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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MARZO DEL AÑO 2009 (31/03/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 21

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 31 de marzo de 2009 393491 Primera Disposición Final de la Ley N° 29142, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2008, que autoriza al Ministerio de Educación a otorgar una Asignación Económica Excepcional, por el monto de S/. 250.00, por concepto de gasto de desplazamiento, a favor de los docentes que participen en el Programa Nacional de Formación y Capacitación Permanente-PRONAFCAP, para cuyo efecto el Ministerio de Educación realizará las transferencias fi nancieras a favor de los Gobiernos Regionales mediante resolución del Titular del Pliego; Que, mediante las Resoluciones Ministeriales Nºs, 0358, 0385, 0399, 0414 y 0454-2008-ED se autorizó las transferencias fi nancieras a favor de las Unidades Ejecutoras de Educación de los Gobiernos Regionales para el fi nanciamiento de la Asignación Económica Excepcional por concepto de gasto de desplazamiento de los docentes; Que, la Dirección de Educación Superior Pedagógica ha reportado un grupo adicional de docentes que han participado en el PRONAFCAP -2008, pertenecientes a Educación Básica Regular, Hispano Hablante, Intercultural Bilingüe, Niveles de Educación Inicial, Primaria y Secundaria (Primera Fase – Tercer y Cuarto Grupo; Segunda Fase- Segundo Grupo); docentes de Educación Básica Regular, Hispano Hablante, Nivel de Educación Primaria “JUNTOS” Subsistema MINEDU (Primera Fase – Segundo Grupo); y docentes que vienen siendo capacitados en el marco del Convenio de Administración de recursos entre el Ministerio de Educación y la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación La Ciencia y la Cultura-OEI (Primera Fase-Primer Grupo 2008), correspondientes a los ámbitos de las Regiones de Ancash, Apurímac, Arequipa, Cajamarca, Callao, Cusco, Huancavelíca, Huánuco, Ica, La Libertad, Lambayeque, Lima Provincias, Loreto, Piura, Puno, San Martín, Tumbes y Ucayali; quienes cuentan con los requisitos mínimos para el pago de la Asignación Económica Excepcional por concepto de gasto por desplazamiento; Que, el monto que se ha solicitado transferir para el pago de la Asignación por Desplazamiento asciende a la suma de S/. 192, 000.00 por la fuente de fi nanciamiento 1: Recursos Ordinarios y S/.500.00 por la fuente de fi nanciamiento 4: Donaciones y Transferencias; con cargo a la Unidad Ejecutora 112: Programa Nacional de Formación y Capacitación Permanente del Pliego 010: Ministerio de Educación, el que permitirá atender el pago de 770 docentes; Que, mediante Informe Nº 100-2009-ME/SPE-UP la Unidad de Presupuesto emite opinión indicando que es técnicamente factible autorizar transferencias fi nancieras a favor de las Unidades Ejecutoras de Educación de los Gobiernos Regionales; correspondiendo a la Dirección de Educación Superior Pedagógica hacer las coordinaciones y brindar los detalles a los Pliegos y Unidades Ejecutoras receptores, para la ejecución de los pagos correspondientes; y, De conformidad con la Ley N° 29289, la Ley Nº 29142, el Decreto Ley Nº 25762, modifi cado por la Ley Nº 26510, el Decreto Supremo N° 006-2006-ED y sus modifi catorias, y la Directiva Nº 003-2007-EF/76.01 y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar Transferencias Financieras del Pliego 010: Ministerio de Educación a favor de las Unidades Ejecutoras de Educación de los Pliegos de los Gobiernos