Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2009 (31/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, martes 31 de marzo de 2009

NORMAS LEGALES

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reglamentarias y conexas; Que, mediante acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSION, de fecha 16 de diciembre de 2008, se acordo aprobar que la modalidad bajo la cual se promovera la inversion privada, en el Proyecto "Banda Ancha para el desarrollo del MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA y Ene - VRAE", sera la prevista en el literal a) del Articulo 2º del Decreto Legislativo Nº 674; Que, asimismo en la sesion indicada en el considerando precedente, el Consejo Directivo de PROINVERSION aprobo el Plan de Promocion de la Inversion Privada del Proyecto "Banda Ancha para el desarrollo del MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA y Ene" - VRAE, conforme a lo establecido en el inciso 3) del articulo 4º del Decreto Legislativo Nº 674; Que, de acuerdo con lo establecido en el articulo 4º del Decreto Legislativo Nº 674, el acuerdo senalado en el considerando precedente debe ser ratificado por resolucion suprema; De conformidad con lo establecido en el articulo 4º del Decreto Legislativo Nº 674 y la Ley Nº 26440; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ratificar el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSION, adoptado en sesion de fecha 16 de diciembre de 2008, mediante el cual se acordo aprobar que la modalidad bajo la cual se promovera la inversion privada, en el Proyecto "Banda Ancha para el desarrollo del MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA y Ene - VRAE", sera la prevista en el literal a) del Articulo 2º del Decreto Legislativo Nº 674. Articulo 2º.- Ratificar el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSION, adoptado en sesion de fecha 16 de diciembre de 2008, mediante el cual se acordo aprobar el Plan de Promocion de la Inversion Privada del Proyecto "Banda Ancha para el desarrollo del MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA y Ene" - VRAE. La relacion de localidades a ser atendidas, podra ser modificada durante el MORDAZA de promocion, para cuyo efecto bastara una comunicacion del Viceministerio de Comunicaciones al Consejo Directivo de PROINVERSION. Articulo 3º.- La presente resolucion sera refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Transportes y comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

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EDUCACION
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de consultorias para elaboracion de expediente tecnico de obras a realizarse en diversas instituciones educativas del departamento de Ica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0076-2009-ED
MORDAZA, 27 de marzo de 2009 VISTOS; el Informe Nº 226-2009-ME/SG-OGA-UA emitido por la Unidad de Abastecimiento de la Oficina General de Administracion, en adelante Informe Tecnico y el Informe Nº 362-2009-ME/SG-OAJ emitido por la Oficina de Asesoria Juridica, en adelante Informe Legal, y; CONSIDERANDO: Que, con fecha 15 de agosto de 2007 se produjo un movimiento sismico en el departamento de Ica, el mismo

