Norma Legal Oficial del día 02 de mayo del año 2009 (02/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, sabado 2 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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Bases de Descentralizacion y el art. 62º de la Ley Nº 27687 - Ley Organica de Gobiernos Regionales; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 429-2006-EF/10 publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 26 de MORDAZA del 2006, se comunico que el 6 de marzo del 2006 el Ministerio de Economia y Finanzas con el Presidente del Gobierno Regional MORDAZA suscribieron el Acta de Entrega y Recepcion mediante la cual se formalizo la transferencia de competencias para administrar y adjudicar los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado, ubicados en la jurisdiccion este gobierno regional, con excepcion de los terrenos de propiedad municipal, en cumplimiento del inc. j) del art. 35º de la Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de Descentralizacion ­ Ley Nº 27783, art. 10º y 62º de la Ley Nº 27687 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales; Que, el MORDAZA parrafo del art. 9º de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales ­ Ley Nº 29151, establece que los Gobiernos Regionales, respecto de los bienes de propiedad del Estado bajo su administracion, en cumplimiento de la transferencia de competencias, ejecutaran los actos previstos en el art. 35º inc. j) de la Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de Descentralizacion y el art. 62º de la Ley Nº 27687 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el art. 18º del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por D. S. Nº 007-2008-VIVIENDA, que regula la competencia exclusiva de los gobiernos regionales, para administrar y adjudicar los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado dentro de su jurisdiccion, incluyendo aquellos que cuenten con edificaciones; Que, segun el documento del visto la SBN en cumplimiento del literal b) del art. 62 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales ­ Ley Nº 27867 comunica al Gobierno Regional MORDAZA que debe proceder a la inscripcion de primera de dominio del predio ubicado en MORDAZA eriaza del distrito de Oyotun con un area de 193,720.38 m2; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 16 de octubre del 2008 y 20 de marzo del 2009, se verifico que el citado terreno es de naturaleza eriaza extra MORDAZA, conformado por afloramiento rocoso y de topografia accidentada; Que mediante Informe Tecnico Catastral Nº 47952008/Z.R.Nº II- AC de fecha 31 de octubre del 2008, el Area de Catastro de la MORDAZA Registral Nº II Sede Chiclayo, senala que el area en consulta se visualiza en MORDAZA donde a la fecha no se han identificado sobre la base Grafica del Area de Catastro , anotaciones registrales ; Que, el articulo 23º de la Ley Nº 29151 establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyen propiedad privada, ni de las Comunidades Campesinas son de dominio del Estado, cuya inmatriculacion compete a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales y en esta jurisdiccion regional al Gobierno Regional MORDAZA, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado del terreno de 193,720.38 metros cuadrados, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 38º y siguientes del Reglamento de la Ley Nº 29151aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001- 2002SBN, aprobada por resolucion Nº 011-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de dominio de predios a favor del estado; Con las visaciones correspondientes y en uso de las atribuciones conferidas por el art. 35º inc. j) de la Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de Descentralizacion, el art. 62º de la Ley Nº 27687 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, Resolucion Ministerial Nº 429-2006-EF/10 publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 26 de MORDAZA del 2006, Resolucion de Gerencia General Regional Nº 094-2005-GR.LAMB/ GGR, modificada por Resolucion Gerencial General Regional Nº 096-2005-GR.LAMB/GGR y Resolucion Presidencial Nº 255-2008-GR.LAMB/PR de fecha 8 de MORDAZA del 2008; SE RESUELVE: Articulo Primero.- .- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado representado por el Gobierno Regional MORDAZA del terreno de 193,720.38 m2 ubicado en el Cerro Oyotun, del distrito de Oyotun, provincia de Chiclayo, departamento de MORDAZA, segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo Segundo.- La MORDAZA Registral Nº II Sede CHICLAYO de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado representado por el Gobierno Regional

MORDAZA, el terreno descrito en el articulo precedente en el Registro de Predios de CHICLAYO. Registrese, comuniquese y cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA Subgerente de Administracion y Adjudicaciones de Terrenos (e) Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial

