente de la referida misión, lo que prestigia a nuestras Fuerzas Armadas y a nuestro país; Que, se ha determinado que es conveniente autorizar la ampliación de la Comisión de Servicio del indicado Ofi cial Almirante, para que se desempeñe como Comandante de la Fuerza (Force Commander) en la Fuerza de la Naciones Unidas para el Mantenimiento de la Paz en Chipre (UNFICYP), por el período de UN (1) año adicional, a partir del 30 marzo 2009; Que, los gastos de transporte, hospedaje y alimentación, serán solventados por la Organización de las Naciones Unidas, no generando gastos al Tesoro Público; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 – Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 29075 – Ley que establece la naturaleza jurídica, función, competencias y estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29289 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2009, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004- DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modifi cado con los Decretos Supremos Nº 008-2004-DE/SG y Nº 028-2006- DE/SG de fechas 30 de junio de 2004 y 13 de diciembre de 2006, respectivamente; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la ampliación de la Comisión de Servicio del Contralmirante Mario César SÁNCHEZ Debernardi, CIP 03705626 y DNI 08787500, autorizada con Resolución Ministerial Nº 311-2008-DE/SG de fecha 26 de marzo de 2008, para que se desempeñe como Comandante de la Fuerza (Force Commander) en la Fuerza de la Naciones Unidas para el Mantenimiento de la Paz en Chipre (UNFICYP), por el período de UN (1) año adicional, a partir de 30 marzo de 2009. Artículo 2º.- El Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas queda facultado para variar la fecha de inicio y/o término de la comisión a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el plazo total de días autorizados. Artículo 3º.- Los gastos de transporte, hospedaje y alimentación, serán solventados por la Organización de las Naciones Unidas; no generando gastos al Tesoro Público. Artículo 4º.- El mencionado Ofi cial Almirante deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en la Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modifi cado con los Decretos Supremos Nº 008- 2004-DE/SG y Nº 028-2006-DE/SG de fechas 30 de junio de 2004 y 13 de diciembre de 2006, respectivamente. Artículo 5º.- La presente Resolución Ministerial, no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÁNTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 330444-1 ECONOMIA Y FINANZAS Ratifican Acuerdo de PROINVERSIÓN que aprobó la modalidad mediante la cual se promoverá la inversión privada en el Proyecto “Banda Ancha para el desarrollo del Valle de los ríos Apurímac y Ene - VRAE” RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 039-2009-EF Lima, 30 de marzo de 2009 CONSIDERANDO: Que, el Artículo 12º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, señala que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones promoverá y desarrollará proyectos de telecomunicaciones, incluyendo proyectos piloto, especialmente aquellos dirigidos a cumplir con los fi nes del acceso universal y que tengan como fi nalidad impulsar el acceso a las Tecnologías de la Información y Comunicación (TICs) y el desarrollo de la Sociedad Global de la Información y el Conocimiento; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 680-2008- MTC/03, publicada con fecha 10 de setiembre de 2008, se encargó a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, la conducción del proceso de selección para elegir al operador que tendrá a su cargo la implementación del Proyecto “Banda Ancha para el desarrollo del Valle de los ríos Apurímac y Ene” - VRAE, según lo dispuesto por el Directorio del FITEL mediante el acuerdo de Directorio del FITEL Nº 020-2008/FITEL, de fecha 14 de agosto del 2008; Que, mediante Resolución Suprema Nº 093-2008-EF, publicada con fecha 30 de noviembre de 2008, se ratifi có el acuerdo de Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 16 de setiembre de 2008, mediante el cual acordó incorporar al proceso de promoción de la inversión del Proyecto “Banda Ancha para el desarrollo del Valle de los ríos Apurímac y Ene” - VRAE, bajos los mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto Legislativo Nº 674, sus normas complementarias,