que dejo como consecuencia perdidas de vidas humanas, danos, asi como la destruccion y deterioro de viviendas, servicios basicos e infraestructura estatal educativa; Que, mediante Decreto Supremo Nº 084-2008-PCM, publicado el 25 de diciembre del 2008, en el Diario Oficial El Peruano, se declaro el estado de emergencia en el departamento de Ica, en las provincias de Canete y Yauyos del departamento de MORDAZA, en las provincias de Castrovirreyna, Huaytara y los distritos de Acobambilla y Manta de la provincia de Huancavelica del departamento de Huancavelica, por el plazo de sesenta (60) dias naturales, autorizando al Ministerio de Educacion a ejecutar las acciones necesarias para la atencion de la emergencia y la rehabilitacion de las zonas afectadas, asi como, en caso de ser necesario, a continuar con la ejecucion de las acciones iniciadas al MORDAZA del Decreto Supremo Nº 0682008-PCM y sus ampliatorias; Que, a traves del Decreto Supremo Nº 011-2009-PCM, de fecha 18 de febrero de 2009 se prorroga por el termino de sesenta (60) dias, a partir del 24 de febrero de 2009, el estado de emergencia en el departamento de Ica, en las provincias de Canete y Yauyos del departamento de Lima; y en las provincias de Castrovirreyna, Huaytara y los distritos de Acobambilla y Manta de la provincia de Huancavelica del departamento de Huancavelica; autorizando al Ministerio de Educacion a continuar ejecutando las acciones necesarias para la atencion de la emergencia y la rehabilitacion de las zonas afectadas; Que, en el Memorando Nº 0914-2009-ME/VMGIOINFE de fecha 12 de marzo de 2009, el Jefe de la Oficina de Infraestructura Educativa, con sustento en los Informes Nº 052-2009-ME/VMGI-OINFE-ESTUDIOS Y PROYECTOS, Nº 053-2009-ME/VMGI-OINFEESTUDIOS Y PROYECTOS y Nº 054-2009-ME/VMGIOINFE-ESTUDIOS Y PROYECTOS de fecha 12 de marzo de 2009, del Area de Estudios y Proyectos de la Oficina de Infraestructura Educativa, solicita a la Jefe de la Oficina General de Administracion, que se promueva la exoneracion, por la causal de situacion de emergencia, del MORDAZA de seleccion para la contratacion de los servicios de consultoria para la elaboracion de los expedientes tecnicos de las obras a realizarse en las instituciones educativas Nº 22462, "Hilda MORDAZA Quintanilla", en el distrito y provincia de MORDAZA, departamento de Ica; Nº 22295 "San Luisito", en el distrito, provincia y departamento de Ica y Nº 22517 "Rosa de MORDAZA Maria", ubicada en el distrito de San MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de Ica; Que, en los informes del Area de Estudios y Proyectos alcanzados por el Jefe de la Oficina de Infraestructura Educativa, se sustenta la subsistencia de la situacion de emergencia ocasionada por el sismo del 15 de agosto de 2007 que afecto fundamentalmente la region Ica, como fundamento para promover la exoneracion del servicio de consultoria para elaboracion de los expedientes tecnicos que permitan posteriormente atender las necesidades de reconstruccion (mejoramiento y adecuacion de la infraestructura educativa) de las tres instituciones educativas MORDAZA mencionadas. Precisan los informes que, como consecuencia del sismo la Institucion Educativa MORDAZA de MORDAZA MORDAZA, en San MORDAZA, MORDAZA, ha sufrido danos estructurales en su pabellon 1, el pabellon 2 colapso y el pabellon 3 presenta rajaduras en los muros, el cerco perimetrico se encuentra colapsado y los servicios higienicos presentan danos estructurales; asimismo, en la Institucion Educativa "San Luisito", Ica, producto de ese movimiento sismico sus pabellones 1, 2, 3, 4 y 6 quedaron inutilizables siendo necesaria su demolicion y el pabellon 5 ha sufrido danos que requieren el reforzamiento de su infraestructura; finalmente, en la Institucion Educativa "Hilda MORDAZA Quintanilla" MORDAZA, Ica, sus cuatro pabellones han sufrido fisuras y grietas, por lo que es necesaria su rehabilitacion, reforzamiento en el tanque elevado y reposicion de cerco perimetrico; Que, de acuerdo al Memorando Nº 0914-2009ME/VMGI-OINFE, la contratacion de los servicios de consultoria para la elaboracion de expediente tecnico, cuya exoneracion se solicita, se realizara bajo el sistema de suma alzada; adjuntando para el efecto los terminos de referencia de las contrataciones y estructuras de costo; Que, los proyectos de inversion correspondientes a la Rehabilitacion y Mejoramiento de la Infraestructura de las Instituciones Educativas 22462 MORDAZA MORDAZA MORDAZA, 22295 San Luisito y Nº 22517 MORDAZA de MORDAZA MORDAZA, han sido evaluados y cuentan con Ficha de Proyecto de Inversion Publica -PIP aprobadas, Nº 83207, 77435 y Nº 77208, respectivamente;

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