342885-1

Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales de nulidad de la R.D. Nº 013102007-DREL/UGEL-L
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 074-2009-GR.LAMB/PR
Chiclayo, 4 de marzo de 2009 VISTO: El Oficio Nº 0292-2008-GR.LAMB/DRE-UGEL-L/OAJ, de fecha 23 de enero de 2009, el Oficio Nº 005-2009GR.LAMB/DIGR, de fecha 05 de febrero de 2009; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 0292-2008-GR.LAMB/ DRE-UGEL-L/OAJ, el Director de la Unidad de Gestion Educativa Local (UGEL) MORDAZA, solicito se autorice al Procurador Publico Regional demandar la nulidad de la Resolucion Directoral Nº 01310-2007-DREL/UGEL-L, de fecha 12.11.07, emitida por la UGEL de Lambayeque; Que, el articulo primero de la R. D. Nº 01310-2007DREL/UGEL-L, de fecha 12 de diciembre de 2007, dispuso dar cumplimiento a lo resuelto por la R.D. Nº 2791-2007GR.LALMB/DREL de fecha 30-10-2007 que declara fundado el Recurso de Apelacion interpuesto por la profesora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra la R.D. Nº 004142007-DREL-UGEL-L, de fecha 26-04-2007; Que, el articulo tercero de la R. D. Nº 01310-2007-DREL/ UGEL-L, rectifica la R.D. Nº 00414-2007-DREL/UGEL-L de fecha 26-04-2007 en el sentido que el contrato de la Profesora MORDAZA LAUDEMIRA MORDAZA MORDAZA de la I.E. 210 -CORRAL DE ARENA- OLMOS, es con vigencia a partir del 02 de noviembre al 13 de diciembre del 2007 y no como aparece en la acotada resolucion (...); Que, el Oficio Nº 0292-2008-GR.LAMB/DRE-UGEL-L/ OAJ, emitido por el Lic. MORDAZA VIZCONDE MORDAZA, Director de la UGEL -Lambayeque, esta referido al MORDAZA de contratacion en la I.E.I Nº 210 del Caserio Corral de MORDAZA Distrito de Olmos, por cuanto la profesora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, desconociendo el concurso publico realizado en la I.E.I Nº 210, en la cual resulta ganadora la docente MORDAZA LAUDEMIRA MORDAZA MORDAZA (...) no respetandose el concurso publico realizado, transgrediendo normas de orden publico; Que, siendo asi, la R. D. Nº 01310-2007-DREL/UGELL, de fecha 12 de diciembre de 2007, ha inobservado normas conforme a los hechos MORDAZA expuestos y estando a lo dispuesto por el Articulo 10 de la Ley 27444, Ley de ProcedimientoAdministrativo General, establece lo referente a los vicios del acto administrativo, los cuales constituyen causales de nulidad de pleno derecho, encontrando entre estas causales el inciso 1) el cual se adecua al presente caso, que prescribe: "La contravencion a la Constitucion, a las leyes o a las normas reglamentarias"; Que, consecuentemente el Gobierno Regional MORDAZA, tiene la potestad de demandar la nulidad de la Resolucion Directoral Nº 01310-2007-DREL/UGEL-L, del 1212-07, conforme lo senala el numeral 4º del articulo 202º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que "En caso de que MORDAZA prescrito el plazo previsto en el numeral 202.3, solo procede demandar la nulidad ante el Poder Judicial via MORDAZA contencioso administrativo, siempre que la demanda se interponga dentro de los dos (2) anos siguientes a contar desde la fecha en que prescribio la facultad para declarar la nulidad en sede administrativa"; Que, por Acuerdo del Directorio de Gerentes del Gobierno Regional, en Sesion realizada el dia 02 de febrero de 2009, se aprobo demandar la nulidad en via MORDAZA contencioso administrativo de la R.D. Nº 013102007-DRE-UGEL-L;

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