Regionales hasta por la suma de CIENTO NOVENTA Y DOS MIL y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 192, 000.00) por la fuente de fi nanciamiento 1: Recursos Ordinarios y QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.500.00) por la fuente de fi nanciamiento 4: Donaciones y Transferencias, según el detalle de los Anexos Nºs. 1 y 2, que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución, se aplicará al Presupuesto Institucional del Pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 112: Programa Nacional de Formación y Capacitación Permanente, por las Fuentes de Financiamiento: Recursos Ordinarios, Donaciones y Transferencias, con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Artículo 3º.- El responsable de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Educación y de la Ofi cina de Administración o la que haga sus veces en las Unidades Ejecutoras de Educación de los Gobiernos Regionales, velarán por el control y estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, de acuerdo a lo detallado en el Anexo adjunto, según corresponda. Artículo 4º.- La Dirección de Educación Superior Pedagógica remitirá a los Pliegos de los Gobiernos Regionales y a las correspondientes Unidades Ejecutoras de Educación la relación de los docentes, a los que deberá pagarse la Asignación Económica Excepcional por concepto de Desplazamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación ANEXO Nº 1 TRANSFERENCIA FINANCIERA DEL MINISTERIO DE EDUCACION A LOS GOBIERNOS REGIONALES-UNIDADES EJECUTORAS DE EDUCACIÓN PARA EL PAGO DE LA ASIGNACIÓN ECONÓMICA EXCEPCIONAL A LOS DOCENTES DE EDUCACIÓN BASICA REGULAR, HISPANO HABLANTE E INTERCULTURAL BILINGUE, DEL PROGRAMA NACIONAL DE FORMACION Y CAPACITACION PERMANENTE, POR CONCEPTO DE GASTO DE DESPLAZAMIENTO, AÑO 2008 (LEY Nº 29289 - TRIGÉSIMA PRIMERA DISPOSICION) (En Nuevos Soles) Fuente de Financiamiento 1 : Recursos Ordinarios PLIEGO TOTAL POR PLIEGO UNIDAD EJECUTORA MONTO A TRANSFERIR UGEL/ÁMBITO TOTAL DOCENTES Gobierno Regional del Departamento de Ancash 1,750.00 305 EDUCACIÓN POMABAMBA 1,500.00 UGEL Pomabamba 3 UGEL Mariscal Luzuriaga 3 302 EDUCACIÓN HUAYLAS 250.00 UGEL Yungay 1 Gobierno Regional del Departamento de ApurÍmac 250.00 303 EDUCACIÓN CHINCHEROS 250.00 UGEL Chincheros 1 Gobierno Regional de Arequipa 1,250.00 300 EDUCACIÓN AREQUIPA 500.00 UGEL Camaná 1 UGEL Islay 1 302 EDUCACIÓN AREQUIPA NORTE 250.00 UGEL Arequipa Norte 1 303 EDUCACIÓN AREQUIPA SUR 500.00 UGEL Arequipa Sur 2 Gobierno Regional del Departamento .de Cajamarca 250.00 300 EDUCACIÓN CAJAMARCA 250.00 UGEL Cajabamba 1 Gobierno Regional del Departamento de Callao 10,250.00 302 EDUCACIÓN VENTANILLA 10,250.00 UGEL Ventanilla 41 Gobierno Regional del Departamento de Cusco 1,000.00 300 EDUCACIÓN CUSCO 1,000.00 UGEL Anta 3 UGEL Cusco 1 Gobierno Regional del Departamento de Huancavelica 250.00 301 EDUCACIÓN TAYACAJA-CHURCAMPA 250.00 UGEL Tayacaja 1 Gobierno Regional del Departamento de Huánuco 6,250.00 302 EDUCACIÓN LEONCIO PRADO 5,250.00 UGEL Leoncio Prado 21 300 EDUCACIÓN HUÁNUCO 1,000.00 UGEL Huamalíes 4 Gobierno Regional del Departamento de Ica 2,750.00 301 EDUCACIÓN CHINCHA PISCO 750.00 UGEL Pisco 3 300 EDUCACIÓN ICA 1,750.00 UGEL Ica 7 302 EDUCACIÓN PALPA-NAZCA 250.00 UGEL Nazca 1 Gobierno Regional del Departamento de Lambayeque 750.00 300 EDUCACIÓN CHICLAYO 500.00 UGEL Chiclayo 2 250.00 303 EDUCACIÓN FERREÑAFE 250.00 UGEL Ferreñafe 1 Gobierno Regional del Departamento de La Libertad 65,500.00 300 EDUCACIÓN LA LIBERTAD 65,500.00 UGEL Trujillo 46 UGEL Virú 216